Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE OCTUBRE DEL AÑO 2007 (16/10/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de octubre de 2007 355455 temas de interés primordial vinculados a los derechos de los Países Andinos a su recurso órbita espectro, los mismos que serán analizados en la citada Conferencia Mundial; Que, el Comité Andino de Autoridades de Telecomunicaciones (CAATEL), en su XXIII Reunión Extraordinaria realizada en la ciudad de Lima, concluyó en la necesidad de que participen los cuatro Países Andinos en la CMR-07, a fi n de lograr el apoyo a la Propuesta Interamericana a ser presentada en la referida Conferencia; Que, asimismo, en las Conferencias Mundiales de Radiocomunicaciones se examina el Reglamento de Radiocomunicaciones y se analizan temas de carácter mundial relacionados con el uso del espectro radioeléctrico; Que, en vista de lo anterior y siendo de suma importancia para los intereses de nuestro país, la participación de la Administración Peruana en la citada Conferencia, se ha designado a la Viceministra de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para asistir a la mencionada reunión del 21 al 24 de octubre del presente año, en representación del Estado Peruano; Que los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa única de aeropuerto, serán asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley N° 28927, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la doctora Cayetana Aljovín Gazzani, Viceministra de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Ginebra, Suiza, del 20 al 25 de octubre de 2007, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que demanden el viaje autorizado precedentemente, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1785,56 Viáticos US$ 1560,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 30,25 Artículo 3°.- Dentro de los siete (7) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 120068-7Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU., en comisión de servicios y sin irrogar gastos al Estado RESOLUCIÓN SUPREMA N° 086-2007-MTC Lima, 15 de octubre del 2007 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el literal b) del numeral 3 del Artículo 4° de la Ley N° 28927, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, publicada el 12 de diciembre de 2006, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley N° 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 4° de la Ley N° 27261, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fi n de mantener una estricta observancia sobre las normas técnicas vigentes y mantener la cali fi cación otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe efectuar la atención de las solicitudes de servicios descritos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en concordancia con sus facultades de supervisión e inspección de todas las actividades aeronáuticas civiles; Que, el Informe N° 314-2007-MTC/12.04 de fecha 27 de setiembre de 2007, de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, señala que la empresa Cielos del Perú S.A., con Carga GOP-241-2007-CDP, presentada el 21 de setiembre de 2007, en el marco del Procedimiento N° 05 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación de Personal Aeronáutico), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos en simulador del equipo DC-10 en el Centro de Pan Am internacional Flight Academy a algunos de sus tripulantes; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación N°s. 6009, 10118, 10119 y 10120, la solicitante ha cumplido con el pago de los derechos de tramitación correspondientes al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Inspección N° 1952-2007-MTC/12.04 designando al Inspector Ricardo Rafaél Pazos Raygada, para efectuar los chequeos en simulador del equipo DC-10 en el Centro