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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 28 de marzo de 2007 342357 certifi car la autenticidad de las copias de los documentos públicos institucionales, para fi nes administrativos internos o para ser entregadas a otras entidades públicas, a los administrados u otros particulares, cuando sea necesaria dicha autenticación o a solicitud del interesado; considerándose como documentos públicos a todos aquellos documentos emitidos u otorgados por los funcionarios de los diferentes órganos de OSIPTEL, en ejercicio de sus respectivas atribuciones, incluyendo los instrumentos públicos referidos en el artículo 156° de la LPAG y en los artículos 20° y 21° de la Ley N° 27336- Ley de Desarrollo de las Funciones y Facultades de OSIPTEL-; Que en tal sentido, a fi n de asegurar la adecuada atención de los requerimientos de autenticaciones administrativas señaladas anteriormente, se considera pertinente designar a tres (3) nuevos fedatarios institucionales de OSIPTEL, rati fi car la designación de dos (2) de los cuatro (4) fedatarios actualmente en funciones, y precisar las atribuciones que les corresponden conforme a las normas legales antes reseñadas; En aplicación del inciso j) del artículo 86° del Reglamento General del OSIPTEL, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2001-PCM, y con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Ratifi car la designación como fedatarios del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, por el período de dos (2) años adicionales a partir de la fecha de la presente Resolución, a los siguientes funcionarios: - Macky Jesús Merino Gordillo. - Pabel Camero Cusihuallpa. Artículo 2°.- Designar como fedatarios del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, por el período de dos (2) años a partir de la fecha de la presente Resolución, a los siguientes funcionarios: - Carola Milagros Chávez Monroy. - Rosa Mariella Seminario Suárez. - Emilia Eliana Wong Chan. Artículo 3°.- Dar por concluida la designación de los señores Jorge Bossio Montes de Oca y Pamela Mizushima Oshiro, como fedatarios del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones, dándoseles las gracias por los servicios prestados. Artículo 4°.- Precisar que los fedatarios del Organismo Supervisor de la Inversión Privada en Telecomunicaciones desempeñan las siguientes funciones: (i). Certi fi car la autenticidad de las copias de los documentos que los administrados tengan que presentar ante la entidad, cuando dicha autenticación sea necesaria para una actuación administrativa o a solicitud del administrado; (ii). Certi fi car la autenticidad de las fi rmas de los administrados puestas en documentos, para las actuaciones administrativas en que sea necesaria dicha autenticación; y, (iii). Certi fi car la autenticidad de las copias de los documentos públicos institucionales, para fi nes administrativos internos o para ser entregadas a otras entidades públicas, a los administrados u otros particulares, cuando sea necesaria dicha autenticación o a solicitud del interesado. Artículo 5°.- Los fedatarios llevan un registro único de los actos de certi fi cación que realizan en el ejercicio de sus funciones. La Gerencia General determina las responsabilidades de gestión y mantenimiento de dicho registro. Regístrese, comuníquese y publíquese;GUILLERMO THORNBERRY VILLARÁN Presidente del Consejo Directivo 41967-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lima INTENDENCIA REGIONAL LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 020-024-0000012/SUNAT Mira fl ores, 13 de marzo del 2007 CONSIDERANDO:Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Lima para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Primero .- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lima al funcionario que se indica a continuación: Nº Reg. Apellidos y Nombres 6266 Cuenca López Morayma Dulaina Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE NARRO FORNO Intendente RegionalIntendencia Regional Lima 41976-1 Aprueban Procedimiento IFGRA-PE.38- Compensaciones al amparo de la Ley N° 28625 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS N° 180-2007-SUNAT/A Callao, 26 de marzo de 2007