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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE MARZO DEL AÑO 2007 (28/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de marzo de 2007 342354 UNIVERSIDADES Exoneran de proceso de selección la adquisición de textos para el centro de idiomas de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN N° R-374-2007-UNSAAC Cusco, 14 de marzo de 2007 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO: VISTO, el O fi cio N° 259-2007-AASA signado con el expediente N° 120504 cursado por el Econ. Abel Gonzales Boza, Jefe del Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Institución, mediante el cual solicita exoneración de Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública N° 002-2007-UNSAAC: ADQUISICIÓN DE TEXTOS PARA EL CENTRO DE IDIOMAS-UNSAAC, por el importe de S/.430,883.85; y CONSIDERANDO:Que, mediante expediente del Visto, el Jefe del Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares solicita exoneración de Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública N° 002-2007-UNSAAC: ADQUISICIÓN DE TEXTOS PARA EL CENTRO DE IDIOMAS-UNSAAC, por el importe de S/.430,883.85, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNSAAC para el año 2007, a través de la Resolución R-346-2007-UNSAAC de fecha 9 de marzo del 2007; Que, al respecto con Informe N° 03-DCID-UNSAAC- 2007 la Directora del Centro de Idiomas informa que los profesores de dicho Centro luego de un amplio debate adoptaron como nuevo Método de Enseñanza para el Idioma Ingles el NEW ENGLISH FILES de la editorial OXFORD UNIVERSITY PRESS; Que, de conformidad a dicho acuerdo, a través de la Resolución N° R-114-2006-UNSAAC de fecha 31 de enero del 2006 se aprobó el Texto de renovación del Convenio de Cooperación Mutua para el Uso del Método New English Files y Bem Vindo entre la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco (Centro de Idiomas) y la Importadora y Distribuidora Special Book Services S.A., a partir del 31 de enero del 2006 y por el término de tres años, asimismo con la Cláusula Cuarta la Universidad se compromete a exigir a los estudiantes el uso obligatorio de los textos originales y otros elementos didácticos para tal fi n la Distribuidora Special Book Services S.A. que es la encargada de proporcionar dichos textos por ser representantes exclusivos de Oxford University Press a nivel nacional; Que, dentro de dicho contexto y de conformidad con el inciso e) del Art. 19 y con el inciso a) del Art. 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el D.S. N° 083-2004-PCM que estable cuando los bienes y/o servicios no admiten sustitutos, las exoneraciones se aprobaran mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, siendo así, nada obsta a que la Autoridad Universitaria exonere el Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública N° 002-2007-UNSAAC: ADQUISICIÓN DE TEXTOS PARA EL CENTRO DE IDIOMAS-UNSAAC, por el importe de S/.430,883.85, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la UNSAAC para el año 2007, a través de la Resolución R-346-2007-UNSAAC de fecha 9 de marzo del 2007, debiendo observar el procedimiento señalado por el Art. 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Resolución del Titular de la Entidad, la cual obligatoriamente será publicada en el Diario O fi cial El Peruano, además una copia de dicha Resolución será remitida a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, en consecuencia el Asesor Legal del Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNSAAC a través del Dictamen Legal N° 01-AL-AASA-UNSAAC, opina por la procedencia de la exoneración del citado Proceso de Selección por la causal de que los bienes o servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, cumpliendo la exigencia referida precedentemente, además, el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la UNSAAC, deberá cumplir estrictamente lo establecido en el Art. 20 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Arts. 147 y 148 del Reglamento de dicha Ley; Estando a lo solicitado, al Inc. e) del Art.19 y 20 del D.S. Nº 083-2004-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Arts. 144, 146,147 y 148 del Reglamento de la Ley, Dictamen Legal N° 01-AL-AASA-UNSAAC y a las atribuciones conferidas a este Rectorado por la Ley y el Estatuto Universitarios. RESUELVE:Primero.- AUTORIZAR la exoneración del Proceso de Selección de Adjudicación Directa Pública N° 002-2007-UNSAAC: ADQUISICIÓN DE TEXTOS PARA EL CENTRO DE IDIOMAS-UNSAAC, por el importe de S/.430,883.85, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, en mérito a los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Segundo.- DISPONER que el Econ. JUAN ABEL GONZALES BOZA, Jefe del Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Institución proceda con la ADQUISICIÓN DE TEXTOS PARA EL CENTRO DE IDIOMAS-UNSAAC, por el importe de S/.430,883.85. Tercero.- DEJAR ESTABLECIDA la obligación del Eco. JUAN ABEL GONZALES BOZA, Jefe del Área de Abastecimiento de la Institución de publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como remitir la información correspondiente a la Contraloría General de la República y Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. Cuarto.- DISPONER que el Econ. JUAN ABEL GONZALES BOZA, Jefe del Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares de la Institución proceda con la publicación de la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado- SEACE dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su aprobación. El Vicerrectorado Administrativo, la Dirección General de Administración y el Área de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, adoptaran las acciones complementarias para el cumplimiento de la presente Resolución Regístrese, comuníquese y archívese.VÍCTOR RAÚL AGUILAR CALLO Rector 42190-1 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Autorizan funcionamiento de Popular S.A. Sociedad Administradora de Fondos de Inversión y disponen su inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores RESOLUCIÓN CONASEV N° 023-2007-EF/94.10 Lima, 23 de marzo de 2007