Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2007 (29/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de mayo de 2007 346092 Artículo 15º.- Derogación de dispositivos Deróguense los siguientes dispositivos: a) Reglamento de Infracciones y Sanciones para el Servicio Público de Exámenes Psicosomáticos, aprobado por Resolución Ministerial Nº 217-97-MTC/15.18 y el Decreto Supremo Nº 027-2003-MTC. b) Decreto Supremo Nº 006-2006-MTC.c) Decreto Supremo Nº 021-2006-MTC. Artículo 16º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, a los veintiocho días del mes de mayo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 66103-5 Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 031-2007-MTC Lima, 28 de mayo de 2007 CONSIDERANDO:Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, publicado el 12 de diciembre de 2006, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de la Ley Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que la Dirección General de Aeronáutica Civil debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones aéreas de los explotadores bajo su control, a fi n de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fi able; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los inspectores debidamente identi fi cados a que se re fi ere la Ley son competentes, según su especialidad, para veri fi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y e fi ciencia de las operaciones aéreas, se veri fi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicadas en el extranjero; Que, con Informe Nº 0244-2007-MTC/12, de fecha 9 de mayo de 2007, se señala que la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección Nº 901-2007-MTC/12.04-DSA, designando al Inspector Miguel Encarnación Gonzáles Saldarriaga, para realizar la inspección técnica al taller de mantenimiento aeronáutico extranjero de la empresa F.V. Turbina Power INC., en la ciudad de Miami, USA, como parte del programa de vigilancia de las operaciones aéreas internacionales, del 19 al 22 de junio de 2007;Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 901-2007-MTC/12.04-SDA, sustentado en el Informe Nº 166-2007-MTC/12.04, de la Dirección de Seguridad Aérea; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Miguel Encarnación Gonzáles Saldarriaga, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, USA, del 19 al 22 de junio de 2007, para los fi nes a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30.25 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 66103-12 Reducen área de concesión otorgada mediante R.M. N° 196-99-MTC/15.03 a AMERICATEL PERÚ S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 246-2007-MTC/03 Lima, 28 de mayo de 2007 VISTA, la solicitud presentada mediante escrito con registro P/D Nº 016060 por AMERICATEL PERÚ S.A., sobre modi fi cación del contrato de concesión para la prestación del servicio portador local, por reducción del área de concesión; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial N° 196-99- MTC/15.03 de fecha 13 de mayo de 1999, se otorgó a TELLINK S.A. concesión para la prestación del servicio portador local en las provincias de Arequipa, Chiclayo, Cusco, Huancayo, Ica, Lima, Maynas, Piura, Santa, Tacna, Trujillo y en la Provincia Constitucional del Callao, habiéndose suscrito el respectivo Contrato de Concesión el 12 de julio de 1999. Las características técnicas de operación y la asignación de espectro radioeléctrico para la prestación del servicio se aprobaron mediante Resolución