Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2007 (24/11/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 24 de noviembre de 2007

del 2006, por no haber dirigido adecuadamente el MORDAZA de planificacion, de los arbitrios municipales las mismas que debieron guardar un equilibrio presupuestal, entre sus ingresos y gastos por las MORDAZA de financiamiento que formaran parte, asimismo formular y evaluar el presupuesto anual en coordinacion con los organos de apoyo, es decir, con el conocimiento de las areas inmersas en la prestacion de los servicios con que cuenta la entidad, contraviniendo lo dispuesto por Manual de Organizacion y Funciones MOF, de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores aprobado mediante Decreto de Alcaldia Nº 000809, de fecha 01 de Junio del 2001, que establece entre sus funciones: el dirigir los procesos de Planificacion, Racionalizacion y Cooperacion Tecnica, asi como formular y evaluar el Presupuesto anual de los programas municipales en coordinacion con los organos de apoyo, asimismo han incumplido lo dispuesto por la Directiva Nº 013-2004-EF/76.1. Asimismo no ha tenido en cuenta las siguientes normas: Articulo 21º literal a) y d) del Decreto legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que dispone que son obligaciones de los servidores a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno. Articulo 7º numeral 6 de la Ley 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que establece el servidor publico tiene los siguientes deberes: 6. Responsabilidad.- Todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica; Que, estando a la Observacion Nº 06 del Informe Nº 002-2006-2-2182, EXAMEN ESPECIAL, A LA LEGALIDAD DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES, existen indicios que presumen la existencia de responsabilidad administrativa del ex funcionario senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de Rentas, periodo del 02 de MORDAZA del 2003 al 04 de Octubre del 2004, por no haber monitoreado y supervisado que la emision de los arbitrios municipales no guarde concordancia con los costos aprobados, de tal manera que los arbitrios no MORDAZA mayores a los costos que implica el servicio, incumpliendo lo dispuesto por el articulo 55º inciso b) y j) del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF, de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores aprobado mediante Ordenanza Nº 00017, del 23 de Octubre del 2003, que dispone que son funciones y atribuciones de la Gerencia de Rentas, presentar a la Gerencia Municipal propuestas sobre los costos de los servicios publicos municipales y la correspondiente determinacion de las tasas a ser cobradas por los contribuyentes, asi como administrar la emision y distribucion de las declaraciones juradas y recibos de pago de diferentes tributos que administra la Municipalidad, asi como controlar su cobranza. Asimismo no ha tenido en cuenta las siguientes normas: Articulo 21º literal a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que dispone que son obligaciones de los servidores a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno, Articulo 7º numeral 6 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que establece el servidor publico tiene los siguientes deberes: 6. Responsabilidad.- Todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica; Que, asimismo estando a la Observacion Nº 06 del Informe Nº 002-2006-2-2182, EXAMEN ESPECIAL A LA LEGALIDAD DEL REGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES, existen indicios que presumen la existencia de responsabilidad administrativa de la ex funcionaria senora MORDAZA DE MORDAZA BIAGGI MORDAZA, en su calidad de ex Sub Gerente de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente, por el periodo del 25 de Agosto del 2003 al 23 de junio del 2005, por no haber verificado que la emision de los arbitrios de Parques y Jardines sea igual al costo efectivo aprobado mediante Ordenanza Nº 000003-2004, incumpliendo sus funciones establecidas en el articulo 58º

inciso f) del Reglamento de Organizacion y Funciones ROF, de la Municipalidad de San MORDAZA de Miraflores aprobado mediante Ordenanza Nº 00017, del 23 de Octubre del 2003, que dispone que es funcion de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente el coordinar oportunamente las acciones necesarias para la emision manual de las Declaraciones Juradas y Liquidaciones del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales a traves de cuponeras u otros medios. Asimismo no ha tenido en cuenta las siguientes normas: Articulo 21º literal a) y d) del Decreto legislativo Nº276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que dispone que son obligaciones de los servidores a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servicio publico, d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeno. Articulo 7º numeral 6 de la Ley Nº 27815 - Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica, que establece el servidor publico tiene los siguientes deberes: 6. Responsabilidad.- Todo servidor publico debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su funcion publica. Que, en consecuencia existen indicios que presume la Comision por parte de los ex funcionarios MORDAZA mencionados, de falta de caracter disciplinarios, tipificados en los incisos a) y d) del Articulo 28º, del Decreto Legislativo Nº 276 Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que prescribe que son faltas de caracter disciplinario "El incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ley y su Reglamento" y "La Negligencia en el desempeno de sus funciones", asi como lo dispuesto en el articulo 129º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, que dispone: "Los Funcionarios y Servidores deberan cautelar con correccion y justeza al realizar los actos de administracion que le correspondan cautelando la seguridad y patrimonio del estado que tenga su directa responsabilidad"; Que, estando a la Accion de Control Nº 002-2006-22182, del Organo de Control Institucional OCI, al analisis y conclusiones arriba detalladas, esta Comision en virtud de las facultades conferidas por el articulo 166º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa Decreto Legislativo Nº 276, el CEPAD recomienda: Que, se instaure MORDAZA administrativo disciplinario a los ex funcionarios, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de Rentas, por el periodo del 02 de MORDAZA del 2003 al 04 de Octubre del 2004, por las Observaciones Nº01 y Nº 06; al senor MORDAZA MORDAZA GALLESSE, en su calidad de ex Gerente de Administracion periodo del 14 de Enero del 2005 al 10 de MORDAZA del 2006, por la Observacion Nº02; la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Sub Gerente de Contabilidad, periodo del 14 de enero del 2005 al 31 de Diciembre del 2006, por la Observacion Nº 02; al senor MORDAZA MORDAZA MACASSI MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de Rentas, periodo 17 de Enero del 2005 al 16 de Junio del 2006, por la observacion No 04; al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de Servicios a la MORDAZA, periodo del 20 de noviembre del 2003 al 31 de Diciembre del 2006, por las observaciones Nº 04; a la senorita MARIELLA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de la Oficina de Planificacion Racionalizacion y Presupuesto, periodo 28 de MORDAZA del 2003 al 18 de MORDAZA del 2004, por las observaciones Nº 03 y Nº 05; al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Gerente de la Oficina de Planificacion, Racionalizacion y Presupuesto, por las Observaciones Nº 03 y No 05; senora JANETH MORDAZA SOLDEVILLA MORDAZA, en su calidad de ex Sub Gerente de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente, periodo 11 de Octubre del 2005 al 11 de Noviembre del 2005, por las Observaciones No 04; a la senora MORDAZA DE MORDAZA BIAGGI MORDAZA, en su calidad de ex Sub Gerente de Administracion Tributaria y Orientacion al Contribuyente, por el periodo del 25 de Agosto del 2003 al 23 de junio del 2005, por la Observacion No 06; el ex funcionario senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de ex Secretario

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