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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342666 disponiendo e fi ciente y e fi cazmente de los recursos presupuestales, económicos, fi nancieros, materiales y equipos asignados. b) Desarrollar programas de formalización empresarial y de reorientación del comercio informal en la vía pública. c) Organizar centros de atención a denuncias de los consumidores y centros de conciliación para resolver confl ictos entre consumidores y proveedores. d) Gestionar convenios con INDECOPI para las acciones de orientación y defensa del consumidor. e) Proponer las políticas y normas para la óptima prestación de los servicios administrativos relacionados con las autorizaciones, certi fi caciones y registros que brinda la Municipalidad. f) Otorgar la autorización de uso y realizar la celebración de contratos de alquiler de puestos de venta, servicios higiénicos, servicios de almacenamiento y refrigeración en mercados minoristas. g) Proponer al Gerente de Desarrollo Económico Local la estructura de costos de los servicios municipales administrativos, a los efectos que se aprueben las tasas por derechos administrativos correspondientes. h) Supervisar y controlar que los antecedentes correspondientes a los expedientes concluidos o declarados en abandono sean derivados al archivo central de la Municipalidad. i) Emitir autorizaciones de Espectáculos Públicos No Deportivos conjuntamente con el Gerente de Desarrollo Económico Local. j) Cumplir con las demás competencias que le asigne el Gerente de Desarrollo Económico Local. Artículo 37º.- De la Gerencia de Desarrollo Social.- La Gerencia de Desarrollo Social es un órgano de gestión dependiente de la Gerencia Municipal. Esta a cargo de un Gerente, empelado de con fi anza designado por el Alcalde; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Tiene por objeto la gestión de los procesos de promoción para la mejora de las condiciones sociales de la convivencia en materia de alimentación, salud preventiva y básica, protección e integración social del menor en abandono, del discapacitado, del anciano, de la niñez, de la mujer y de la juventud y desarrollar diversos mecanismos de participación y formación de la ciudadanía para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes como ser humano y como ciudadano. 2.- Misión: Garantizar una convivencia social con equidad y asegurar un nivel de vida compatible con la dignidad humana y el pleno desarrollo de la personas en el distrito; debe promover así mismo la plena integración de todos los ciudadanos en la convivencia social y el ejercicio pleno de sus derechos ciudadanos. 3.- Funciones: a) Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de protección e integración social de la población vulnerable como niños, jóvenes, mujeres, adultos mayores y discapacitados. b) Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de formación de la ciudadanía y de la participación ciudadana en la gestión municipal y en el desarrollo local. c) Supervisar y controlar los procesos de promoción y apoyo a las Organizaciones Sociales de Base como comedores populares y comités del vaso de leche. d) Supervisar y controlar los procesos relacionados con la atención primaria de servicios de salud y programas de salud preventiva entre la población del distrito. e) Supervisar y controlar los procesos de seguridad alimentaria y de las operaciones de atención del Programa del Vaso de Leche y otros similares destinados a la f) población en situación de extrema pobreza. supervisar y controlar las actividades de promoción para la organización de comedores populares y clubes de madres. g) Programar, organizar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con los diferentes programas sociales transferidos o por transferirse a la Municipalidad.h) Desarrollar acciones conducentes a la implementación de un hospital Municipal para la atención en la salud de la población de San Juan de Mira fl ores. 4.- Competencias:a) Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Social, disponiendo e fi ciente y e fi cazmente de los recursos presupuéstales, económicos, fi nancieros, materiales y equipos asignados. b) Proponer políticas de promoción para el desarrollo social. c) Emitir Resoluciones de Gerencia para aprobar directivas o resolver asuntos administrativos relacionados a materias de su competencia, acorde a las Ordenanzas y Decretos de Alcaldía vigentes. d) Representar a la Municipalidad y gestionar ante los organismos nacionales e internacionales, públicos o privados, el apoyo a las políticas y programas de desarrollo social diseñados para el bene fi cio de la población del distrito. e) Formular Proyectos de Inversión Pública en el Marco del Sistema Nacional de Inversión Pública – SNIP f) Cumplir las demás competencias que le asigne el Gerente Municipal. g) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con los programas de apoyo en salud de la población en extrema pobreza del distrito de San Juan de Mira fl ores. Artículo 38°.- De la Subgerencia de Participación Ciudadana.- La Subgerencia Participación Ciudadana es un órgano de gestión dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social. Esta a cargo de un Subgerente, empleado de con fi anza; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Tiene como objeto la gestión de las actividades de formación de ciudadanía y promoción de la participación ciudadana en los asuntos públicos y del desarrollo local. 2.- Misión: Propiciar y crear las condiciones para incrementar la participación de la población del distrito en la gestión del desarrollo sostenible de la localidad y en la gestión municipal. 3.- Funciones: a) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción de los vecinos para su integración y participación en la gestión municipal. b) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de promoción para la constitución y el reconocimiento de organizaciones sociales de base, de juntas y comités vecinales del distrito. c) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de capacitación y asesoraría a la población en materia de participación vecinal para la solución de confl ictos en el distrito. d) Programar, organizar, dirigir y controlar programas de capacitación, Asesoría Técnica Legal a la población respecto a la Participación Vecinal. 4.- Competencias: a) Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo correspondiente a la Subgerencia de Participación Ciudadana, disponiendo e fi ciente y e fi cazmente de los recursos presupuéstales, económicos, fi nancieros, materiales y equipos asignados. b) Proponer políticas y normas para la promoción y participación ciudadana para lograr el desarrollo local sostenible del distrito. c) Dirigir, supervisar y asesorar en la ejecución de los planes y programas de promoción en materia de participación vecinal. d) Coordinar con entidades fi nancieras la asignación de créditos promociónales a los ciudadanos, para el desarrollo de las acciones que tienen interés prioritario para la gestión municipal.