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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de mayo de 2007 344871 al año 2007, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 010-2007-J/ONPE y modi fi cado con Resolución Jefatural Nº 034-2007-J/ONPE, excluyéndose un proceso de Adjudicación Directa Pública e incluyéndose en el mismo un Concurso Público, e incluyendo veintiocho (28) procesos de selección adicionales. Artículo Segundo.- Exonerar a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales -ONPE del Concurso Público para la contratación del servicio de soporte y mantenimiento anual Oracle, y autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas la contratación del servicio antes descrito, mediante acciones inmediatas, por un valor referencial de S/. 381,236.87, por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados; por la causal de servicio que no admite sustituto y que es prestado por un proveedor único. Artículo Tercero.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente exoneración será afectado a la Actividad: 1.000355 Organizar y Ejecutar los Procesos Electorales; la Meta: 00001; y la especí fi ca: 5.3.11.39, Otros servicios de terceros, del presupuesto de funcionamiento de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales. Artículo Cuarto.- Poner la presente Resolución Jefatural y los informes que la sustentan en conocimiento de la Contraloría General de la República y el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Artículo Quinto .- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas, en el plazo máximo de cinco (5) días hábiles siguientes a la aprobación dispuesta por la presente resolución, publique la tercera modi fi cación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el presente documento de aprobación de la exoneración en el SEACE. Artículo Sexto .- Disponer que la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Subgerencia de Logística, ponga a disposición del público interesado en revisarlo y adquirirlo, al costo de reproducción, en su local sito en el Jr. Washington 1894 - Cercado de Lima, la modi fi cación Nº 03 del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones correspondiente al año 2007. Artículo Sétimo .- Disponer que la Gerencia de Información y Educación Electoral, en coordinación con la Subgerencia de Logística de la Gerencia de Administración y Finanzas, efectúe la publicación de la presente resolución en la página web de la institución. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa Nacional 57335-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Aprueban solicitud de ampliación de autorización para la reinscripción en la sección de nacimiento de la Oficina de Registros del Estado Civil del distrito de San Juan de Lurigancho RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 405-2007-JEF/RENIEC Lima, 2 de mayo de 2007 VISTO: el Informe N° 568-2007/SGREC/GOR/RENIEC y el Informe N° 465-2007-GAJ/RENIEC, sobre Ampliación de Autorización de Proceso de Reinscripción a la O fi cina de Registros del Estado Civil del distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, conforme lo señalado por la Primera Disposición Final de la Ley N° 26497, los Registros de las O fi cinas de Registros del Estado Civil a que se re fi ere la Ley N° 26242, deberán continuar con el proceso de reinscripción; Que, la O fi cina de Registros del Estado Civil del distrito de San Juan de Lurigancho fue autorizada a reinscribir en la Sección Matrimonio de los años 1989 a 1990, por Resolución Jefatural Nº 812-2006-JEF/RENIEC; asimismo, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC por Resolución Jefatural Nº 690-2006-JEF/RENIEC, ha revocado facultades registrales comprendidas en los literales a), b), c), e) y o) del artículo 44º de la Ley Nº 26497 a la citada O fi cina; Que, la solicitud de ampliación de reinscripción en la sección nacimientos contenida en el informe del visto, ha sido evaluada positivamente por la Sub Gerencia de Registros del Estado Civil de la Gerencia de Operaciones Registrales, por lo que corresponde al RENIEC la aprobación pertinente, por cuanto es el organismo constitucionalmente autónomo, con competencia exclusiva en materia registral; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas en la Ley Orgánica del RENIEC, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado por Resolución Jefatural Nº 050-2007-JEF/RENIEC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la solicitud de ampliación de autorización para la reinscripción en la sección de nacimiento de la O fi cina de Registros del Estado Civil del distrito de San Juan de Lurigancho. Artículo 2°.- Autorizar la ampliación de la Resolución Jefatural Nº 812-2006-JEF/RENIEC; para la reinscripción de nacimientos de los años 1952 a 1962 y 1990 a la O fi cina de Registros del Estado Civil de San Juan de Lurigancho cuyas funciones de inscripción han sido asumidas por el RENIEC. Artículo 3°.- La Subgerencia de Registros del Estado Civil efectuará las coordinaciones para habilitar los libros correspondientes para el proceso de reinscripción en la sección de nacimientos, de los asientos efectuados en la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho en los años 1952 a 1962 y 1990, que se aprueba con la presente resolución, con sujeción a las normas reglamentarias y administrativas que regulan las reinscripciones. Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 56837-5 MINISTERIO PUBLICO Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra ex Administrador de la Delegación Administrativa del Distrito Judicial de Ayacucho, para la recuperación de suma de dinero RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 505-2007-MP-FN Lima, 7 de mayo de 2007 VISTOS: La Conclusión Nº 1 del Informe Nº 19/MP-FN-OCI- LME/2006, de fecha 18 de agosto de 2006, ampliatorio de la Recomendación Nº 8 del Informe Nº 007-2005-02-0275 “Examen Especial a la Gerencia Central de Personal, Ejercicios 2002-2003”, Informe Nº 316-2007-MP-FN-OAJ; y, CONSIDERANDO: Que, la Conclusión Nº 1 del Informe Nº 19/MP-FN- OCI-LME/2006, ampliatorio de la Recomendación Nº 8 del Informe Nº 007-2005-02-0275 de vistos, establece lo siguiente: “El señor Mariano Ricardo Velarde Álvarez Pinto, ex Administrador de la Delegación Administrativa del Distrito Judicial de Ayacucho, es presunto responsable