Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2007 (16/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Aceptan renuncia y designan Director General de la Oficina General de Seguridad del INPE
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 307-2007-INPE/P
MORDAZA, 14 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial Nº 175-2007INPE/P de fecha 16 de marzo del 2007, se designo al Comandante AP ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director General de la Oficina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario; Que, mediante documento de fecha 14 de MORDAZA de 2007, el mencionado funcionario presento su renuncia al cargo al que fue designado; Contandose con las visaciones del Consejo Nacional Penitenciario y de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594, Decreto Legislativo N° 654, Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Resolucion Ministerial N° 040-2001-JUS, y en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion Suprema N° 073-2007-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- ACEPTAR LA RENUNCIA, a partir de la fecha, del Comandante AP. ® MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director General de la Oficina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario, designado mediante Resolucion Presidencial Nº 175-2007-INPE/P de fecha 16 de marzo del 2007, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Crnl. PNP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo publico de confianza de Director General de la Oficina General de Seguridad del Instituto Nacional Penitenciario. Articulo 3º.- DISTRIBUIR, MORDAZA de la presente resolucion a los interesados y a las instancias pertinentes para los fines de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Consejo Nacional Penitenciario

Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3° de la Ley Nº 27332 ­ Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que segun lo dispuesto por el Articulo 3° de la Ley Nº 27699 ­ Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERGMIN, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, el inciso d) del articulo 5° de la Ley Nº 26734, Ley de Creacion de OSINERGMIN, se establece como funcion el fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones tecnicas y legales relacionadas con la proteccion y conservacion del ambiente en las actividades desarrolladas en los subsectores de electricidad e hidrocarburos. Asimismo, el articulo 1° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, senala que OSINERGMIN tiene competencia para supervisar y fiscalizar a las ENTIDADES del SECTOR ENERGIA velando por la calidad, seguridad y eficiencia del servicio y/o productos brindados a los usuarios en general y cautelando la adecuada conservacion del medio ambiente; Que, el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, en el articulo 31° inciso h) como en el articulo 6° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, establecen como obligacion de las empresas electricas el cumplir con las normas de conservacion del medio ambiente; Que, OSINERGMIN prepublico el 2 de octubre de 2006 en el Diario Oficial El Peruano el "Procedimiento para la supervision ambiental de las empresas electricas", en concordancia a lo dispuesto en el articulo 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por el Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, con la finalidad de recibir los aportes del publico en general, los mismos que han sido objeto de comentarios en la exposicion de motivos de la presente Resolucion; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 22° y 25° del Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM; Con la opinion favorable de la Gerencia General, la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalizacion Electrica. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el "Procedimiento para la supervision ambiental de las empresas electricas", contenido en el anexo adjunto y cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- El presente Procedimiento entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA DAMMERT MORDAZA Presidente del Consejo Directivo PROCEDIMIENTO PARA LA SUPERVISION AMBIENTAL DE LAS EMPRESAS ELECTRICAS 1. OBJETIVO Establecer el procedimiento para la supervision del cumplimiento de la legislacion ambiental vigente, asi como de los compromisos asumidos por las empresas electricas con el Estado en asuntos relacionados con la proteccion del ambiente, con el fin de promover la prevencion de la contaminacion ambiental. 2. ALCANCES El presente procedimiento es de aplicacion para las empresas electricas que cuenten con concesion o autorizacion para desarrollar actividades de generacion, transmision y/o

60452-2

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Aprueban Procedimiento para la supervision ambiental de las empresas electricas y su Exposicion de Motivos
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 245-2007-OS/CD MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2007 VISTO: El Memorando Nº GFE-308-2007 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria, la aprobacion del "Procedimiento para la supervision ambiental de las empresas electricas";

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