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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2007 (29/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de mayo de 2007 346094 Que, mediante comunicación C. 142-2007-GAR, la empresa Americatel Perú S.A. solicita la ampliación del plazo de migración otorgado mediante Resolución Ministerial Nº 506-2004-MTC/03 y sus modi fi catorias, señalando que su incumplimiento obedeció a causas no atribuibles a la empresa, dado que con fecha 27 de abril de 2007, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones-OSIPTEL le comunica el efectivo cumplimiento del Plan Mínimo de Expansión, plan de cobertura y demás obligaciones y considerando que la adecuación de Plan Mínimo de Expansión a P lan de Cobertura se aprobó por Resolución Directoral Nº 011-2007-MTC/17, del 9 de enero de 2007, siendo el nivel de cumplimiento del plan mínimo de expansión uno de los factores a considerar en la evaluación para la migración a la banda 2200 - 2400 MHz, por lo que solicita una ampliación del plazo de doce meses contados desde la referida noti fi cación de OSIPTEL; Que, de otro lado, mediante Resolución Viceministerial Nº 160-2005-MTC/03 y Resolución Directoral Nº 1011-2005-MTC/17, se dispuso la migración de la empresa Telefónica Móviles S.A. de la banda B de 800 MHz, que comprende el rango de frecuencias de 835 - 845 MHz / 880 - 890 MHz y 846,5-849 MHz/ 891,5 - 894 MHz, a la banda B de 1900 MHz, en un plazo de veinticuatro (24) meses contados desde la fecha de suscripción de la adenda a sus contratos; Que, la citada empresa concesionaria mediante Carta Nº TM-925-A-223-07, solicita una ampliación del plazo de migración hasta el 31 de diciembre de 2007 y señala que es indispensable efectuar el cambio de los equipos terminales de tecnología TDMA a GSM para la migración, habiendo acreditado la imposibilidad de su proveedor de equipos terminales de suministrarle los equipos necesarios para seguir prestando el servicio de telefonía fi ja inalámbrica en la banda a migrar, antes del vencimiento del plazo previsto en la citada Resolución Viceministerial Nº 160-2005-MTC/03 y Resolución Directoral Nº 1011-2005-MTC/17; lo que afectaría aproximadamente a 70,000 usuarios de dicho servicio que tiene la empresa, por lo que se debe salvaguardar los derechos de los usuarios; Que, según se desprende del Memorando Nº 874-2007- MTC/18 de la Dirección General de Control y Supervisión de Telecomunicaciones, la empresa Telefónica Móviles S.A. a la fecha ha devuelto un total acumulado de 84.17% del total del espectro radioeléctrico de las bandas B´ y B, conforme a lo establecido en el cronograma de devolución y migración aprobado por la Resolución Directoral Nº 1011-2005-MTC/17; Que, el artículo 1315º del Código Civil, de aplicación supletoria a estos procedimientos, establece que caso fortuito o fuerza mayor es la causa no imputable, consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso; Que, atendiendo a las consideraciones expuestas y siendo que la empresa Americatel Perú S.A. se vio imposibilitada de cumplir con el plazo de migración previsto en la Resolución Ministerial Nº 506-2004-MTC modi fi cada por Resoluciones Ministeriales Nº 927-2004-MTC/03 y 585-2005-MTC-03 por causa no atribuible a la empresa, se ha confi gurado un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor en los términos de fi nidos por el Código Civil, por lo que resultaría procedente acceder a la ampliación del plazo previsto en las citadas Resoluciones; Que, en la misma línea, considerando que la empresa Telefónica Móviles S.A. se ve imposibilitada de seguir prestando el servicio de telefonía fi ja inalámbrica en la banda a migrar por causa no atribuible a la empresa y dado que a la fecha ha devuelto un total acumulado de 84.17% del total de espectro radioeléctrico asignado, se ha con fi gurado un supuesto de caso fortuito o fuerza mayor en los términos defi nidos por el Código Civil; por lo que resultaría procedente acceder a la ampliación del plazo previsto en la Resolución Viceministerial Nº 160-2005-MTC/03 y Resolución Directoral Nº 1011-2005-MTC/17 para su migración; Que, en tal sentido, al haber acreditado el caso fortuito o fuerza mayor y en virtud del principio precautorio corresponde otorgar la prórroga solicitada; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791, los Decretos Supremos N° 013-93-TCC y Nº 027-2004-MTC; SE RESUELVE:Artículo Único.- Ampliar hasta el 31 de julio de 2007, el plazo para la culminación de los procesos de migración de frecuencias a que se re fi ere la Resolución Ministerial Nº 506-2004-MTC, modi fi cada por Resoluciones Ministeriales Nºs. 927-2004-MTC/03 y 585-2005-MTC/03 y el plazo para la culminación de los procesos de migración y devolución de frecuencias a que se re fi ere la Resolución Viceministerial Nº 160-2005-MTC/03, en atención a las solicitudes a que se hace referencia en la parte considerativa de la presente Resolución. Quedan subsistentes en lo demás que contiene, lo dispuesto en las citadas Resoluciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 65991-1 VIVIENDA Designan Director General de la Oficina General de Administración del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 146-2007-VIVIENDA Lima, 28 de mayo de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 111-2007- VIVIENDA, de fecha 25 de abril de 2007, se le encargó a la señora abogada Claudia Cristina Reyes Juscamaita, Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el cargo de Directora General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en tanto se designe a su titular; Que, resulta necesario designar al titular que desempeñará el mencionado cargo, dictándose al efecto el correspondiente acto administrativo; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N°s. 27594, 27779, 27792 y el Decreto Legislativo N° 560; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dar por concluida, la encargatura efectuada a la señora abogada CLAUDIA CRISTINA REYES JUSCAMAITA, Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el cargo de Directora General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al señor economista EDMUNDO ESQUIVEL VILA, en el cargo de Director General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de con fi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 66102-1 ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 451-2007-JEF/RENIEC Lima, 16 de mayo de 2007.