TEXTO PAGINA: 101
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342667 e) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el bene fi cio del Vaso de Leche o sustituto alimentario a niños de cero a seis años de edad, madres gestantes, lactantes y enfermos de tuberculosis; así como fi scalizar la aplicación del Programa del Vaso de Leche y las que resulten de los convenios que se realicen al amparo de las normas vigentes. f) Representar a la Municipalidad ante los organismos públicos o privados, nacionales o internacionales; en relación con la coordinación de las actividades de promoción de la participación de los ciudadanos. g) Cumplir con las demás competencias que le asigne el Gerente de Desarrollo Social. Artículo 39°.- De la Subgerencia de Salud, Promoción Social y de Lucha Contra la Pobreza.- La Subgerencia de Salud, Promoción Social y de Lucha Contra la Pobreza, es un órgano de gestión dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social. Esta a cargo de un Subgerente, empleado de con fi anza; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Tiene por objeto la gestión de las actividades relacionadas con la mejora de las condiciones de vida e integración social del menor en estado de abandono, del minusválido, del anciano, de la niñez y de la mujer. Asimismo, desarrollar actividades de promoción de la salud en aspectos preventivos, así como administrar las acciones destinadas a proporcionar suplemento alimentario a la población vulnerable o de extrema pobreza 2.- Misión: Garantizar el acceso de la población vulnerable a bienes y servicios que aseguren su subsistencia de conformidad con su dignidad de ser humano, así como promueva su integración plena y activa en las actividades cotidianas de la convivencia social que aseguren su desarrollo personal. Garantizar condiciones adecuadas de nutrición y de la salud de la población que garanticen su subsistencia en condiciones físicas y mentales que permitan su desenvolvimiento normal en la convivencia social. 3.- Funciones: a) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción de la población vulnerable como niños, mujeres, adultos, discapacitados, para lograr su plena integración a la vida en comunidad. b) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionados con la Promoción de bienestar social para menores y adultos en situación de alto riesgo. c) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la Defensoría del Niño, del Adolescente – DEMUNA. d) Atención y apoyo al adulto mayor.e) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el bienestar e integración social del discapacitado en concordancia con las políticas nacionales emanadas del Consejo Nacional del Discapacitado - CONADIS. f) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de promoción para la prevención del consumo de drogas y otros tóxicos. g) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionados con la promoción y administración de los centros de salud. 4.- Competencias: a) Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo correspondiente a la Subgerencia de Salud, Promoción Social y de Lucha Contra la Pobreza, disponiendo efi ciente y e fi cazmente de los recursos presupuéstales, económicos, fi nancieros, materiales y equipos asignados. b) Ejecutar programas de servicios sociales, en coordinación con la comunidad y con la participación de instituciones públicas y privadas. c) Representar a la Municipalidad ante los organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, en relación con la coordinación de las actividades de promoción de los servicios sociales.d) Ejecutar programas para la Defensoría de la mujer, el niño y adolescente. e) Organizar el programa de Protección, participación y organización de los vecinos con discapacidad. f) Proponer las políticas de promoción correspondientes a los servicios de salud. g) Otorgar carnés y certi fi cados de salud. h) Representar a la Municipalidad ante los organismos públicos o privados, nacionales o internacionales, en relación con la coordinación de las actividades de promoción de la salud y alimentación. i) Organizar campañas de prevención y educación de salud. j) Asesorar a la Alta Dirección en el ámbito de su competencia. k) Cumplir con las demás competencias que le asigne el Gerente de Desarrollo Social. Artículo 40°.- De la Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Promoción de la Juventud.- La Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Promoción de la Juventud es un órgano de gestión dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social. Esta a cargo de un Subgerente, empleado de con fi anza; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Tiene por objeto la gestión de los procesos de realización del Proyecto Educativo Local, la promoción de la investigación cientí fi ca, la promoción y difusión de la cultura local y nacional y el desarrollo del conocimiento y las expresiones artísticas entre la población del distrito. Asimismo, la gestión de los procesos de promoción de la juventud, el deporte y la recreación pública. 2.- Misión: Promover el acceso de la población a la educación de calidad, al conocimiento y crear oportunidades para la realización personal a través de las manifestaciones culturales y artísticas, incentivando la creatividad y preservando los valores históricos como factores fundamentales para su desarrollo personal y formación de capacidades y habilidades para su realización personal conforme a su dignidad de persona humana, propiciándose la integración en la comunidad de los valores de la vida moderna en la ciudad, fortaleciendo la identidad nacional. Contribuir al desarrollo integral de la juventud y a la salud psicológica y el buen estado físico de la población en general como factor fundamental para la conservación de su salud y de integración en la convivencia. 3.- Funciones: a) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de diseño y ejecución del Proyecto Educativo Local, en concordancia con la política educativa regional y nacional. b) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con los programas de alfabetización. c) Programar, organizar, dirigir y controlar la promoción de actividades de extensión educativa y de promoción para la realización de actos y espectáculos culturales y artísticos a nivel distrital. d) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades de promoción para la inversión en el mejoramiento de la infraestructura de locales escolares en cuanto a capacidad, equipamiento, seguridad e higiene y centros de recreación y deportes. e) Programar , organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción y administración y mantenimiento de las bibliotecas municipales, el archivo histórico, museos y centros culturales de propiedad de la Municipalidad, la promoción de galerías de arte, teatros y centros culturales privados y la conservación del patrimonio cultural, histórico, arqueológico, artístico y turístico. f) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción para la creación de grupos culturales folklóricos, musicales, artísticos, así como organizaciones de conservatorios, teatros y similares. g) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la promoción para la participación de la inversión privada, para la conservación, restauración y