Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2007 (16/11/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 104

357730

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 16 de noviembre de 2007

sin autorizacion municipal o que esten colocados sin respetar las condiciones establecidas en la autorizacion municipal; asi como cualquier otro bien instalado de manera antirreglamentaria o sin autorizacion, en areas de uso publico o privado. Los bienes retirados seran trasladados al deposito municipal, previo levantamiento del Acta correspondiente, en la que se dejara MORDAZA detallada de los bienes retirados, su cantidad y peso, consignando el nombre y firma del presunto propietario de los mismos. En caso de negarse a firmar se dejara MORDAZA de tal hecho en el acta con la firma de un efectivo policial o de dos Policias Municipales. Transcurridos treinta (30) dias habiles, contados a partir de que quede firme la resolucion que pone fin a la instancia sin que el infractor MORDAZA cumplido con pagar la multa correspondiente, el Organo de Fiscalizacion, previo conocimiento de la Gerencia Municipal, declarara el abandono de los mismos y podra ordenar la disposicion final de los bienes, entregandolos a entidades religiosas o instituciones sin fines de lucro a propuesta de la Gerencia de Desarrollo Social. 2.4 Clausura: Es el acto de cerrar, edificios, establecimientos o servicios cuando su funcionamiento esta prohibido legalmente, por carecer de licencia de funcionamiento, o constituye peligro o riesgo para la seguridad de las personas y la propiedad privada o la seguridad publica, o infrinjan las normas reglamentarias o de seguridad del sistema de defensa civil, o produzcan olores, humos, ruidos u otros efectos perjudiciales para la salud o la tranquilidad del vecindario. La clausura comprende tambien la suspension de la realizacion de espectaculos no deportivos y/o eventos sociales. Esta puede ser temporal o definitiva: - Clausura Temporal: Es aquella clausura de plazo determinado, la cual podra tener una duracion minima de 7 y MORDAZA de 30 dias habiles. Asi mismo, constituye Clausura Temporal aquella de duracion indeterminada que se mantendra hasta que se subsane totalmente la conducta infractora. - Clausura Definitiva: Es aquella clausura irreversible impuesta en razon a que la actividad materia de infraccion no es regularizable y en aquellos casos expresamente establecidos. 2.5 Paralizacion de obra: Consiste en la suspension de las labores de una construccion por no contar con licencia de obra, por no ejecutarse conforme al proyecto aprobado, por incumplimiento de las observaciones de la supervision o cuando se pongan en peligro la salud, higiene o seguridad publica. Esta puede ser temporal o definitiva: - Paralizacion de obra Temporal: Es aquella paralizacion de obra de plazo determinado, la cual podra tener una duracion minima de 3 dias y MORDAZA de 30 dias habiles. En el caso de obras publicas el plazo minimo podra ser de 12 horas. Asi mismo, constituye Paralizacion Temporal aquella de duracion indeterminada que se mantendra hasta que se subsane totalmente la conducta infractora. - Paralizacion de obra Definitiva: Es aquella paralizacion de obra irreversible en razon a que la actividad materia de infraccion no es regularizable y en aquellos casos expresamente establecidos, pudiendo concurrir con la sancion de demolicion. 2.6 Demolicion: Es la destruccion parcial o total de una obra ejecutada en area privada en contravencion de las disposiciones legales, tecnicas, normativas o administrativas municipales y/o de aquellas que pongan en peligro la salud o la seguridad publica. 2.7 Reposicion: Consiste en la realizacion de acciones especificas a cargo del infractor destinadas a reponer las cosas al estado anterior a la comision de la conducta infractora. Ante la negativa del infractor a ejecutar las acciones especificas en el plazo otorgado para tal fin, la autoridad municipal podra ejecutarlas por si misma o por terceros, debiendo el infractor asumir el costo correspondiente. 2.8 Internamiento de vehiculo menor.- Consiste en el traslado e ingreso del vehiculo menor, motorizado o no motorizado (mototaxi, triciclos y otros similares) al

