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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2007 (31/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 102

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342668 puesta en valor de monumentos y colecciones artísticas que integran el patrimonio cultural y turístico del distrito. h) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el bienestar e integración social de la juventud en concordancia con las políticas nacionales emanadas del Consejo Nacional de la Juventud – CONAJU y del Consejo Metropolitano de Participación de la Juventud de la Ciudad de Lima. i) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de promoción del deporte y la recreación de la población en el distrito. j) Programar, organizar, dirigir y controlar la promoción y administración y mantenimiento de centros recreación y deportes de propiedad de la Municipalidad. k) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción y elaboración de proyectos de nuevos complejos deportivos y de recreación en el Distrito. l) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de promoción de las competencias deportivas no profesionales. m) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de formación y práctica del deporte de competencia. 4.- Competencias:a) Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo correspondiente a la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Promoción de la juventud disponiendo e fi ciente y efi cazmente de los recursos presupuestales, económicos, fi nancieros, materiales y equipos asignados. b) Inspeccionar permanentemente la forma en que se imparte la educación en el área de su jurisdicción e informar cuando menos semestralmente, a la autoridad competente, respecto del desarrollo educativo en las áreas marginales. c) Promover la diversi fi cación curricular, incorporando contenidos apropiados a la realidad social, cultural, económica, productiva y ambiental de la localidad. d) Supervisar la gestión pedagógica y administrativa de las instituciones educativas en la jurisdicción. e) Desarrollar programas de gestión de escuelas y de fortalecimiento institucional de los centros de educación y capacitación dentro de la jurisdicción. f) Organizar y apoyar la formación de redes educativas como formas de cooperación entre los centros y programas educativos dentro de la localidad. g) Promover y organizar el Consejo Participativo Local de Educación. h) Apoyar la incorporación y desarrollo de nuevas tecnologías para mejorar el sistema educativo. i) Organizar y sostener bibliotecas y centros de información y acceso al conocimiento. j) Promover la protección y difusión del patrimonio cultural. k) Promover la defensa y conservación del patrimonio arqueológico, histórico y artístico, organizando su identi fi cación, registro, control, restauración y conservación. l) Proponer las políticas de gestión municipal destinadas a la promoción cultural y artística para los ciudadanos del distrito. m) Organizar espectáculos culturales y artísticos.n) Representar a la Municipalidad ante los organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, para concertar el apoyo a la ejecución de los programas y actividades de promoción artística y cultural de la Municipalidad. o) Proponer políticas de gestión municipal para la promoción del deporte y la recreación pública de la población. p) Organizar y apoyar las actividades del Consejo Distrital de la juventud y de las organizaciones juveniles del distrito. q) Organizar competencias deportivas y actividades recreativas. r) Organizar escuelas deportivas.s) Gestionar ante organismos públicos y privados, nacionales e internacionales el apoyo a la organización de las actividades promocionales del deporte y la recreación para la población del distrito.t) Administrar y mantener los campos deportivos y de recreación de propiedad de la municipalidad. u) Organizar Comités Vecinales de Recreación y Deporte. v) Cumplir con las demás funciones que le designe el Gerente de Desarrollo Social. Artículo 41°.- Del Programa del Vaso de Leche.- El Programa del Vaso de Leche es un órgano de gestión dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social. Está a cargo de un Jefe, empleado de con fi anza; desarrollo su accionar en función de: 1. Objeto.- Tiene por objeto administrar las acciones destinadas a proporcionar suplemento alimentario a la población vulnerable o de extrema pobreza, a través del programa del Vaso de Leche, y otros programas creados o por crearse, transferidos o por transferirse. 2. Misión.- Garantizar la adecuada utilización de los recursos asignados al programa orientándolos a la población de escasos recursos. 3.- Funciones: a) Plani fi car, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades técnicas y administrativas del Programa, para la optimización del uso de los recursos humanos, económicos y materiales asignados. b) Seleccionar y organizar el número de bene fi ciarios del Programa, controlando el destino y uso adecuado de los recursos. c) Coordinar con las instituciones organizadas de la sociedad civil para el desarrollo e implementación adecuada del Programa. d) Programar, organizar, dirigir y controlar los procesos de seguridad alimentaria y de las operaciones de atención del Programa del Vaso de Leche y otros similares destinados a la población en situación de extrema pobreza. e) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de promoción para la organización de comedores populares y clubes de madres. 4.- Competencias: a) Organizar, programar y ejecutar la implementación del Programa en todas sus fases. b) Participar técnicamente en los procesos de selección para la adquisición de insumos para el Programa. c) Organizar y supervisar los registros de bene fi ciarios del Programa, racionalizando su número hacia la población bene fi ciaria. d) Remitir información a los organismos de control la distribución de los fondos recibidos. e) Incorporar y dar de baja a bene ficiarios del apoyo alimentario y del Programa del Vaso de Leche. f) Otras que le asigne la Gerencia de Desarrollo Social. ÓRGANOS TÉCNICOS DE GESTIÓN MUNICIPAL Artículo 42º.- De la Gerencia de Rentas.- La Gerencia de Rentas es un órgano técnico de la Municipalidad dependiente de la Gerencia Municipal. Esta a cargo de un Gerente, empleado de con fi anza, designado por el Alcalde; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Tiene por objeto la administración de los procesos de recaudación, fi scalización y control de los tributos y rentas municipales correspondientes a la jurisdicción del distrito. 2.- Misión: Asegurar que la recaudación de la Municipalidad se realice en forma equitativa y oportuna a fi n de lograr el adecuado cumplimiento por parte de la ciudadanía de sus obligaciones con el Gobierno Local y el necesario fi nanciamiento para la realización de las actividades y proyectos municipales en bene fi cio de la población. 3.- Funciones: a) Programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades necesarias para la gestión e fi caz del Sistema Tributario Municipal.