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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 106

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2007 357732 Ordenanza se regirán por la normativa anterior hasta su culminación. Segunda.- DISPOSICIONES REGLAMENTARIAS COMPLEMENTARIAS Las disposiciones reglamentarias y complementarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía, el mismo que será publicado en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles de publicada la presente ordenanza. Tercera.- APLICACIÓN DEL RASA EN EL CASO DE DELEGACIÓN El presente Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) será aplicable también cuando la función fi scalizadora de la Municipalidad de San Isidro sea ejercida por delegación de la Municipalidad Metropolitana de Lima u otras entidades públicas, a mérito de los convenios de colaboración que se suscriban. Cuarta.- DELEGACIÓN Mediante Decreto de Alcaldía se aprobará el Tarifario de Costos y Gastos para el retiro, retención de bienes, internamiento de vehículos, de animales y para la ejecución de las demás medidas y/o sanciones no pecuniarias. Quinta.-DEROGACIONESDerogar la Ordenanza Nº 167-MSI y todas las normas que se opongan a la presente. Sexta.-VIGENCIALa presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del Decreto de Alcaldía que aprueba las disposiciones reglamentarias y complementarias a que se refi ere la Segunda Disposición Transitoria y Final de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla.Dado en San Isidro a los siete días del mes de Noviembre de 2007. E. ANTONIO MEIER CRESCI Alcalde 131881-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Instauran proceso administrativo disciplinario a ex Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 586-2007/MDSMP San Martín de Porres, 6 de Noviembre del 2007EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: el Acta Nº 057-2007 de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 585-2006- AL/MDSMP de fecha 06.11.06 se dispuso la reconstrucción de los Expedientes Nºs. 44317-04 y acumulados, organizados por doña María Soledad Bravo Pando, al haberse determinado su pérdida o extravío, disponiéndose al mismo tiempo se remitan los actuados a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a efectos de que proceda a califi car la gravedad de la falta en que habrían incurrido los funcionarios encargados del trámite del referido expediente; Que, de los actuados se aprecia que mediante Memorándum Nº 2096-2005-GRRHH/MDSMP de fecha 28.10.05, la Gerencia de Recursos Humanos remitió a la Unidad de Contabilidad 25 Expedientes administrativos de trabajadores y/o cesantes que solicitaban el pago de sus adeudos de años anteriores, fi gurando en los ítems 1, 2 y 3 del Anexo de dicho Memorándum los Expedientes Nº 44317-04, 54573-04 y 44317-05 correspondientes a los trámites realizados por doña María Soledad Bravo Pando sobre pago de remuneraciones y otros de 1992 a 2003, apelación de resolución administrativa fi cta de pago de remuneraciones 92 - 03 y solicitud de agotamiento de la vía administrativa, respectivamente, no habiéndose detectado ningún paso posterior de dichos expedientes, por lo que se presume que su extravío se produjo en esta última unidad orgánica; Que, la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece en su artículo 153.1º que el contenido del expediente es intangible, no pudiendo introducirse enmendaduras, alteraciones, entrelineados ni agregados en los documentos, una vez que hayan sido fi rmados por la autoridad competente, siendo que de ser necesario deberá dejarse constancia expresa y detallada de las modifi caciones introducidas en ellos; Que, asimismo en su Artículo 153.2º señala que los desgloses pueden solicitarse verbalmente y son otorgados bajo constancia del instructor y del solicitante, indicando fecha y folios, dejando una copia autenticada en el lugar correspondiente, con la foliatura respectiva; Que, en el presente caso de la revisión de lo actuado se advierte que los Expedientes Administrativos Nº 44317-04, 54573-04 y 44317-05 fueron remitidos a la Unidad de Contabilidad mediante Memorándum Nº 2096-2005-GRRHH/MDSMP recibidos el 28.10.05 según se aprecia del sello de recepción de la mencionada Unidad; Que, de igual manera se aprecia copia de la Resolución Nº 5 de fecha 01.08.06 emitida por el Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla derivado del Expediente Nº 889-2005 correspondiente a la demanda interpuesta por María Soledad Bravo Pando contra la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres sobre impugnación de acto administrativo, que resuelve imponer a la Corporación Municipal una multa ascendente a una Unidad de Referencia Procesal por no haber cumplido con remitir a dicha instancia los expedientes referidos en el considerando precedente, así como poner en conocimiento del Ministerio Público para que proceda conforme a sus atribuciones, incurriéndose en incumplimiento de las funciones y deberes que impone el servicio público, obligación de todo servidor público prevista en el Artículo 21º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por el Dec. Legislativo 276; Que, en tal sentido conforme a lo dispuesto en el Artículo 150º de Reglamento de la norma citada precedentemente, los hechos antes expuestos confi guran la comisión de la falta administrativa tipifi cada en el Art. 28º de la Ley, recayendo la responsabilidad en el CPC Francisco Javier Huamán Fernandez ex Jefe de la Unidad de Contabilidad, la misma que a criterio de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios resulta agravada por el perjuicio económico sufrido por la Municipalidad, por lo que reviste de tal gravedad que podría ameritar una sanción de cese temporal o destitución, por lo cual el órgano competente de conformidad a las atribuciones conferidas en el artículo 166º del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM, recomienda se instaure Proceso Administrativo Disciplinario a dicho ex funcionario, sin perjuicio de que se efectúen las acciones correspondientes para determinar si se hizo efectivo o no el pago de la multa antes mencionada y de ser el caso disponer su recupero respectivo por medio de las acciones administrativas y legales que correspondan, encontrando conforme lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; Estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y en uso de las facultades que confi ere el Artículo 20º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario al CPC Francisco Javier Huamán Fernández, ex Jefe de la Unidad de Contabilidad de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, por la presunta comisión de la falta administrativa establecida en el inciso d) del artículo 28º del Decreto Legislativo