Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 2007 (09/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de MORDAZA de 2007

por el importe de S/. 4,500.00 a que hace referencia la Recomendacion Nº 8 del Informe Nº 007-2005-02-0275 "Examen Especial a la Gerencia Central de Personal, Ejercicios 2002-2003", al haberse dispuesto que la Entidad asuma el pago de subsidios a favor de la Dra. Zalimova MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunta de la Fiscalia Provincial Mixta de Cangallo, del Distrito Judicial de Ayacucho; Que, asimismo, senala el citado Informe de Control que la ejecucion del tramite de subsidio de maternidad, era responsabilidad de los Administradores de los Distritos Judiciales ante EsSalud de su jurisdiccion, funcion que se encuentra comprendida en el Manual de Organizacion y Funciones de la Oficina de Coordinacion de Distritos Judiciales del Ministerio Publico, aprobado por Resolucion Administrativa del Titular del Pliego Nº 304-2000-SE-TPCEMP, de fecha 3 de noviembre de 2000, vigente a esa fecha; por consiguiente, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como ex Administrador de la Delegacion Administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, era responsable del tramite y seguimiento ante EsSalud para obtener el reembolso de las prestaciones economicas por maternidad de la Dra. Zalimova MORDAZA MORDAZA, debiendo recabar personalmente de la citada magistrada, la documentacion y suscripcion de formularios pertinentes, en caso de negativa o demora de la peticionaria, debiendo haberlo requerido mediante oficio, dejando MORDAZA de este hecho, para deslindar responsabilidades; Que, teniendo en cuenta que de conformidad con la delegacion de facultades contenida en la Resolucion de la Gerencia General Nº 003-2003-MP-FN-GG, de fecha 7 de enero de 2003, se debian agotar las medidas administrativas y/o legales para hacer efectivo el cobro del saldo de S/. 4,500.00 al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador de la Delegacion Administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, al haber ocasionado perjuicio economico a la Entidad. A traves del Oficio Nº 031-2007-MP-FN-OAJ, de fecha 7 de febrero de 2007, recibido el 22 de febrero de 2007, se otorgo al ex servidor mencionado, 08 dias utiles de plazo a efecto se acerque para tratar la forma de cancelacion de su deuda; advirtiendole que en caso contrario se estaria disponiendo el inicio de las acciones legales pertinentes, en salvaguarda de los intereses del Estado, habiendo a la fecha excedido el plazo otorgado, sin embargo, el mencionado ex funcionario no ha procedido al pago requerido, ni ha dado respuesta alguna a nuestro requerimiento; Que, en consecuencia, habiendose agotado los mecanismos tendentes a arribar a un acuerdo extrajudicial con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para resarcir el dano patrimonial causado a la Entidad, y proceda a cancelar su deuda ascendente a S/. 4,500.00, y estando al extremo de la Recomendacion Nº 8 del Informe Nº 0072005-02-0275 "Examen Especial a la Gerencia Central de Personal, Ejercicios 2002-2003", corresponde autorizar al senor Procurador Publico encargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, proceda a iniciar las acciones legales pertinentes, en aplicacion de lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; asimismo dicho Procurador Publico podra delegar sus facultades de representacion judicial en el Procurador Adjunto y en los Abogados Auxiliares de la Procuraduria Publica de la Entidad; Contando con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica, Gerencia General; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa del Estado en Asuntos Judiciales, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 64º de Decreto Legislativo Nº 052 - Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie, impulse y culmine las acciones judiciales a que hubiere lugar, contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Administrador de la Delegacion Administrativa del Distrito Judicial de MORDAZA, a efecto del recupero de la suma de S/. 4,500.00, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion; asimismo, podra delegar dichas facultades de representacion judicial en el Procurador Adjunto y en los Abogados Auxiliares de la Procuraduria Publica de la Entidad. Articulo Segundo.- REMITIR MORDAZA autenticada de la presente Resolucion y los antecedentes respectivos,

al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio Publico, para su conocimiento y fines pertinentes. Articulo Tercero.- REMITIR MORDAZA de la presente Resolucion a la Gerencia General, Organo de Control Institucional y a la Oficina de Asesoria Juridica, para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ARTEGA Fiscal de la Nacion

57445-1

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion del servicio de telefonia fija para el Ministerio Publico
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 509-2007-MP-FN
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Oficio Nº 294 -2007-MP-FN-GG, por el cual la Gerencia General solicita la declaratoria de Situacion de Desabastecimiento Inminente del Servicio de Telefonia Fija, y; CONSIDERANDO: Que, como resultado del MORDAZA de seleccion correspondiente al Concurso Publico Nº 0005-2005-MP-FNGG, con fecha 10 de enero de 2006, se celebro el Contrato Nº 001-2006-MP-FN-GECLOG con la empresa Telefonica del Peru S.A.A., por un monto de S/.1'241,289.96 (Un Millon Doscientos Cuarenta y Un Mil Doscientos Ochenta y Nueve y 96/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de ley, con el fin de proveer el Servicio de Telefonia Fija para el Ministerio Publico, con recursos ordinarios, y con una vigencia de 12 (Doce) meses, plazo contado a partir del 11 de enero de 2006 hasta el 10 de enero de 2007; Que, por haberse requerido de prestaciones adicionales al mencionado contrato, mediante Addendum de fecha 10 de enero de 2007 se contrataron las mismas, por un monto de S/. 186,193.49 (Ciento Ochenta y Seis Mil Ciento Noventa y Tres y 49/100 Nuevos Soles), equivalente al 15 % del contrato principal; Que, al vencimiento del contrato originario y su addendum, resulto necesaria la suscripcion de un contrato complementario al mismo, el cual se celebro con fecha 18 de enero de 2007, para la provision de mayores servicios hasta por la suma de S/. 372,386.99 (Trescientos Setenta y Dos Mil Trescientos Ochenta y Seis y 99/100 Nuevos Soles), monto equivalente al 30% del monto contractual original, y en tanto culminara el MORDAZA de seleccion respectivo, contrato que tiene vigencia hasta el 7 de MORDAZA de 2007; Que, la Gerencia de Servicios Generales mediante Informe Nº 179-2007-MP-FN-GECLOG-GESER, del 23 de MORDAZA de 2007, informa por un lado, que la vigencia del Contrato Complementario al Contrato Nº 001-2006-MP-FNGECLOG, concluye en fecha muy proxima, y por otro lado que el MORDAZA de Seleccion para la contratacion del mismo servicio aun no se ha convocado, debido a que a la fecha el area usuaria se encuentra replanteando las especificaciones tecnicas del MORDAZA de seleccion programado con el Nº 11 en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2007, siendo necesario que las empresas reduzcan sus costos y se determine un valor referencial que se enmarque dentro de la disponibilidad presupuestal y las normas de austeridad del gasto publico vigentes; Que, igualmente, la Gerencia de Servicios Generales, indica que la vigencia del contrato resultante de la declaracion de desabastecimiento inminente debe considerar un plazo MORDAZA de vigencia de 90 (Noventa) dias o hasta que se produzca la suscripcion del contrato resultante del MORDAZA pendiente, considerandose un monto mensual de hasta S/.103,440.83 (Ciento Tres Mil Cuatrocientos Cuarenta y 83/100 Nuevos Soles), por un importe total de hasta S/.310,322.49 (Trescientos Diez Mil Trescientos Veintidos y 49/100 Nuevos Soles); Que, la Gerencia Central de Logistica, mediante Memorandum Nº 419-2007-MP-FN-GECLOG, de fecha 3 de

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