Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2007 (24/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2007

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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superioridad de cualquiera de los sexos o funciones estereotipadas de hombres y mujeres; Que, el articulo 6º incisos a) y b) de la Convencion para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, establece el derecho de toda mujer a una MORDAZA libre de violencia e incluye, entre otros, el derecho a ser libre de toda forma de discriminacion y el derecho de la mujer a ser valorada y educada, libre de patrones estereotipados de comportamiento de practicas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinacion; Que, es politica de esta Gestion Municipal, trabajar conjuntamente con las mujeres del Distrito, habiendose desarrollado importantes iniciativas para ellas y sus familias, ademas de promocionar, consolidar y fortalecer el desarrollo de diferentes formas de organizacion; Que, con ocasion de celebrarse el 25 de noviembre, el Dia Internacional contra la Violencia hacia la Mujer, es necesario establecer las disposiciones especificas en cuyo MORDAZA deberan implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones educativas para eliminar toda forma de discriminacion, marginacion y desigualdad de la mujer en el distrito de Miraflores; Estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 39º y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta, el Concejo Municipal por unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE DECLARA EN EL DISTRITO DE MIRAFLORES EL MES DE NOVIEMBRE DE CADA ANO COMO EL MES DE LA NO VIOLENCIA HACIA LA MUJER Articulo 1°.- Declarar en el Distrito de Miraflores el mes de noviembre de cada ano como el mes de la No Violencia hacia la Mujer. Articulo 2°.- Disponer que durante el mes de noviembre de cada ano, se realice una MORDAZA Distrital de difusion y promocion de la no violencia hacia la mujer, en conmemoracion al 25 de noviembre "Dia Internacional contra la Violencia hacia la Mujer". Articulo 3°.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Salud y Promocion Social. Articulo 4º.- La presente Ordenanza Municipal entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA MORDAZA OYANGUREN MORDAZA 136229-1

Que, la Constitucion Politica del Peru, establece en el articulo 2º inciso 2) que toda persona tiene derecho a la igualdad ante la Ley, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religion, opinion, condicion economica o de cualquier otra indole; Que, los gobiernos locales emanan de la voluntad popular y tienen por mision organizar y conducir la gestion publica de acuerdo a sus competencias; Que, el articulo 5º de la Convencion sobre la Eliminacion de todas las formas de discriminacion contra la Mujer CEDAW, hace alusion a la necesidad de tomar medidas para modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres con el proposito de alcanzar la eliminacion de los perjuicios, practicas consuetudinarias y de cualquier otra indole que esten basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres; Que, el articulo 6º de la Convencion Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, establece el derecho de toda mujer a una MORDAZA libre de toda forma de discriminacion y el derecho de la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento de practicas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinacion; Que, mediante Decreto Supremo No. 009-2005-MINDES del 12 de Setiembre de 2005 se aprueba el Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Varones 2006-2010 que establece politicas y lineamientos que implican la accion conjunta del Estado y la Sociedad Civil, constituyendose en un instrumento de politica que sirve de MORDAZA orientador para la implementacion de acciones dirigidas a eliminar toda forma de discriminacion y desigualdad entre mujeres y varones; Que, es politica de esta Gestion Municipal, trabajar conjuntamente con las mujeres del distrito, habiendose desarrollado importantes iniciativas para ellas y su familia, ademas de promocionar, consolidar y fortalecer el desarrollo de diferentes formas de organizacion en el distrito: Comites de Vaso de Leche, Comedores Populares, Clubes de la Tercera Edad, etc.; Que, con ocasion de celebrarse en el mes de noviembre, el dia Internacional contra la Violencia de la Mujer, es necesario establecer las disposiciones especificas en cuyo MORDAZA deberan implementarse las actividades orientadas a sensibilizar a la poblacion en general sobre la importancia de promover acciones educativas para eliminar toda forma de discriminacion, marginacion y desigualdad de la mujer del distrito de Pueblo Libre; Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal aprobo por UNANIMIDAD, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, la siguiente: ORDENANZA

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Declaran el mes de noviembre como el mes de la No Violencia contra la Mujer
ORDENANZA Nº 267-MPL Pueblo Libre, 12 de noviembre del 2007 POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE En Sesion Ordinaria Nº 23 de la fecha, y; VISTO: El Dictamen Nº 014-2007-MPL/CPL-CPDHPV, de la Comision Permanente de Desarrollo Humano y Participacion Vecinal; y,

Articulo Primero.- DECLARAR en el distrito de Pueblo Libre el mes de noviembre de cada ano como el Mes de la No Violencia contra la Mujer. Articulo Segundo.- DISPONER que durante el mes de noviembre de cada ano, se realice una MORDAZA distrital para destacar en forma especial el 25 de noviembre "Dia Internacional de la No Violencia contra la Mujer", y disponer que la Municipalidad de Pueblo Libre se incorpore en las celebraciones y actividades que el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social realiza cada ano. Articulo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Humano de esta Corporacion MORDAZA, incluyendo las coordinaciones a que hubiere lugar con el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NORMAND MORDAZA 136592-1

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