Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2007 (16/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2007

a que diera lugar de conformidad con el Art. 46° de la MORDAZA acotada. Que, el Art. 49º de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades prescribe que "La autoridad municipal puede ordenar la clausura transitoria o definitiva de servicios cuando su funcionamiento esta prohibido legalmente o constituye peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de defensa civil, o produzcan olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario". Que, las obras de alcantarillado promovidas por la Municipalidad contribuye de manera directa a la descontaminacion, por lo que se hace necesario dictar medidas que conduzcan a la prohibicion de vertimientos de aguas residuales de cualquier indole a los MORDAZA de regadio existentes a los predios adyacentes a las redes de alcantarillado, medida que se ejecutara de manera progresiva y paulatina en el mas breve plazo, debiendo para dichos efectos proceder a clausurar los MORDAZA que sirvan de desagues. Estando a lo acordado y en aplicacion de las atribuciones previstas en los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el art. 40º de la Ley N° 27972 Ley Organica de Municipalidades, por unanimidad y con dispensa del tramite de aprobacion y lectura del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA DISPONE LA PROHIBICION DE VERTIMIENTOS DE RESIDUOS LIQUIDOS CONTAMINANTES A MORDAZA DE REGADIO Y QUEBRADA HUAYCOLORO Articulo Primero.- Dispongase la prohibicion de vertimientos de residuos liquidos contaminantes a MORDAZA de regadio y quebrada Huaycoloro en la jurisdiccion del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA de Huachipa. Articulo Segundo.- Otorguese de manera excepcional el plazo de 30 dias a partir del siguiente dia de la publicacion de la presente ordenanza para que los predios adyacentes a las obras de alcantarillado ejecutadas en la jurisdiccion del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA de Huachipa, cumplan con las conexiones domiciliarias correspondientes, consecuentemente procedase a la eliminacion de pozos septicos (silos). Articulo Tercero.-. Dispongase el cierre y clausura definitiva de los MORDAZA de regadio que no cumplan funciones de riego MORDAZA con arreglo a Ley. Articulo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Unidad de Servicios Sociales y demas unidades el estricto y fiel cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 131961-1

VISTOS: El Informe Nº 065-2007-GAT-MDB, emitido por la Gerencia de Administracion Tributaria, el Informe Nº 326-07-OAJ-MDB, emitido por la Oficina de Asesoria Juridica, y los Dictamenes Nº 004 y Nº 006-2007CRAF-CDB/MDB, emitidos por la Comision de Rentas, Administracion y Finanzas, respecto al proyecto de Ordenanza ­ Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia y les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir sus contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, precisa que conforme a lo establecido en el numeral 4) del articulo 195º y por el articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades crean, modifican y suprimen contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones, dentro de los limites que fija la Ley; Que, el articulo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades, establece como atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos; De conformidad con los articulos 9º numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; articulo 60º del TUO de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF; con el MORDAZA UNANIME de sus miembros; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del Acta se ha emitido la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DE FRACCIONAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- El presente Reglamento tiene por finalidad establecer los procedimientos, requisitos y condiciones para acogerse al fraccionamiento de la deuda tributaria y no tributaria devengadas, que registre el Sistema Integral de Gestion Municipal Articulo 2º.- Para efectos de la aplicacion del presente Reglamento se entendera por: 1. Deudor.- Persona natural o juridica, su representante legal o un tercero debidamente autorizado a traves de un documento publico o privado, en el que se le autoriza expresamente, que solicita el otorgamiento de fraccionamiento de su deuda. 2. Deudas Tributarias.- Constituidas por el tributo insoluto (Impuesto Predial, Impuesto a los Espectaculos Publicos no Deportivos y Arbitrios Municipales) multas tributarias, los reajustes e intereses moratorios a que se refiere al articulo 33º del Texto Unico del Codigo Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99-EF, generados hasta la fecha del fraccionamiento. 3. Deuda No Tributaria.- Constituida por las multas administrativas. 4. Solicitud de Fraccionamiento.- Documento que emite la Administracion, utilizando un registro automatizado, a peticion del solicitante, para acceder a un fraccionamiento de caracter particular, el cual debera estar firmado por este ultimo. 5. Cuota Inicial.- Importe que debe pagarse como condicion para otorgar y aprobar el fraccionamiento y forma parte del total de cuotas concedidas. 6. Cuota Mensual.- Cuotas mensuales o iguales durante el plazo por el que se otorga el fraccionamiento, y vence cada treinta dias calendarios. 7. UIT.- Unidad Impositiva Tributaria. 8. TIM.- Tasa de Interes Moratorio segun lo establece el articulo 33º del T.U.O del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias. 9. Codigo Tributario.- Aprobado por Decreto Legislativo Nº 816 y sus modificatorias de acuerdo al T.U.O del Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modificatorias.

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias
ORDENANZA Nº 284-MDB Barranco, 25 de octubre del 2007 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Municipal en Sesion Ordinaria de la fecha;

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