Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2007 (16/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2007

manifestando que el area acumulada de los Lotes 69 y 70 de la Mz. D, de la Urb. Los MORDAZA es de 5,602.28 m2, el area afectada a vias es de 611.17 m2 y, el area cedida a fin de definir el encuentro de las areas afectadas a vias es de 54.62 m2 resultando un area util del Lote acumulado en el proyecto de Habilitacion MORDAZA de 4,936.49 m2, agregando ademas que la comunicacion que la Universidad de MORDAZA entrego despues de la encuesta realizada por esta Comuna a los vecinos de los Lotes 69 y 70 de la Mz. D, de la Urb. Los MORDAZA, fue efectuada a titulo propio, no habiendose recibido solicitud de la misma para que se efectue nueva consulta vecinal, siendo que dicha Sub Gerencia ya se pronuncio al respecto; Que, mediante el Informe Nº 859-2007-OAJ-MSS de fecha 15.10.2007 la Oficina de Asesoria Juridica, teniendo en cuenta lo establecido en la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 912-MML, senala que la propuesta presentada por la Universidad de MORDAZA se encuentra dentro del supuesto de cambio de zonificacion y en consecuencia le resulta aplicable la normativa aprobada mediante la Ordenanza Nº 912-MML, teniendo ademas que se cuenta con el Informe Tecnico de la Sub Gerencia de Planeamiento MORDAZA y con el respaldo de la Gerencia de Desarrollo Urbano; Que, el Informe acotado, concluye opinando por la factibilidad de la declaracion de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA a solicitud de la Universidad de MORDAZA, la misma que debera de ser declarada via Acuerdo de Concejo conforme al procedimiento aprobado en la Ordenanza Nº 912-MML, que aprueba el Reajuste Integral de la Zonificacion de los Usos del Suelo de un sector del distrito de MORDAZA de MORDAZA conformante del Area de Tratamiento Normativo III de MORDAZA Metropolitana, recomendando elevar la propuesta presentada ante el Concejo Municipal, para que conforme a sus facultades emita el Acuerdo de Concejo correspondiente, a fin de elevarse a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA de ser el caso; Estando al Dictamen Conjunto Nº 007-2007-CDLCAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Juridicos, al Informe Nº 859-2007-OAJ-MSS de la Oficina de Asesoria Juridica y, de conformidad con la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 912-MML, en uso de las facultades conferidas por los Articulos 9º y 41º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal adopto por UNANIMIDAD de los senores Regidores y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, el siguiente: ACUERDO: Articulo Primero.- Declarar de Interes Local la propuesta de Cambio Especifico de Zonificacion presentada por la Universidad de MORDAZA de los Lotes 69 y 70 de la Mz. D, de la interseccion de los Jirones MORDAZA del Sur y Via Lactea, Urb. Los MORDAZA distrito de MORDAZA de MORDAZA, de zonificacion RDB y Zonificacion E1 a Otros Usos OU, de conformidad con el procedimiento aprobado por la MORDAZA Disposicion Final de la Ordenanza Nº 912-MML, para la construccion de un edificio de estacionamiento, que solucionaria el problema de estacionamiento existente en la MORDAZA, por la presencia de la Universidad de Lima. Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria General, la publicacion del presente Acuerdo, en el Diario Oficial El Peruano; asi como la elevacion de los presentes actuados administrativos a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para la prosecucion del tramite correspondiente. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA y a la Secretaria General. POR TANTO: Registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ESTREMADOYRO MORDAZA 132658-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA
Establecen beneficio de amnistia de deudas tributarias y deudas no tributarias en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL N° 030 -2007-MDV Ventanilla, 9 de noviembre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA: VISTO: En la Sesion Ordinaria de Concejo, de fecha 9 de noviembre del 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 55º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 981, establece que "Es funcion de la administracion tributaria recaudar los tributos" y el articulo 69º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades senala "Son rentas municipales, los tributos creados por ley a su favor y las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por su Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos propios". Que, el articulo 41º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario MORDAZA citado, establece que "Excepcionalmente, los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion podra alcanzar al tributo". Que, esta Entidad MORDAZA, es la encargada de recaudar y administrar los ingresos tributarios por concepto de Impuesto Predial y por Arbitrios Municipales, conforme se encuentra establecido en los articulos 6º y 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, Decreto Supremo Nº 156-2004-EF; y en las Ordenanzas Municipales en materia de regulacion de Arbitrios Municipales emitidas por esta Entidad Edil; asimismo, recauda los ingresos no tributarios provenientes de la emision e imposicion de Multas Administrativas emitidas al MORDAZA de lo establecido en la Ordenanza Nº 0152006/MDV-CDV, por la cual se aprueba el Reglamento de Aplicacion de Multas y Sanciones de esta entidad edil. Que, mediante Memorando Nº 542 -2007/MDV-GR del 6 de noviembre del 2007 la Gerencia de Rentas informa que mediante Ordenanza Municipal Nº 018-2007-MDV del 18 de MORDAZA del 2007, por la cual, se aprobo la Amnistia de Deudas Tributarias y No Tributarias desde el 23 de MORDAZA hasta el 12 de septiembre del 2007, respecto a las deudas tributarias pendientes de pago correspondientes al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, asi como deudas no tributarias provenientes de la imposicion de Multas Administrativas y de Sancion; genero un incremento significativo en la recaudacion por estos conceptos, asi como permitio la reduccion del indice de morosidad de los contribuyentes de este distrito; por lo cual, sugiere que a fin de seguir brindando facilidades a los contribuyentes para que se pongan al dia en sus obligaciones, se emita la MORDAZA municipal respectiva que Apruebe el Beneficio de Amnistia de Deudas Tributarias y Deudas No Tributarias. Que, el articulo 194° de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley N° 26680, Ley de Reforma Constitucional del 7 de marzo del 2002, establece que las Municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante, con lo establecido en el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades. Que, el primer parrafo del articulo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece

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