deposito municipal, por haber incurrido su propietario en infraccion a las normas municipales, debiendo elaborarse el Acta de Internamiento, con el numero de copias necesarias, consignando la Placa de Rodaje si la tuviera, y caracteristicas del vehiculo menor. Se podra retirar el vehiculo cuando: - Se reconoce la infraccion cometida, de acuerdo al procedimiento establecido en la Reglamentacion de la presente ordenanza; previo pago de la multa y de los gastos por la permanencia del vehiculo menor hasta su devolucion, de acuerdo al Tarifario. - Transcurrido el plazo de 10 dias habiles de internado el vehiculo menor, el Organo de Fiscalizacion no cumple con emitir la Resolucion de Multa correspondiente. Transcurridos treinta (30) dias habiles, contados a partir de que quede firme la resolucion que pone fin a la instancia sin que el infractor MORDAZA cumplido con pagar la multa correspondiente, el Organo de Fiscalizacion declarara el abandono de los mismos y podra ordenar la disposicion final de los bienes, entregandolos a entidades religiosas o instituciones sin fines de lucro a propuesta de la Gerencia de Desarrollo Social, previo conocimiento de la Gerencia Municipal. 2.9 Internamiento de Animales.- Consiste en la desposesion del tenedor y/o propietario del animal por haber incurrido su propietario en infraccion a las normas municipales sobre la materia, disponiendose su ingreso en los establecimientos que brinden el servicio de custodia de los mismos, ya MORDAZA publicos o privados, con quienes se MORDAZA suscrito convenio para dicho fin. Se debera elaborar un Acta de Internamiento, con el numero de copias necesarias, consignando las caracteristicas del animal. Cuando sea procedente la devolucion del animal, este podra ser retirado, previa suscripcion del acta correspondiente, cuando: - Se reconozca la infraccion cometida, de acuerdo al procedimiento establecido en la Reglamentacion de la presente Ordenanza; previo pago de la multa y de los gastos de internamiento del animal hasta su devolucion, - Transcurrido el plazo de 10 dias habiles de internado el animal, el Organo de Fiscalizacion no cumple con emitir la Resolucion de Multa correspondiente, En el caso de animales, cuya tenencia no se encuentre autorizada por INRENA se deberan poner los mismos a disposicion de las autoridades correspondientes, previa suscripcion del acta correspondiente. Articulo 11.REGIMEN ESPECIAL DE SUBSANACION Excepcionalmente, solo respecto a las infracciones que expresamente determine la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas (TISA), se establece un Regimen Especial mediante el cual el administrado podra subsanar o adecuar la conducta infractora detectada dentro del plazo de MORDAZA de descargo, circunstancia que le permitira liberarse de la aplicacion de las sanciones no pecuniarias y la reduccion del 50% de la sancion de multa. La subsanacion o adecuacion de la conducta infractora fuera del plazo citado no MORDAZA derecho a los beneficios senalados. La subsanacion o adecuacion de la conducta infractora debera acreditarse con la correspondiente MORDAZA de la licencia o autorizacion municipal otorgada o con la acreditacion fehaciente de haber realizado la enmienda total de las causales que generaron la infraccion. Articulo 12.- MEDIDAS CAUTELARES PREVIAS Adicionalmente a las medidas provisionales reguladas en la presente ordenanza y de las sanciones no pecuniarias que MORDAZA susceptibles de imposicion, el ejecutor coactivo podra, por disposicion de la Municipalidad, ejecutar las medidas y disposiciones necesarias para el caso de paralizaciones de obra, demolicion o reparaciones urgentes, suspension de actividades, clausura de locales publicos, u otros actos de coercion o ejecucion forzosa, vinculados al cumplimiento de obligaciones de hacer o de no hacer, y siempre que la fiscalizacion de tales actividades MORDAZA de competencia de la Municipalidad y se encuentre en peligro la salud, higiene o seguridad publica asi como en los casos en los que se vulnere las normas sobre urbanismo y zonificacion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.