Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2007 (16/05/2007)


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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 16 de MORDAZA de 2007

distribucion de electricidad. En el caso de la generacion electrica, el presente procedimiento no comprendera a aquellas empresas cuya produccion de energia electrica sea exclusivamente para consumo propio. 3. BASE LEGAL · Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos; · Decreto Ley Nº 25844 - Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento (D.S. Nº 009-93 EM); · Ley Nº 28611 - Ley General del Ambiente; · Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos y su Reglamento (D.S. Nº 057-2004-PCM); · Ley Nº 28551 - Ley que establece la obligacion de elaborar y presentar Planes de Contingencia; · D.S. Nº 029-1994-EM - Reglamento de Proteccion Ambiental en las Actividades Electricas; · R.D. Nº 008-1997-EM/DGAA - Niveles Maximos Permisibles para Efluentes Liquidos Producto de las Actividades de Generacion, Transmision y Distribucion de Energia Electrica; y · Decreto Supremo N° 053-99-EM por el cual, la Direccion General de Asuntos Ambientales se encuentra facultada para evaluar, y cuando corresponda aprobar los Planes de Cierre o Abandono que deben presentar los titulares de actividades mineras o energeticas, cuando han decidido terminar su actividad. 4. DEFINICIONES Para efecto del presente procedimiento se tienen en cuenta las definiciones establecidas en la base legal del rubro anterior, ademas de las siguientes: Actividades Comprometidas: Son las actividades que deben ejecutar las empresas electricas para mitigar, reducir y/o controlar los impactos ambientales, las cuales han sido aprobadas por la autoridad competente y/o dispuestas por el OSINERGMIN. Aspecto Ambiental Significativo: Elemento de las actividades, productos o servicios de una empresa que puede interactuar con el ambiente ocasionando un impacto ambiental significativo. Para efectos del presente procedimiento se consideraran los impactos ambientales negativos. Estandares comprometidos: Valores de los parametros ambientales establecidos en los Instrumentos de Gestion Ambiental, los cuales son fijados por la empresa y aprobados por la autoridad competente. GFE: Gerencia OSINERGMIN. de Fiscalizacion Electrica del

Las metas ambientales son establecidas por las empresas, tomando como minimo las exigencias ambientales establecidas en la normativa nacional vigente, de lo contrario debe establecerse las metas considerando estandares internacionales. Objetivo ambiental: Fin ambiental de caracter general que establece una empresa para asegurar el cumplimiento de las normas ambientales vigentes. Un objetivo puede tener mas de una meta. Observacion Ambiental: Incumplimiento de la normativa ambiental detectada por el OSINERGMIN en el MORDAZA de supervision. Procedimiento: llamese al presente Procedimiento para la Supervision Ambiental de las Empresas Electricas. 5. METODOLOGIA Mediante el Procedimiento, el OSINERGMIN establece el requerimiento de informacion y datos de la empresa que permitan efectuar la supervision ambiental de las actividades electricas. Para alcanzar el objetivo propuesto se aplica la siguiente metodologia: a) Las empresas proporcionaran la informacion requerida en el numeral 6 del Procedimiento dentro de los plazos establecidos. Dicha informacion esta referida a: la MORDAZA de los Instrumentos de Gestion Ambiental establecidos por la normatividad, Aspectos Ambientales Significativos y actividades comprometidas para su mitigacion, resultados de monitoreo y control ambiental, asi como el manejo de residuos solidos; b) La supervision se realiza a las empresas mediante la evaluacion de la informacion proporcionada por las mismas, verificando la ejecucion de las actividades comprometidas y el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente; c) De acuerdo al programa anual de supervision, el OSINERGMIN en una muestra representativa, realizara inspecciones de MORDAZA para validar lo informado por las empresas, asi como el cumplimiento de la normatividad ambiental y sus compromisos. Lo expuesto no exceptua la realizacion de inspecciones no programadas; y d) El periodo de la supervision comprende entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de cada ano. 6. REQUERIMIENTO DE INFORMACION La informacion requerida en el Procedimiento debe ser presentadas por las empresas mediante el sistema extranet implementada por el OSINERGMIN, para cada una de sus instalaciones, en calidad de declaracion jurada. Las empresas deben mantener a disposicion del OSINERGMIN todos los documentos MORDAZA de la mencionada informacion por un plazo minimo de 5 anos, para las supervisiones que el Organismo estime conveniente. La informacion requerida es la siguiente: 6.1 Documentacion exigida por la normatividad Las empresas electricas deben declarar al OSINERGMIN sobre los datos relacionados a la MORDAZA y/o aprobacion de los documentos senalados en el Cuadro N° 1. La informacion es presentada dentro del plazo MORDAZA de 15 dias calendario posterior a los establecidos en la normativa ambiental vigente, para cada uno de los documentos. En relacion a la designacion del Auditor Ambiental Interno (responsable ambiental), la informacion es presentada dentro de los 15 dias calendario de registrase un MORDAZA nombramiento. Cuadro Nº 1 Informacion referida a la Documentacion exigida por la normatividad
MORDAZA de: Datos proporcionados por la Empresa Nombre del Auditor Ambiental Interno o Responsable Ambiental Profesion N° del Documento de Nombramiento Fecha del Documento de Nombramiento Por empresa Comentarios

Impacto Ambiental Significativo: Cualquier cambio significativo en el medio ambiente, ya sea adverso o beneficioso, como resultado total o parcial de los aspectos ambientales de una empresa. Para efectos del presente procedimiento se consideraran los impactos ambientales significativos negativos. Indicador: Valor calculado o determinado por aplicacion del presente procedimiento para la supervision ambiental de las empresas electricas. Instalacion Principal: son las instalaciones donde se desarrollan actividades electricas de generacion, transmision y distribucion de electricidad. Entre otras, son las siguientes: centrales hidroelectricas, centrales termicas, subestaciones de transmision, lineas de transmision y sistemas electricos de distribucion, etc. Instalaciones Complementarias: Son las instalaciones que sirven de soporte en las actividades de generacion, transmision y distribucion de electricidad. Entre otras, son las siguientes: sistema de afianzamiento hidrico, taller de mantenimiento, almacenes temporales de residuos, almacenes centrales de residuos, rellenos de seguridad. Las Instalaciones Complementarias se encuentran directamente relacionadas a alguna instalacion principal en funcion de su ubicacion y/o grado de dependencia u operatividad. Manejo de Residuos: actividad realizada por las empresas que debera ser sanitaria y ambientalmente adecuado, con sujecion a los principios de prevencion de impactos negativos y proteccion de la salud. Meta ambiental: Requisito de desempeno detallado aplicable a las empresas o a partes de ellas, que tiene su origen en los objetivos ambientales y que es necesario establecer y cumplir para alcanzar dichos objetivos.

Designacion de Auditor Ambiental Interno

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