Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2007 (20/10/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Nº 534-99-MTC/15.19.03.3 del 29 de setiembre de 1999, emitido por la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas, la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., no estaba operando el servicio autorizado, senalandose ademas, que el lugar de ubicacion de la estacion no existe en la MORDAZA de Tumbes; Que, con fechas 21 de MORDAZA de 2005 y 22 de marzo de 2006, se expidieron las Leyes N° 28586 y N° 28692, que otorgaron un plazo de noventa (90) dias para que los titulares acrediten la operatividad de sus estaciones, supuesto que incluye la instalacion y operacion dentro del periodo de prueba, de acuerdo a lo senalado por la Oficina General de Asesoria Juridica mediante los Informes Nº 1750-2005-MTC/08 y Nº 880-2006-MTC/08; Que, con Informes Nº 1285-2001-MTC/15.19.03.3 de la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas y Nº 704-2007-MTC/29.03 de la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, se da cuenta que la estacion perteneciente a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., cumplio con su obligacion de instalar y operar el servicio autorizado, ya que cuenta con el equipamiento necesario para operar el servicio de radiodifusion por television en UHF, emitiendo una senal de buena calidad, libre de espureas; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 2032004-MTC/03 se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de UHF para las localidades correspondientes al departamento de Tumbes y, dentro de la localidad del mismo nombre, se incluye al distrito, provincia y departamento de Tumbes, ubicacion consignada en la Resolucion Viceministerial N° 173-98-MTC/15.03; Que, con Resolucion Directoral Nº 307-2007MTC/28 del 25 de setiembre de 2007, se otorgo a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C, el beneficio de pago fraccionado de la deuda que tenia por concepto de canon anual del ano 2007, verificandose ademas, mediante Hoja Informativa Nº 1491-2007-MTC/28 que la administrada esta al dia en sus demas obligaciones de pago; Que, con Informe Nº 724-2007-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que dado que la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., obtuvo informes favorables de las inspecciones tecnicas realizadas a su estacion de radiodifusion, es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Viceministerial N° 173-98-MTC/15.03, y que por lo tanto su vigencia sera hasta el 17 de MORDAZA de 2008; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; la Resolucion Ministerial Nº 3582003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., autorizacion por el

plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en la localidad de Tumbes, departamento de Tumbes. Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Viceministerial N° 173-98-MTC/15.03, el cual vencera el 17 de MORDAZA de 2008. Articulo 3º.La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., debera dar cumplimiento a lo dispuesto en la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion. Articulo 5°.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones
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Modifican la R.VM. Nº 366-2005-MTC/03, que aprueba Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion por Television en VHF del departamento de Tacna
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 781-2007-MTC/03

MORDAZA, 17 de octubre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el articulo 11º de la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278, concordado con el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establecen que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administracion, atribucion, asignacion, control y en general cuanto concierne a la gestion del espectro radioelectrico atribuido al servicio de radiodifusion; Que, el articulo 7º del precitado Reglamento, dispone que toda asignacion de frecuencias para el servicio de radiodifusion se realiza en base al Plan Nacional de Asignacion de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalizacion y de Asignacion de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusion y determina las frecuencias tecnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignacion de Frecuencias son aprobados por Resolucion Viceministerial; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 366-2005MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del servicio de radiodifusion por television en VHF, para distintas localidades del departamento de Tacna; Que, conforme a lo dispuesto por el articulo 3º de la precitada Resolucion Viceministerial, los Planes de Asignacion de Frecuencias aprobados pueden modificarse de oficio, a fin de optimizar el

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