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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/11/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 92

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2007 357718 Kaway Komori, Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para que pueda viajar y asistir a los eventos de fortalecimiento, intercambio e integración fronteriza, a desarrollarse dentro de la jurisdicción y ámbito del MAP; especialmente en el Estado de Acre (Brasil) y departamento de Pando (Bolivia), con cargo a dar cuenta al Consejo Regional, respecto de su participación Artículo Segundo: ENCARGAR la Presidencia del Gobierno Regional al Ing. Ángel Víctor Trigoso Vásquez, Vicepresidente Regional, durante los días de ausencia del titular, según el presente acuerdo. Artículo Tercero: AUTORIZAR el viaje de los Consejeros Regionales Ing. Emerson Bocanegra Pérez; Manuel Jesús Herrera Mendoza; Germán Alonso Ramírez Martínez; Josimar Alfredo Anco Gonzáles; Obs. Silvia Betty Huaranga Olórtegui; Jorge Medina Salazar; e, Ing. Luis Arístides Bocanegra Dávila, a fi n de que participen en la inauguración y desarrollo del FORUM MAP VII, a desarrollarse en la ciudad de Epitaciolandia – Estado de Acre – República del Brasil, a partir del 14 al 18 de noviembre del 2007. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional para su promulgación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional de Madre de Dios, a los catorce días del mes de noviembre del año dos mil siete. SANTOS KAWAY KOMORI Presidente Regional 132513-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Aprueban desafectación y asignación de zonificación de terreno ubicado en el distrito de Lurigancho - Chosica ORDENANZA Nº 1090 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de noviembre de 2007, el Expediente Nº 23878-2002, seguido por el Asentamiento Humano California Programa Municipal de Vivienda Nº 01, mediante el cual solicitan la Desafectación de Uso de Suelo del predio califi cado como Bosque – Parque y Asignar la Zonifi cación de Zona Residencial de Densidad Media (R4) del terreno de 8,767.70 m 2, ubicado en el Km. 27 de la Carretera Central, margen izquierda del Río Rímac, Urb. California, Distrito de Lurigancho – Chosica, Provincia y Departamento de Lima, para la construcción de una Biblioteca Comunal; De conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen Nº 075-2007-MML-CMDUVN y la Comisión Metropolitana de Asuntos Legales, en su Dictamen Nº 109-2007-MML-CMAL; Aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN DE UN TERRENO UBICADO EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO – CHOSICA Artículo Único.- Desafectar el terreno cuya área es de 8,767.70 m2 predio califi cado como Bosque – Parque, que forma parte de un área mayor de 29,050.00 m2, ubicado en el Km. 27 de la Carretera Central, margen izquierda del Río Rímac, Urb. California, Distrito de Lurigancho – Chosica, y asignarle la Zonifi cación de Zona Residencial de Densidad Media (R4). POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.En Lima, 12 NOV. 2007.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 132235-1 Modifican y amplían la Ordenanza Nº 997, que aprueba los parámetros mínimos para los establecimientos de venta al público de gas natural vehicular, gas licuado de petróleo para uso automotor - gasocentro, combustibles líquidos derivados de los hidrocarburos ORDENANZA N° 1091 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMAVisto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 8 de noviembre de 2007, el Dictamen N° 226-2007-MML-CMDUVN de la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura; Aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA Y AMPLIA LA ORDENANZA N° 997, QUE APRUEBA LOS PARAMETROS MINIMOS PARA LOS ESTABLECIMIENTOS DE VENTA AL PUBLICO DE GAS NATURAL VEHICULAR, GAS LICUADO DE PETROLEO PARA USO AUTOMOTOR – GASOCENTRO, COMBUSTIBLES LIQUIDOS DERIVADOS DE LOS HIDROCARBUROS Artículo 1°.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto modifi car y ampliar la Ordenanza N° 997, que aprueba los parámetros mínimos aplicables a los Establecimientos de Venta al Público de Gas Natural Vehicular, Gas Licuado de Petróleo para uso Automotor – Gasocentro y Combustibles Líquidos Derivados de los Hidrocarburos, en la provincia de Lima. Artículo 3°.- Area Mínima Incorporar en el Artículo 4° de la Ordenanza N° 997, el siguiente texto: El Taller de Conversión tendrá como área mínima 300 m2 y deberá cumplir con lo establecido en la NTP 111.019 numeral 6.6.2, referido a accesos directos desde la vía pública para las actividades anexas. Artículo 4°.- Ubicación Incorporar al Artículo 5°, de la Ordenanza N° 997, el siguiente texto: Cuando el establecimiento se ubique en esquina de zona comercial o industrial, deberá contar con 20 metros