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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MAYO DEL AÑO 2007 (29/05/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 18

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 29 de mayo de 2007 346084 Supremo Nº 017-93-JUS, establece que toda persona y autoridad está obligada acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de índole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios términos, sin poder cali fi car su contenido o sus fundamentos, restringir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal administrativa que la Ley señala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominación, fuera de la organización jerárquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el órgano jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modi fi car su contenido, ni retar su ejecución, ni cortar procedimientos en trámite, bajo la responsabilidad política, administrativa, civil y penal que la Ley determine en cada caso; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, mediante informe Nº 287-2007-PRODUCE/DGEPP-Dchi de fecha 11 de mayo del 2007, y con la opinión favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º del Texto Único ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y en cumplimiento de la Resolución número DIEZ del 18 de abril del 2007, expedida por el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Rímac de la Corte Superior de Justicia de Lima; En uso de las facultades conferidas en el Artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Dejar sin efecto en todos sus extremos la Resolución Directoral Nº 193-2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 10 de abril del 2007, en estricto cumplimiento del mandato judicial contendido en la Resolución Nº DIEZ de fecha 18 de abril del 2007, considerando que el permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “HERNANCITO I” de matrícula Nº PL-12251-CM, en cumplimiento del mandato judicial y bajo responsabilidad del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Rímac de la Corte Superior de Justicia de Lima, contraviene de manera fl agrante lo dispuesto en el Artículo 24º del Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca y Artículo 12º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Artículo 2º.- Excluir a la embarcación pesquera “HERNANCITO I” de matrícula PL-12251-CM del Anexo I literal B), de la Resolución Ministerial Nº 085-2007-PRODUCE. Artículo 3°.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Procuraduría Pública a cargo de Asuntos Judiciales del Ministerio de la Producción, a la Dirección General de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Producción del Litoral y a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, y al Segundo Juzgado de Paz Letrado del Rímac de la Corte Superior de Justicia de Lima, y consígnese en el Portal de la Página Web del Ministerio de la Producción: w.w.w.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE VERTIZ CALDERON Director General de Extracción yProcesamiento Pesquero 65882-1 RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades para suscribir el “Programa Ejecutivo para el Período 2007 - 2009 del Acuerdo Cultural entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Árabe de Egipto” RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2007-RE Lima, 28 de mayo de 2007Visto el Memorándum (SPC) Nº SPC0473/2007 de 17 de mayo de 2007, de la Subsecretaría de Política Cultural Exterior; Debiéndose suscribir el “Programa Ejecutivo para el Período 2007 - 2009 del Acuerdo Cultural entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Árabe de Egipto” ; De conformidad con lo establecido en el inciso g) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:1.- Delegar en la persona del Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, las facultades su fi cientes para que suscriba el “Programa Ejecutivo para el Período 2007 - 2009 del Acuerdo Cultural entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Árabe de Egipto” . 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al Embajador Gonzalo Gutiérrez Reinel, Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 66103-13 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO FE ERRATAS DECRETO SUPREMO N° 011-2007-TR Mediante O fi cio N° 298-2007-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 011-2007-TR, publicado en nuestra edición del día 20 de mayo de 2007. Página 345707Última Línea de la parte considerativa DICE:Con el voto aprobatorio de la Presidencia del Consejo de Ministros; DEBE DECIR:Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros 66104-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el Sistema Simplificado para la Obtención de la Licencia de Conducir “BREVE-T” DECRETO SUPREMO N° 018-2007-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA