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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MARZO DEL AÑO 2007 (31/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 104

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 31 de marzo de 2007 342670 disponiendo e fi ciente y e fi cazmente de los recursos presupuestales, económicos, fi nancieros, materiales y equipos asignados. b) Administrar y controlar la cobranza de los valores y tributos. c) Elaborar el Plan Operativo de la Jefatura a su cargo, ejecutar las acciones programadas, evaluar y controlar el cumplimiento de las metas trazadas. d) Dar trámite a las solicitudes sobre fraccionamiento de deudas que presentan los contribuyentes, controlar su cumplimiento, así como cumplir las disposiciones impartidas en las resoluciones de pérdidas de fraccionamiento. e) Efectuar el control de los ingresos (valores en cobranza que administre), que se realizan en las Cajas de Tesorería. Así como arqueos periódicos a los entes Recaudadores y/o terceros a respecto a los valores que constituyan ingresos. f) Proponer las actividades que conduzcan a la disminución de la morosidad de las rentas municipales. g) Ejecutar y controlar las cobranzas de las liquidaciones de los espectáculos públicos no deportivos. h) Reportar la información estadística de su área de sus ingresos diarios y mensuales, efectuando la evaluación correspondiente. i) Efectuar el control de os valores en cobranzas de la Subgerencia de Ejecución Coactiva, mediante arqueos periódicos de los valores y procedimientos de ejecución, señalando las de fi ciencias en cobranza encontradas, que afectan las acreencia municipales. j) Emitir las Resoluciones de Determinación, Ordenes de Pagos y exigir las acciones de cobranzas de las deudas por cobrar. k) Derivar los actos administrativos en los que consten las obligaciones tributarias y no tributarias a las Subgerencia de Ejecución Coactiva para su cobranza correspondiente. l) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Rentas. Artículo 45º.- De la Subgerencia de Fiscalización y Policía Municipal.- La Subgerencia de Fiscalización y policía Municipal es un órgano técnico dependiente de la Gerencia de Rentas. Esta a cargo de un Subgerente, empleado de con fi anza; desarrolla su accionar en función de: 1.- Objeto: Tiene por objeto la administración de los procesos de fi scalización y control del cumplimiento de las obligaciones tributarias y no tributarias. 2.- Misión: Asegurar que la Municipalidad cuente con un registro actualizado de la propiedad privada y pública sobre la cual recaiga la valorización de los montos imponibles de las obligaciones tributarias, así como evitar la evasión y otros delitos tributarios por parte de los contribuyentes. Así mismo cumplir y hacer cumplir las Ordenanzas Municipales sancionando a los infractores. 3.- Funciones: a) Programar, organizar, dirigir, controlar y supervisar las actividades de su competencia y mantenimiento de la base de datos de valores imponibles de las obligaciones tributarias. b) Programar, organizar, dirigir, controlar y supervisar las operaciones de fi scalización y control a los contribuyentes del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y no tributarias, aplicando de ser el caso las sanciones que correspondan. c) Programar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la capacitación y preparación del personal de Fiscalización y de Policía Municipal. 4.- Competencias: a) Ejecutar el Presupuesto Municipal Participativo correspondiente a la Subgerencia de Fiscalización y policía Municipal, disponiendo e fi ciente y e fi cazmente de los recursos presupuestales, económicos, fi nancieros, materiales y equipos asignados. b) Efectuar investigaciones, exámenes, análisis y otras acciones orientadas a detectar, identi fi car y sancionar a los omisos, morosos y responsables de las faltas y delitos tributarios. c) Controlar y fi scalizar las actividades sujetas al tributo de espectáculos públicos no deportivos u otras actividades sujetas a imposición tributarias. d) Coordinar acciones con otras entidades públicas o privadas conducentes a determinar infractores de las obligaciones tributarias y no tributarias. e) Emitir opinión sobre los recursos impugnativos que se formulen contra la imposición de sanciones por infracciones tributarias. f) Controlar y fi scalizar los establecimientos comerciales, industriales y de servicios, veri fi cando el cumplimiento de las normas municipales y aplicando las sanciones que correspondan de acuerdo al Reglamento de Aplicación de Sanciones y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones vigente. g) Cautelar el cumplimiento de las disposiciones Municipales que contengan obligaciones y/o prohibiciones de observancia obligatoria por personas naturales y jurídicas h) Llevar a cabo acciones conducentes a controlar el comercio ambulatorio e impedir la ocupación de las vías publicas por comerciantes formales e informales, de acuerdo a la normatividad municipal, salvo autorización expresa de la autoridad competente. i) Elaborar el plan operativo de la Subgerencia a su cargo, ejecutar las acciones programadas, evaluar y controlar el cumplimiento de las metas trazadas. j) Otras funciones que le asigne la Gerencia de Rentas. Artículo 46º.- De la Subgerencia de Ejecución Coactiva.- La Subgerencia de Ejecución Coactiva es un órgano técnico dependiente de la Gerencia de Rentas. Está a cargo de un Ejecutor Coactivo como Subgerente, el mismo que contará con un Ejecutor Coactivo adjunto, quienes desarrollaran su accionar conforme a las siguientes funciones y competencias: a) Planear, organizar, dirigir, controlar y coordinar las actividades del Órgano Técnico de Ejecución Coactiva. b) Emitir la resolución de inicio del procedimiento de ejecución coactiva una vez que hubiera sido cali fi cado y notifi cado el acto administrativo en donde consta que la obligación es exigible coactivamente. c) Adoptar las medidas cautelares que establecen la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva y su Reglamento, respecto a las deudas y multas tributarias transferidas al Órgano. d) Requerir a las unidades orgánicas que corresponda, la información necesaria a fi n de determinar la procedencia de la suspensión del Procedimiento de Ejecución Coactiva. e) Llevar un registro y archivo de las actuaciones realizadas en el Procedimiento de Ejecución Coactiva. f) Ejecutar las garantías ofrecidas por los contribuyentes de acuerdo a Ley. g) Mantener cali fi cada la deuda sujeta al Procedimiento de Ejecución Coactiva. h) Elaborar proyectos de normas y directivas de su competencia, para la mejor aplicación de los procedimientos tributarios. i) Revisar y presentar informes sobre documentos de contenido tributario que sean enviados para opinión. j) Reportar periódicamente a la Gerencia de Rentas información sobre la recaudación y deuda en estado coactivo. k) Informar mensualmente a la Gerencia de Rentas, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo. l) Administrar la información que se procese en el sistema informático con que cuente la unidad orgánica, para el mejor cumplimiento de sus funciones. m) Informar a la Gerencia de Rentas sobre el desempeño de los sistemas y procedimientos tributarios municipales aplicados y requerir la implementación de soluciones tecnológicas asociadas a los procesos tributarios. n) Emitir todas las resoluciones que correspondan al impulso del proceso coactivo hasta su conclusión.