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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (01/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 1 de octubre de 2007 354586 Artículo Segundo.- Las organizaciones que se acojan a lo establecido en la presente Ordenanza deberán cumplir con los siguientes requisitos: a) Solicitud dirigida al señor Alcalde. b) Presentar documento que acredite personería jurídica y/o municipal. c) Ficha Matriz del terreno donde se ubica la organización social. d) Constancia de Posesión por cada lote integrante de la lotización. e) Copia del Plano de Lotización del cual se solicita su visación, debidamente fi rmado por Arquitecto o Ingeniero Civil colegiado. f) Memoria Descriptiva.g) Declaración Jurada de que la lotización cumple con lo dispuesto por los Planes Urbanos aprobados y la ordenanza Nº 341 y sus modi fi catorias. h) Declaración Jurada por la cual se comprometen a concluir con el proceso de Habilitación Urbana en el término de 180 días calendarios (sólo para los que cuenten con Trámite de Regularización de Habilitaciones Urbanas Ejecutadas Art. 5º de la Ley Nº 26878) i) Derecho de Trámite, incluido inspección ocular. Artículo Tercero.- La evaluación de las solicitudes de visación de Plano de Lotización será realizada por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la División de Habilitaciones Urbanas, las cuales de encontrarse conforme serán remitidas al Despacho de Alcaldía para su correspondiente aprobación mediante Resolución de Alcaldía. Artículo Cuarto.- En caso de que el resultado de la evaluación sea observado o no conforme, se noti fi cará a los interesados para que en un plazo máximo de 15 días hábiles procedan a subsanarlos, caso contrario se declarara improcedente la solicitud, emitiéndose la Resolución de Alcaldía correspondiente. En el caso de que las observaciones sean subsanadas dentro del plazo señalado en el párrafo precedente, la Gerencia de Desarrollo Urbano y la División de Habilitaciones Urbanas realizarán una nueva evaluación y de ser conforme se remitirá al Despacho de Alcaldía para su aprobación y de no ser conforme se declarará improcedente la solicitud de visación de Plano de Lotización. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Disponer que el presente procedimiento se incluya en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad de San Martín de Porres, según el detalle que se indica en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Ordenanza, modi fi cándose en este sentido, el procedimiento Nº 15 de dicho TUPA correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Urbano. Segunda.- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias y/o reglamentarias que sean necesarias para la mejor aplicación de la presente Ordenanza. Tercera.- Deróguese las Ordenanzas Nº 108, 141, 157, 161, 182 y 199-MDSMP y todas aquellas normas que se opongan a la presente Ordenanza. Cuarta..- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. POR LO TANTO: Mando se cumpla, comuníquese y publíquese.FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde ANEXO - A PROCEDIMIENTO PARA VISACION DE PLANOS DENOMI- NACIONREQUISITOS MON- TO S/.DEPENDENCIA DONDE INICIA EL TRAMITEAUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRAMITERECURSO IMPUGNA- TIVO A INTERPO- NERSE 1 Visación de planos sólo para servicios de agua y desagüe1. Solicitud dirigida al Alcalde 2. Presentar documento que acredite Personería Jurídica 3. Ficha del terreno Matriz donde se ubica la Organización SocialDENOMI- NACIONREQUISITOS MON- TO S/.DEPENDENCIA DONDE INICIA EL TRAMITEAUTORIDAD QUE RESUELVE EL TRAMITERECURSO IMPUGNA- TIVO A INTERPO- NERSE 4. Constancia de Posesión por cada lote integrante de la lotización 5. Copia de plano de Lotización del cual se solicita la visación, debidamente fi rmado por arquitecto o Ing. Civil Colegiado y el PropietarioUNIDAD DE TRAMITE DOCUMEN- TARIO Y ARCHIVORECONSI- DERACION 6. Memoria Descriptiva ALCALDE ALCALDE 7. Declaración Jurada de que la lotización cumple con lo dispuesto por los Planes Urbanos aprobados y la Ordenanza Nº 341 y sus modi fi catorias 8. Declaración Jurada por la cual se comprometen a concluir con el proceso de Habilitación Urbana en el término de 180 días calendarios 9. Derecho de trámite incluido Inspección Ocular.250.00 114712-1 Autorizan celebración del Tercer Matri- monio Civil Comunitario en el distrito ORDENANZA Nº 230-MDSMP San Martín de Porres, 20 de septiembre del 2007 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: En la Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 362-2007-GSPS/MDSMP de la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, y; CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institución siendo la familia célula fundamental de la sociedad de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 4º de la Constitución Política del Estado. Que, el Artículo 233º del Código Civil establece la regulación jurídica de la familia que tiene por fi nalidad contribuir a su consolidación y fortalecimiento, en armonía con los principios y normas proclamados en la Constitución Política; Que, el numeral 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 establece que corresponde al Concejo Municipal, crear, modi fi car, suprimir o exonerar en contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a la Ley; Que, es deber de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, ayudar a aquellos vecinos que se encuentren aun en una situación conyugal de hecho y requieren formalizar su situación, facilitando para ello el procedimiento establecido; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades el Concejo Municipal POR UNANIMIDAD, aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- AUTORIZAR al señor Alcalde a la celebración del 3º MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO a realizarse el 27 de octubre del 2007. Artículo Segundo.- ESTABLECER como pago único por derecho de trámite la suma de Sesenta Nuevos Soles (S/. 60.00). Artículo Tercero.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía emita las disposiciones complementarias y reglamentarias pertinentes para dar cumplimiento a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios y Programas Sociales, el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Mando se registre, comunique, publique y cumpla. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 114712-2