Norma Legal Oficial del día 29 de mayo del año 2007 (29/05/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 29 de MORDAZA de 2007

Que, mediante comunicacion C. 142-2007-GAR, la empresa Americatel Peru S.A. solicita la ampliacion del plazo de migracion otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 506-2004-MTC/03 y sus modificatorias, senalando que su incumplimiento obedecio a causas no atribuibles a la empresa, dado que con fecha 27 de MORDAZA de 2007, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en TelecomunicacionesOSIPTEL le comunica el efectivo cumplimiento del Plan Minimo de Expansion, plan de cobertura y demas obligaciones y considerando que la adecuacion de Plan Minimo de Expansion a Plan de Cobertura se aprobo por Resolucion Directoral Nº 011-2007-MTC/17, del 9 de enero de 2007, siendo el nivel de cumplimiento del plan minimo de expansion uno de los factores a considerar en la evaluacion para la migracion a la banda 2200 - 2400 MHz, por lo que solicita una ampliacion del plazo de doce meses contados desde la referida notificacion de OSIPTEL; Que, de otro lado, mediante Resolucion Viceministerial Nº 160-2005-MTC/03 y Resolucion Directoral Nº 1011-2005MTC/17, se dispuso la migracion de la empresa Telefonica Moviles S.A. de la banda B de 800 MHz, que comprende el rango de frecuencias de 835 - 845 MHz / 880 - 890 MHz y 846,5-849 MHz/ 891,5 - 894 MHz, a la banda B de 1900 MHz, en un plazo de veinticuatro (24) meses contados desde la fecha de suscripcion de la adenda a sus contratos; Que, la citada empresa concesionaria mediante Carta Nº TM-925-A-223-07, solicita una ampliacion del plazo de migracion hasta el 31 de diciembre de 2007 y senala que es indispensable efectuar el cambio de los equipos terminales de tecnologia TDMA a GSM para la migracion, habiendo acreditado la imposibilidad de su proveedor de equipos terminales de suministrarle los equipos necesarios para seguir prestando el servicio de telefonia fija inalambrica en la banda a migrar, MORDAZA del vencimiento del plazo previsto en la citada Resolucion Viceministerial Nº 160-2005MTC/03 y Resolucion Directoral Nº 1011-2005-MTC/17; lo que afectaria aproximadamente a 70,000 usuarios de dicho servicio que tiene la empresa, por lo que se debe salvaguardar los derechos de los usuarios; Que, segun se desprende del Memorando Nº 874-2007MTC/18 de la Direccion General de Control y Supervision de Telecomunicaciones, la empresa Telefonica Moviles S.A. a la fecha ha devuelto un total acumulado de 84.17% del total del espectro radioelectrico de las bandas B´ y B, conforme a lo establecido en el cronograma de devolucion y migracion aprobado por la Resolucion Directoral Nº 1011-2005-MTC/17; Que, el articulo 1315º del Codigo Civil, de aplicacion supletoria a estos procedimientos, establece que caso fortuito o fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecucion de la obligacion o determina su cumplimiento parcial, MORDAZA o defectuoso; Que, atendiendo a las consideraciones expuestas y siendo que la empresa Americatel Peru S.A. se vio imposibilitada de cumplir con el plazo de migracion previsto en la Resolucion Ministerial Nº 506-2004-MTC modificada por Resoluciones Ministeriales Nº 927-2004-MTC/03 y 5852005-MTC-03 por causa no atribuible a la empresa, se ha configurado un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor en los terminos definidos por el Codigo Civil, por lo que resultaria procedente acceder a la ampliacion del plazo previsto en las citadas Resoluciones; Que, en la misma linea, considerando que la empresa Telefonica Moviles S.A. se ve imposibilitada de seguir prestando el servicio de telefonia fija inalambrica en la banda a migrar por causa no atribuible a la empresa y dado que a la fecha ha devuelto un total acumulado de 84.17% del total de espectro radioelectrico asignado, se ha configurado un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor en los terminos definidos por el Codigo Civil; por lo que resultaria procedente acceder a la ampliacion del plazo previsto en la Resolucion Viceministerial Nº 160-2005-MTC/03 y Resolucion Directoral Nº 1011-2005-MTC/17 para su migracion; Que, en tal sentido, al haber acreditado el caso fortuito o fuerza mayor y en virtud del MORDAZA precautorio corresponde otorgar la prorroga solicitada; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos N° 013-93-TCC y Nº 027-2004-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Ampliar hasta el 31 de MORDAZA de 2007, el plazo para la culminacion de los procesos de migracion de frecuencias a que se refiere la Resolucion Ministerial Nº 506-2004-MTC, modificada por Resoluciones Ministeriales Nºs. 927-2004-MTC/03 y 585-2005-MTC/03 y el plazo para la culminacion de los procesos de

migracion y devolucion de frecuencias a que se refiere la Resolucion Viceministerial Nº 160-2005-MTC/03, en atencion a las solicitudes a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolucion. Quedan subsistentes en lo demas que contiene, lo dispuesto en las citadas Resoluciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones

65991-1

VIVIENDA
Designan Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 146-2007-VIVIENDA
MORDAZA, 28 de MORDAZA de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial N° 111-2007VIVIENDA, de fecha 25 de MORDAZA de 2007, se le encargo a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, el cargo de Directora General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, en tanto se designe a su titular; Que, resulta necesario designar al titular que desempenara el mencionado cargo, dictandose al efecto el correspondiente acto administrativo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27594, 27779, 27792 y el Decreto Legislativo N° 560; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida, la encargatura efectuada a la senora abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, en el cargo de Directora General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al senor economista MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Director General de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, cargo considerado de confianza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GARRIDO-LECCA MONTANEZ Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

66102-1

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL N° 451-2007-JEF/RENIEC MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2007.

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