Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2007 (20/10/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, sabado 20 de octubre de 2007

NORMAS LEGALES

355709

aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento la Ley de Radio y Television aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; la Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, el Decreto Supremo Nº 038-2003MTC que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Con la opinion favorable del Director General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por Television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Huanuco. Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente comprende el periodo de instalacion y prueba otorgado en la Resolucion Viceministerial N° 179-98-MTC/15.03, y por lo tanto, vencera el vencera el 30 de MORDAZA de 2008. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extenderle la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado con Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones
121621-1 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 773-2007-MTC/03

MORDAZA, 15 de octubre de 2007 VISTO, el Escrito Registro Nº 1999-01508007 presentado por la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., mediante el cual, solicita inspeccion tecnica a fin de que se le otorgue autorizacion por diez (10) anos para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial N° 218-98MTC/15.03 del 19 de agosto de 1998, se otorgo a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de Puno. Dicha resolucion fue publicada el 26 de agosto de 1998 en el Diario Oficial El Peruano; Que, segun consta en Partida Registral Nº 11000442, la empresa modifico su regimen societario, adoptando la modalidad de sociedad anonima cerrada por tanto, la denominacion a considerarse es TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C; Que, con Escrito Registro Nº 1999-01508007 del 25 de junio de 1999, la administrada solicito la inspeccion tecnica a su estacion de television en UHF, ubicada en el distrito de Juliaca, provincia de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, a fin de obtener la autorizacion definitiva; Que, el articulo 21º del Reglamento de la Ley de Radio y Television establece que las autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusion se conceden por el plazo MORDAZA de diez (10) anos, iniciandose con un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses improrrogable;

Que, el articulo 184º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC senala que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba, dentro del cual el titular instalara los equipos requeridos para la prestacion del servicio autorizado y realizara las pruebas de funcionamiento respectivas lo cual sera verificado por el organo competente del Ministerio; Que, el articulo 185º del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion, se emitira el informe tecnico correspondiente, en el que se indicara, entre otros, si las instalaciones se han realizado, los resultados de las pruebas de funcionamiento y el cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorizacion, en las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion y en el Reglamento Especifico del Servicio de Radiodifusion; Que, con Informe N° 263-2001-MTC/15.19.03.3 del 15 de marzo de 2001, la entonces Subdireccion de Control de Estaciones Radioelectricas da cuenta de la inspeccion tecnica realizada el 4 de marzo de 2001, a la estacion de television en UHF perteneciente a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., senalando que ha cumplido con instalar los equipos de acuerdo a las caracteristicas tecnicas autorizadas, lo que le permite brindar un servicio adecuado. De esta manera, concluyen que la estacion se encuentra apta para proseguir con el tramite solicitado; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 187-2004-MTC/03 se aprobo el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de UHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, y dentro de la localidad denominada Juliaca, se incluye al distrito de San MORDAZA, provincia de Juliaca, departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Viceministerial Nº 218-98-MTC/15.03; Que, con Resolucion Directoral Nº 307-2007-MTC/28 del 25 de setiembre de 2007, se otorgo a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., el beneficio de pago fraccionado de la deuda que tenia por concepto de canon anual del ano 2007, verificandose ademas, mediante Hoja Informativa Nº 1491-2007-MTC/28 que la administrada esta al dia en sus demas obligaciones de pago; Que, con Informe Nº 698-2007-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que dado que la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., obtuvo informes favorables de las inspecciones tecnicas realizadas a su estacion de radiodifusion, es procedente otorgarle autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Viceministerial N° 218-98-MTC/15.03, y que por lo tanto, su vigencia sera hasta el 27 de agosto de 2008; De conformidad con el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC; la Ley de Radio y Television, Ley Nº 28278; su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; la Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que aprueba las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., autorizacion por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en la localidad de Juliaca, departamento de Puno. Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, comprende un periodo de instalacion y prueba computandose a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Viceministerial N° 218-98MTC/15.03, el cual vencera el 27 de agosto de 2008. