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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342673 i) Programar, evaluar, justi fi car y proponer los requerimientos de personal profesional especializado y demás recursos humanos y materiales, que resulten necesarios para el desarrollo de las diferentes etapas de los proyectos de inversión asociados a la cooperación nacional e internacional. j) Programar, organizar y formular los lineamientos generales y las directivas especí fi cas para la canalización y administración de los recursos captados de la cooperación nacional y del exterior. k) Programar, organizar, dirigir y ejecutar las acciones relacionadas con los procesos de evaluación, aprobación y declaratoria de viabilidad de los proyectos de inversión pública municipal que la Gerencia de Plani fi cación remita, en su calidad de O fi cina de Programación de Inversiones de la Municipalidad, de conformidad con el Sistema Nacional de Inversión Pública l) Cumplir con las demás funciones que le asigne el Gerente de Plani fi cación. 4.- Competencias:a) Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo correspondiente a la Subgerencia de Programación de Inversiones y Cooperación Técnica Nacional e Internacional, disponiendo e fi ciente y e fi cazmente de los recursos presupuestales, económicos, fi nancieros, materiales y equipos asignados. b) Representar al Alcalde en las actividades nacionales e internacionales y en las acciones de cooperación interinstitucional. c) Elaborar planes, programas y proyectos especí fi cos y supervisar su ejecución, dentro del marco de los convenios de cooperación técnica y económica, que suscriba la Municipalidad. d) Proponer y gestionar la suscripción, prórroga y modi fi cación de convenios de cooperación, relativos a la Municipalidad y emitir opinión técnica sobre propuestas de convenios. e) Evaluar los proyectos de convenios de cooperación y veri fi car su conformidad y sujeción a las políticas institucionales y normatividad vigente. f) Diseñar los mecanismos orientados a captar fuentes defi nanciamiento externo, de cooperación bilateral o multilateral. g) Emitir opinión sobre los reajustes y reprogramación de los proyectos que se ejecuten con fuentes internacionales. h) Dar cuenta a las entidades estatales respectivas de las solicitudes de cooperación internacional que suscriba la Municipalidad en forma directa. i) Coordinar con los organismos nacionales, e internacionales, relacionados con los proyectos de inversión pública de la Municipalidad, para obtener asistencia técnica especializada y cooperación económica; orientadas al desarrollo, ejecución y/u operación de dichos proyectos. j) Desarrollar acciones de seguimiento y evaluación de resultados de estudios y proyectos desarrollados por administración directa o por consultores externos en el ámbito de su competencia. k) Proponer los cronogramas para el desarrollo de cada uno de los proyectos corporativos a su cargo, que incluyan todas las etapas de los mismos, hasta su puesta en marcha y operación y controlar su cumplimiento, una vez aprobados. l) Conducir la labor de los equipos profesionales multidisciplinarios, que se constituyan para el desarrollo e implementación de los proyectos a su cargo. m) Proponer los proyectos y el Plan Distrital de Cooperación Nacional e Internacional, orientado a la atención de las necesidades de la comunidad y al desarrollo local en el marco del presupuesto municipal participativo del año fi scal correspondiente. n) Asesorar al Gerente de Plani fi cación y demás órganos de la Municipalidad en asuntos ligados a la cooperación interinstitucional, de carácter bilateral y multilateral. o) Cumplir con las demás competencias delegadas por el Gerente de Plani fi cación.ÓRGANOS DE APOYO A LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL Artículo 50º.- De la Gerencia de Asesoría Jurídica.- La Gerencia de Asesoría Jurídica es el órgano de apoyo a la organización municipal que depende de la Gerencia Municipal. Está a cargo de un Gerente, empleado de confi anza designado por el Alcalde; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Tiene como objeto evaluar los asuntos de carácter legal y jurídico que le sea solicitado por las diferentes instancias de la Municipalidad. 2.- Misión: Asesorar a los órganos que la conforman en análisis técnico jurídico de las normas legales de aplicación municipal, manteniendo la coherencia del Sistema Jurídico Nacional. 3.- Funciones: a) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de asesoramiento y análisis de las normas legales de observancia por la Municipalidad. b) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de sistematización de la legislación municipal manteniendo actualizadas y concordadas las disposiciones legales nacionales y municipales. 4.- Competencias:a) Conducir y supervisar las actividades jurídicas de asesoramiento, absolución de consultas sobre asuntos o documentación de la Corporación Municipal que le sean encomendados. b) Emitir informes en procedimientos administrativos cuando el fundamento de la pretensión sea razonablemente discutible o los hechos sean controvertidos jurídicamente c) Difundir entre los integrantes de la organización municipal las normas legales que son de observancia y obligatorio cumplimiento en el desarrollo de las acciones de gobierno y gestión municipal; debiendo informar de manera especí fica al funcionario que corresponda la publicación de normas referidas a su ámbito de competencia. d) Desarrollar acciones de capacitación y análisis de las disposiciones legales vigentes en materias relacionadas con la gestión municipal. e) Proponer proyectos para el perfeccionamiento de la legislación municipal. f) Emitir opinión en los expedientes administrativos que le remita el Gerente Municipal en los procedimientos en segunda instancia y en los asuntos de competencia del Gerente Municipal. g) Coordinar con todos los funcionarios y responsables de actividades y proyectos de gestión municipal sus necesidades de análisis legal o la emisión de opiniones jurídicas sobre los asuntos de gestión. h) Visar resoluciones y decretos de alcaldía de acuerdo a las atribuciones conferidas. i) Visar Convenios y contratos que suscriba el Alcalde o el Gerente Municipal con entidades públicas o privadas j) Representar a la Municipalidad en comisiones multisectoriales y/o eventos nacionales e internacionales. k) Cumplir con las demás competencias que le asigne el Gerente Municipal. Artículo 51°.- De la Gerencia de Administración.- La Gerencia de Administración es un órgano de apoyo de la organización municipal que depende de la Gerencia Municipal. Está a cargo de un Gerente, empleado de confi anza designado por el Alcalde; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto.- Tiene por objeto la administración de los recursos humanos, fi nancieros, económicos, logísticos, en concordancia con las disposiciones vigentes de los sistemas administrativos que lo conforman (personal, logística, contabilidad y tesorería). 2.- Misión.- Garantizar el uso transparente y e fi ciente de los recursos económicos, humanos y logísticos de la Municipalidad, permitiendo la ejecución de las actividades y proyectos programados en el Plan Operativo