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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2007 (09/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de mayo de 2007 344874 una O fi cina Especial, en las instalaciones de la empresa Backus y Jonhston S.A.A. ubicada la Avenida Nicolás Ayllón Nº 3986 y Avenida Asturias Nºs. 662, 652, 644 y 604, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura de la citada O fi cina Especial; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, mediante el Informe Nº 056 -2007-DEB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único .- Autorizar al Banco Continental la apertura de una O fi cina Especial, en las instalaciones de la empresa Backus y Jonhston S.A.A. ubicada la Avenida Nicolás Ayllón Nº 3986 y Avenida Asturias Nºs. 662, 652, 644 y 604, distrito de Ate, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 57347-1 RESOLUCIÓN SBS Nº 519-2007 Lima, 3 de mayo de 2007 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Continental para que esta Superintendencia autorice la apertura de una Agencia, ubicada en la Avenida Carlos Izaguirre Nº 275, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justi fi ca la apertura de la citada Agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluación Bancaria “B”, mediante el Informe Nº 055 - 2007-DEB “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Circular Nº B-2147-2005; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-2005; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Continental la apertura de una Agencia, ubicada en la Avenida Carlos Izaguirre Nº 275, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Micro fi nanzas 57347-2ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS COMISION NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES Resuelven pronunciarse a favor del deslistado de bonos de arrendamiento financiero del Banco Interamericano de Finanzas del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 039-2007-EF/94.45 Lima, 27 de abril de 2007 VISTOS: El expediente Nº 2007011014, así como el Informe Interno Nº 1263-2007-EF/94.45.2 del 26 de abril de 2007, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV Nº 285-97- EF/94.10 del 8 de abril de 1997, se dispuso la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de los valores denominados “Bonos de Arrendamiento Financiero - Decreto Legislativo Nº 299 y Ley Nº 26702 - Banco Interamericano de Finanzas S.A.E.M.A. Tercera Emisión” del Banco Interamericano de Finanzas hasta por un monto de cinco millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América (US$ 5 000 000,00); Que, mediante Resolución CONASEV Nº 604-97- EF/94.10, del 9 de setiembre de 1997, se dispuso la inscripción en el Registro Público del Mercado de Valores de los valores denominados “Bonos de Arrendamiento Financiero - Decreto Legislativo Nº 299 y Ley Nº 26702 - Banco Interamericano de Finanzas S.A.E.M.A. Cuarta Emisión” del Banco Interamericano de Finanzas hasta un monto de US$ 10 000 000,00 (diez millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América); Que, el Banco Interamericano de Finanzas solicitó el deslistado de los valores señalados en los considerandos anteriores del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima y su exclusión del Registro Público del Mercado de Valores de CONASEV; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. comunicó a CONASEV su decisión de admitir la solicitud de deslistado de los mencionados valores y de elevar el expediente a CONASEV, para los fi nes correspondientes; Que, el artículo 37º, inciso b), de la Ley del Mercado de Valores, en concordancia con el artículo 27º, inciso b), del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en la Rueda de Bolsa de la Bolsa de Valores de Lima, establece que la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores tiene lugar por resolución fundamentada de CONASEV, cuando opere la extinción de los derechos sobre el valor, por amortización, rescate total u otra causa; Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 38º de la Ley del Mercado de Valores y el artículo 32º del Reglamento de Oferta Pública de Adquisición y de Compra de Valores por Exclusión, aprobado por Resolución CONASEV Nº 009-2006-EF/94.10 y modi fi cado por Resolución CONASEV Nº 020-2006-EF/94.10, la exclusión de un valor del Registro Público del Mercado de Valores genera la obligación de efectuar una oferta pública de compra; Que, no obstante lo señalado los valores denominados “Bonos de Arrendamiento Financiero - Decreto Legislativo Nº 299 y Ley Nº 26702 - Banco Interamericano de Finanzas S.A.E.M.A. Tercera Emisión” y “Bonos de Arrendamiento Financiero - Decreto Legislativo Nº 299 y Ley Nº 26702 - Banco Interamericano de Finanzas S.A.E.M.A. Cuarta Emisión”, se encuentran dentro de la causal de excepción a