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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 22 de noviembre de 2007 358118 Ratifi cación de las Resoluciones de Habilitaciones Urbanas emitidas por las Municipalidades Distritales a la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; Con el visto bueno de la División de Revisión de Diseño y de la Asesoría Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27444, Nº 27972, Nº 26878, Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ordenanzas Metropolitanas, Nº 341-MML, Nº 836-MML, Nº 812-MML, Nº 916-MML, Nº 1041-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079, Resolución Nº 056-92-MLM-AM-SMDU, Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE:Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Alcaldía Nº 00516-2007-ALC/MDSA, de fecha 3 de octubre del 2007, emitida por la Municipalidad Distrital de Santa Anita, que resuelve aprobar la Habilitación Urbana de Lote Único, para uso de Industria Liviana I-2, del terreno de 10,019.20 m² de área, constituido por el Lote 1, Sector A, Zona Alta, ubicado en la Av. Santa Rosa Nº 580-586, del distrito de Santa Anita, Provincia y Departamento de Lima, de conformidad con el Plano signado Nº 003-2007-MDSA-GODU-SGCHU. Artículo 2°.- NOTIFICAR con la presente Resolución a PRODUCTOS TISSUE DEL PERÚ S.A.; y a la Municipalidad Distrital de Santa Anita, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4°.- OFICIAR con la presente Resolución a la Gerencia de Propiedad Inmueble de la IX Zona Registral Sede-Lima, SERPAR-LIMA, Instituto Metropolitano de Planifi cación y División Técnica de la Subgerencia de Adjudicación y Saneamiento Legal de Tierras de la Gerencia de Desarrollo Urbano de esta Corporación, para su conocimiento y fi nes pertinentes, en uso de sus competencias. Artículo 5°.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de los administrados, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma Regístrese, comuníquese y cúmplase.SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE SubgerenteGerencia de Desarrollo UrbanoSubgerencia de Planeamiento yHabilitaciones Urbanas 134819-1 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Establecen incentivo de pago por la cancelación al contado de multas administrativas por colocación de afiches sin autorización ORDENANZA Nº 280-CDLO Los Olivos, 6 de noviembre de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 014-2007-CDLO/CEP de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local que emana de la voluntad popular que representan al vecindario fomentando el bienestar de los vecinos, el desarrollo integral y armónico de las circunscripciones de su jurisdicción, actuando con autonomía Política, Económica y Administrativa, dentro de su jurisdicción con los límites que señala la Ley, conforme lo establece la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y la Constitución Política del Perú;Que, con Ordenanza Nº 183-CDLO se adecua los procedimientos de fi scalización y control de disposiciones administrativas municipales y de aplicación de sanciones por su incumplimiento, estableciéndose escalas de multas administrativas, en leves graves, y muy graves, en función a la gravedad de la infracción; Que, la Dirección de Recaudación y Administración Tributaria, conforme a sus atribuciones, emprendió el proceso de fi scalización de publicidad exterior mediante afi ches realizados en el periodo 20/09/2006 a 15/12/2006, verifi cándose gran cantidad de infracciones califi cadas como graves cometidas por diferentes empresas que operan en el mercado; Que, siendo propósito de la Municipalidad otorgar las más amplias facilidades a los agentes económicos que operan dentro de la jurisdicción, es necesario establecer incentivos por pago al contado y/o fraccionado por multas administrativas en un plazo excepcional, que se encuentren en cualquier instancia; Estando a lo dictaminado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de las Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprobó la siguiente: ORDENANZA Nº 280-CDLO QUE ESTABLECE EL INCENTIVO DE PAGO POR LA CANCELACIÓN AL CONTADO DE MULTAS ADMINISTRATIVAS POR COLOCACIÓN DE AFICHES SIN AUTORIZACIÓN Artículo Primero.- OTORGAR por un plazo excepcional de 30 días calendarios a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza, el incentivo de descuento del 70 % del monto total de la multa notifi cada al infractor. Artículo Segundo.- OTORGAR por un plazo excepcional de 30 días calendarios a partir del día siguiente de la publicación de la presente ordenanza, el incentivo de descuento del 50% del monto total de la multa por la suscripción de convenio de fraccionamiento de seis (06) meses. Artículo Tercero.- EXONERAR de gastos procesales por pago al contado o fraccionado de las deudas provenientes de las multas administrativas originadas en el proceso de fi scalización de publicidad exterior (afi ches), al momento de su cancelación al contado o suscripción del convenio de fraccionamiento dentro de los plazos establecidos en la presente ordenanza, en los casos que se encuentren en la instancia coactiva. Artículo Cuarto.- PARA ACOGERSE a los incentivos de pago establecidos en la presente ordenanza los infractores deberán presentar sus solicitudes de desistimiento de todo procedimiento de reclamación, apelación y/o contencioso administrativo en la vía judicial que se encuentre en curso. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, y a la OFICINA DE EJECUTORIA COACTIVA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la SECRETARIA GENERAL su publicación y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su debida difusión. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 135329-1 Incorporan artículo a la Ordenanza Nº 280-CDLO que estableció incentivo por cancelación al contado de multas por colocación de afiches sin autorización ORDENANZA Nº 282-CDLO Los Olivos, 15 de noviembre de 2007 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 015-2007-CDLO/ CEP-CAL de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto y de la Comisión de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, las municipalidades son órganos de gobierno local que emana de la voluntad popular que representan al