Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2007 (29/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

346095

VISTOS: Los Oficios Nº 390-2007/GO/RENIEC, Nº 5141 y 37112006/GO/RENIEC, Nºs. 896, 957, 1035 y 1322-2007/ GOR/RENIEC de la actualmente denominada Gerencia de Operaciones Registrales; Nºs. 378, 188 y 200-2007/ SGREC/GO/RENIEC de la Subgerencia de Registros de Estado Civil; Nºs. 612, 537 y 565-2007/GPDR/RENIEC de la Gerencia de Procesos y Depuracion Registral y el Informe N° 664-2007-GAJ/RENIEC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informes emitidos por la Sub Gerencia de Registro de Estado Civil (SGREC) y el Servicio de Certificaciones (SC), pertenecientes a la Gerencia de Operaciones Registrales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, se determino que diecisiete ciudadanos, implementaron el Procedimiento Nº 34 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, solicitando la autenticacion de Transcripciones, Partidas o Actas de Nacimiento, Matrimonio, Defuncion o Constancias de Solteria, presuntamente emitidas por alguna de las Oficinas del Registro de Estado Civil, encontrandose acreditado mediante las consultas formuladas a dichas oficinas, que los documentos presentados son falsificados o estan adulterados; siendo los siguientes, los nombres de los ciudadanos que cometieron el delito:
INFORME 3312-2005-GOSGREC 3311-2005-GOSGREC 070-2005-GOSGREC 224-2005-GO/ SGREC 224-2005-GO/ SGREC 224-2005-GO/ SGREC 247-2006-GOJR10LIM-SC 414-2007SGREC-GOR 075-2006-GOJR10LIM-SC 075-2006-GOJR10LIM-SC 225-2006-SC/ JR10LIM/GO 225-2006-SC/ JR10LIM/GO 225-2006-SC/ JR10LIM/GO 1453-2006/ SGREC/GO 1452-2006/ SGREC/GO 36-2007-SC/ JR10LIM 36-2007-SC/ JR10LIM N° DE SOLICITUD 75630 76343 93085 93048 5961 6135 268203 192394 213298 224500 243191 249467 256481 89355 99 290915 232204 MORDAZA DE DOCUMENTO Partida de Nacimiento Partida de Nacimiento Partida de Matrimonio Acta de Matrimonio Acta de Matrimonio Partida de Nacimiento Certificado de Solteria Transcripcion de Partida de Nacimiento Acta de Matrimonio Acta de Nacimiento Dos Actas de Nacimiento Acta de Nacimiento Partida de Nacimiento Dos Partidas de Nacimiento Certificado de Solteria Acta de Matrimonio Transcripcion de Partida de Nacimiento N° DE INSCRIPCION 08168392 08497894 06140182 40096881 15299339 10622865 08394712 80189626 10680979 16737595 10760180 06196664 08730571 10649887 07297291 08729592 02817448 NOMBRES Y APELLIDOS DEL SOLICITANTE MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA de MORDAZA MORDAZA Ampiloquio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ganoza MORDAZA Santi MORDAZA Jerver MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cruza MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Denys MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Egusquiza MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del RENIEC para que interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos, en agravio del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los ciudadanos mencionados en el primer considerando de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico del RENIEC, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional

65890-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Sancionan a la empresa AUSTRINKA S.A.C. con inhabilitacion temporal para participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 483-2007-TC-S3
Sumilla: Una vez que la buena pro ha quedado consentida o administrativamente firme los postores ganadores estan obligados a suscribir el contrato respectivo. MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2007 Visto, en sesion de fecha 14.5.2007 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado el Expediente Nº 0180/2006.TC sobre la aplicacion de sancion iniciado a la empresa AUSTRINKA S.A.C. por supuesta responsabilidad en la no suscripcion injustificada del contrato al haber resultado ganador de la buena pro, durante el MORDAZA de seleccion Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 166-2005-EMAPE/CEP-OO, convocada por la EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE MORDAZA SOCIEDAD ANONIMA (EMAPE S.A.) para la "Construccion de losa deportiva de uso multiple en el Grupo 9, Sector 6, MORDAZA El Salvador"; y atendiendo a los siguientes: ANTECEDENTES: 1. Mediante publicacion efectuada el 21 de octubre de 2005 en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (SEACE), la Empresa Municipal Administradora de Peaje de MORDAZA (EMAPE S.A.), en adelante la Entidad, convoco la Adjudicacion de Menor Cuantia Nº 0166-2005-EMAPE/CEP-OO, para la ejecucion de la obra "Construccion de losa deportiva de uso multiple en el Grupo 9, Sector 6 - MORDAZA El Salvador", por el monto de S/. 74 988, 43 (Setenta y cuatro mil novecientos ochenta y ocho con 43/100 nuevos soles). 2. El 3 de noviembre de 2005, el Comite Especial otorgo la buena pro a la empresa Austrinka S.A.C., en adelante el Postor. 3. Con Carta Nº 225-2005-EMAPE/GAF-Log, notificada el 14 de noviembre de 2005, la Entidad cito al Postor para celebrar el contrato respectivo dentro del plazo de diez (10) dias. 4. El 2 de febrero de 2006, la Entidad solicito al Tribunal que imponga sancion administrativa al Postor por no haber suscrito injustificadamente el contrato correspondiente.

Que, el comportamiento de los citados ciudadanos constituye indicio valido de la presunta comision del delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsificacion de documentos tipificado en el articulo 427º del Codigo Penal, toda vez que dichos ciudadanos usaron los documentos falsos como si se tratase de documentos publicos autenticos, lo cual pudo ocasionar perjuicio a terceros; Que, en atencion a los fundamentos que anteceden y a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497;

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