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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 16 de noviembre de 2007 357733 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- NOTIFICAR al ex funcionario señalado en el artículo precedente, para que formule su descargo dentro del plazo de cinco (5) días de realizada la notifi cación de la presente Resolución, pudiendo asimismo mismo recabar la documentación que estimen pertinente a través del Secretario de la Comisión (Gerencia de Asesoría Jurídica). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios la prosecución del proceso instaurado al ex funcionario a que se refi ere el Artículo Primero de la presente Resolución, dentro del plazo establecido en el Artículo 163º Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponga las acciones que correspondan a efectos de verifi car el cumplimiento del mandato de pago de multa dispuesto mediante Resolución Nº 5 de fecha 01.08.06 emitida por el Segundo Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Condevilla, para, de ser el caso, proceder a su recuperación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General notifi car la presente Resolución en la forma y plazo prevista por Ley. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 132037-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Declaran de interés local la propuesta de Cambio Específico de Zonificación de lotes presentada por la Universidad de Lima, para la construcción de edificio de estacionamiento ACUERDO DE CONCEJO Nº 95-2007-ACSS Santiago de Surco, 7 de noviembre de 2007EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO POR CUANTO El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 007-2007-CDL- CAJ-MSS, de las Comisiones de Desarrollo Local y de Asuntos Jurídicos, la Carta Nº 1405-2007-SG-MSS, de la Ofi cina de Secretaría General, el Memorándum Nº 1783-2007-GM-MSS de la Gerencia Municipal, los Documentos Nºs. 004983200722 y 012796200722, los Informes Nºs. 271, 347, 439 y 526-2007-SGPU-GDU-MSS de la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, los Informes Nºs. 782 y 813-2007-GDU-MSS de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe Nº 859-2007-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, entre otros documentos, relacionados a la propuesta de cambio de Zonifi cación sustancial del inmueble acumulado, ubicado en la Mz. D, Lotes 69 y 70, entre las intersecciones de los Jirones Cruz del Sur y Vía Láctea de la Urb. Granados, para la construcción de un edifi cio de estacionamiento; y CONSIDERANDO: Que, mediante Documento Nº 004983200722 de fecha 06.03.2007 la Universidad de Lima, solicita el Cambio de Zonifi cación Sustancial del inmueble acumulado ubicado en la Mz. D, Lotes 69 y 70 de la intersección de los Jirones Cruz del Sur y Vía Láctea, Urb. Los Granados distrito de Santiago de Surco, contando el Lote 69 con zonifi cación RDB con 2,522 m2 y el Lote 70 con Zonifi cación E1 con 3,079 m2, adjuntando entre otros documentos, la Memoria Descriptiva, el Plano de Levantamiento de Usos del Suelo y alturas de Edifi cación, el Estudio de Accesibilidad e Impacto Vial y Anexo con fotografías, a efectos de que se efectúe su evaluación; Que, el Informe agrega, que teniéndose en cuenta además que los cambios de zonifi cación regulados por la Ordenanza Nº 620-MML, no son individuales sino por frentes de manzana, criterio aplicable a las zonifi caciones residenciales o comerciales, no siendo ajustable para Otros Usos, teniendo en cuenta que esta zonifi cación es para Usos Especiales, Embajadas, Instituciones consideradas en el acotado Decreto de Alcaldía, por lo que opina por la procedencia del cambio de zonifi cación solicitada de Zonifi cación Residencial de Densidad Baja (RDB) y Equipamiento Educativo (E1) a Otros Usos (OU) para la construcción de un edifi cio de estacionamiento, toda vez que solucionaría el problema de estacionamiento existente en la zona por la presencia de la Universidad de Lima; Que, mediante el Informe Nº 347-2007-SGPU- GDU-MSS de fecha 20.06.2007, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano informa en atención al Documento Nº 012796200722, de la empresa Inversiones Castelo Branco S.A., que la encuesta se realizó considerando los predios con onifi cación residencial ubicados frente al Jr. Cruz del Sur y Jr. Vía Láctea (tramo desde Jr. Cruz del Sur hasta Jr. Orión); siendo que Inversiones Castelo Branco S.A., se ubica frente a la calle Cruz del Sur, encontrándose dicho predio califi cado con zonifi cación comercial (CZ), por lo que no fue considerado en la zona encuestada; habiéndose sólo considerado la zona residencial para la consulta vecinal, por ser la zona más sensible a los efectos de los cambios de zonifi cación a Comercio u Otros Usos; Que, con Memorándum Nº 641-2007-GDU-MSS de fecha 27.06.2007, la Gerencia de Desarrollo Urbano indica a la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, efectúe la respectiva consulta vecinal conforme a los lineamientos señalados en la Ordenanza Nº 912-MML, así como lo regulado por el Decreto de Alcaldía Nº 07-2006-MSS, modifi cado por Decreto de Alcaldía Nº 012-2006-MSS, tomándose en consideración la opinión de los vecinos directamente afectados; Que, mediante Informe Nº 439-2007-SGPU-MSS de fecha 03.08.2007, la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano señala que, efectuada la consulta vecinal se ha determinado que 73.19% de vecinos no emitieron opinión alguna, 1.55% dieron opinión favorable, 24.23% expresaron opinión desfavorable y 1.03% se abstienen, agregando que los vecinos que opinan por la improcedencia del cambio de Zonifi cación solicitada, se sustentan en el ruido, las cantidades de monóxido de carbono, las calles estrechas, alta circulación de vehículos y la inseguridad peatonal; Que, asimismo indica que el resultado de la encuesta no ha cambiado su conclusión consignada mediante Informe Nº 271-2007-SGPU-GDU-MSS, opinando por la procedencia del cambio de Zonifi cación solicitado para la construcción de un edifi cio de estacionamiento, toda vez que es de interés local solucionar el problema de estacionamiento existente en la zona, por la presencia de la Universidad de Lima; Que, a través de los Informes Nº 782-2007-GDU-MSS de fecha 22.08.2007 y Nº 813-2007-GDU-MSS de fecha 11.09.2007, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que el Cambio Especifi co de Zonifi cación solicitado por la Universidad de Lima, resulta técnicamente procedente; el mismo que constituye de interés local por cuanto la construcción del edifi cio de estacionamiento vehicular, descongestionará la aglomeración de vehículos que se viene ocasionando al ingresar a la Universidad de Lima, así como generará fl uidez y ordenamiento del tráfi co vehicular en benefi cio de los vecinos y estudiantes de la universidad, contribuyendo dicho proyecto al entorno urbano, proporcionando mejores condiciones de infraestructura y seguridad a los estudiantes; Que, mediante Informe Nº 526-2007-SGPU- GDU-MSS de fecha 05.10.2007 la Sub Gerencia de Planeamiento Urbano, informa con respecto al Memorándum Nº 731-2007-OAJ-MSS de fecha 20.09.2007 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica,