Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2007 (20/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de octubre de 2007

Que, el Foro Economico MORDAZA MORDAZA - APEC ha extendido invitacion a las Economias que forman parte del mismo, para participar en la 36º Reunion del Grupo de Trabajo de Telecomunicaciones e Informacion (TELWG), que se realizara en la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 21 al 26 de octubre de 2007; Que, en la citada reunion se abordaran temas de principal interes tales como: competencia e inversion, servicio universal, acuerdo de reconocimiento mutuo (MRA), seguridad de redes. Asimismo, senala que nuestra asistencia a este evento contribuira al fortalecimiento de la imagen del Peru con miras a la realizacion del PERUAPEC 2008; Que, la importancia que representa la participacion del Peru, en dicho evento, se fundamenta en que la Administracion Nacional podra conocer de manera cercana los avances logrados por la mayoria de los miembros del APEC en materia de innovacion tecnologica, continuando con la busqueda de cooperacion economica y tecnica, lo que permitira el crecimiento sostenible del sector, habiendose propuesto la asistencia del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasquez-Lopez, encargado de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, los gastos por concepto de pasajes, viaticos y tarifa unica por uso de aeropuerto, seran asumidos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a su presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y la Ley Nº 28927; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Velasquez-Lopez, encargado de la Direccion General de Regulacion y Asuntos Internacionales de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA, del 23 al 26 de octubre de 2007, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos : US$ 496.01 Viaticos : US$ 600.00 Tarifa Unica por Uso de Aeropuerto : US$ 30.25 Articulo 3º.- Dentro de los siete (07) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar a la Presidencia de la Republica, a traves de la Secretaria del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no otorgara derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones
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Otorgan autorizaciones a Television Nacional Peruana S.A.C. para prestar servicio de radiodifusion comercial por television en las localidades de MORDAZA y Juliaca
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 770-2007-MTC/03

MORDAZA, 15 de octubre del 2007 VISTA, la Solicitud registro N° 08335002 presentada por la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., sobre otorgamiento de autorizacion por diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion comercial por Television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Huanuco; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial N° 179-98MTC/15.03 del 21 de MORDAZA de 1998 modificada por Resolucion Directoral Nº 128-98-MTC/15.19 del 12 de noviembre de 1998, se otorgo a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C. (antes Television Nacional Peruana S.A.), autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por Television en UHF, en el distrito, provincia y departamento de Huanuco. Dicha resolucion fue publicada con fecha 29 de MORDAZA de 1998; Que, mediante la Solicitud registro N° 08335002 del 28 de MORDAZA de 1999, la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C. pidio la inspeccion tecnica a la precitada estacion, a fin que se le otorgue la autorizacion por diez (10) anos; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable; Que, el articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y demas disposiciones aplicables al servicio de radiodifusion; Que, con Informe Nº 0939-2001-MTC/15.19.03 del 28 de junio de 2001 la Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas da cuenta de la inspeccion tecnica realizada el 29 de MORDAZA de 2001, a la estacion de la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., senalando que cuenta con el equipamiento necesario para su operacion, lo que le permite brindar un servicio adecuado; Que, la ubicacion de la estacion se encuentra comprendida dentro del distrito de MORDAZA, la cual forma parte de la localidad MORDAZA, cuyo Plan de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias fue aprobado mediante la Resolucion Viceministerial N° 176-2004-MTC/03; Que, con Informe Nº 0718-2007-MTC/28 la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones considera que dado que la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., obtuvo informe favorable de la inspeccion tecnica realizada a su estacion de radiodifusion, es procedente otorgarle la autorizacion, por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Viceministerial N° 179-98-MTC/15.03; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones

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