Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2007 (16/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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referidos a movimiento de personal, asi como, otros actos administrativos que merecen una exhaustiva investigacion de hechos que permitan hallar los factores que influyen en la baja calidad de rendimiento escolar expuesta por la Unidad de Medicion de la Calidad Educativa del Ministerio de Educacion, asimismo, vulnera los contenidos del Decreto Supremo Nº 09-2005-ED, Reglamento de la Gestion del Sistema Educativo, el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion; como consecuencia de estos hechos es de entender que se viene vulnerando el MORDAZA del Articulo 1º de la Ley Nº 28988, Ley que Declara a la Educacion Basica como Servicio Publico Esencial y que causa danos irremediables en la ninez, vulnerando asi, el derecho constitucional a recibir una educacion MORDAZA y de calidad, al mismo tiempo se afecta a los pueblos del derecho y acceso al avance sostenible en el MORDAZA educativo y cultural que a la postre perturba tremendamente al desarrollo humano que es fin supremo de todo Estado y sociedad; Que, es politica del actual Gobierno Regional, garantizar un MORDAZA de mejoramiento de los niveles de calidad educacional en el ambito, concordante con sus competencias de orientar, promover y conducir los procesos de organizacion y funcionamiento de las actividades administrativas en su seno y sus instancias dependientes concordantes con los requerimientos de la sociedad y el Estado. En tal sentido les corresponde regir los procedimientos de cambio administrativo; Que, habiendo recibido las valoraciones de los Consejeros y atendiendo la demanda de la Direccion Regional de Educacion ­ MORDAZA, a traves del Oficio Nº 0470-2007-ME/GRA/DREA. y; estando a lo expuesto, acordado y aprobado, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus Modificatorias; Ley Nº 28044, Nueva Ley General de Educacion y su modificatoria Ley Nº 28123, Ley Nº 28302 y Ley Nº 28329; Ley Nº 28988, Ley que Declara a la Educacion Basica como Servicio Publico Esencial, Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; Ley Nº 28024, Ley que Regula la Gestion de Intereses en la Administracion Publica; y estando a lo establecido por el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, a los Articulos 9º, 15º y 21º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y Leyes Modificatorias; y estando a lo expuesto, acordado y aprobado, con el MORDAZA unanime de los miembros integrantes autorizados del Consejo Regional de MORDAZA, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Articulo Primero.- DECLARESE, en MORDAZA de Reorganizacion Administrativa y Funcional, a la Unidad de Gestion Educativa Local de Andahuaylas (UGEL), por el plazo de ciento ochenta (180) dias a partir de la publicacion de la presente Ordenanza Regional; MORDAZA que tendra caracter integral y tecnico en los aspectos de funcionamiento administrativo-financiero, pedagogico, de los instrumentos de gestion y normativos, y todo lo necesario para lograr la eficiencia en la gestion. Articulo Segundo.- ENCARGUESE, a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA (DREA) para que designe resolutivamente y por calificacion de meritos a la Comision Reorganizadora, constituida por cinco miembros profesionales, cuyo Presidente debera asumir las funciones de Director de la UGEL, en tanto los demas miembros, ademas de asumir la tarea reorganizadora deberan contraer las responsabilidades funcionales de Jefes del Area de: Gestion Institucional, Gestion Pedagogica, Administracion y Asesoria Juridica. Asimismo, la DREA supervisara el MORDAZA a fin de asegurar se cumplan con las funciones de los comisionados y los objetivos de la reorganizacion; pudiendo tambien intervenir como instancias de vigilancia y fiscalizacion externa, la Defensoria del Pueblo, el Ministerio Publico, las organizaciones gremiales en representacion de los trabajadores del sector y la sociedad civil organizada. Articulo Tercero.- DISPONGASE, que en tanto dure el periodo de reorganizacion debera quedar en suspenso los extremos y alcances del cuadro de meritos obtenidos en el MORDAZA del concurso para el cargo de Director del las UGELs del ambito de la Direccion Regional de Educacion ­ Apurimac. Articulo Cuarto.- DISPONGASE, que los costos que demande este MORDAZA, sera asumido con los recursos de la Unidad Ejecutora inmersa en la reorganizacion; en tanto, la parte remunerativa de la Comision seran los mismos que corresponde por ley al funcionario que desempena el cargo

de confianza, con excepcion al Presidente/Director que sera complementado con una bonificacion que provenga de los recursos propios de la UGEL, en tanto permanezca en el cargo, el Director observado. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- En el plazo no mayor de quince dias contados a partir de la instalacion, la Comision Reorganizadora presentara el Plan de Reorganizacion, consignando los objetivos, precisando funciones de los miembros, costos y el requerimiento de subcomisiones y MORDAZA de tecnicos necesarios; el mismo que sera aprobado por la Direccion Regional de Educacion Apurimac. Segunda.- Facultese a la Direccion Regional de Educacion de MORDAZA, implementar este mismo MORDAZA en las otras Unidades de Gestion Educativa Local de su ambito, evaluando su pertinencia y tomando la presente Ordenanza Regional como MORDAZA normativo, con cargo a dar cuenta al Gobierno Regional de MORDAZA y al Consejo Regional de Apurimac. Tercera.- En tanto dure el MORDAZA de reorganizacion, los titulares de la UGEL intervenida, pasaran a disposicion del area de personal de la DREA, para desempenar funciones que se le asignara concordante a Ley, sin perjuicio de la perdida de estabilidad laboral, sea por remocion, renuncia, cese voluntario o destitucion del cargo por medida disciplinaria o mandato judicial. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. En Abancay a los veinticuatro dias del mes de MORDAZA de dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Consejera Delegada del Consejo Regional de Apurimac. AL SENOR PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la sede central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los tres dias del mes de MORDAZA del ano dos mil siete. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Presidente Gobierno Regional de MORDAZA

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Amplian MORDAZA de Reestructuracion Organica y Reorganizacion Administrativa del Gobierno Regional de MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2007-CR-APURIMAC
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Ordinaria, del dia martes veinticuatro de MORDAZA del ano dos mil siete, teniendo como punto de agenda el siguiente: "Proyecto de Ordenanza Regional que Amplia el MORDAZA de Reestructuracion Organica y Reorganizacion Administrativa al Gobierno Regional de Apurimac." CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado concordante con el Articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales que emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos

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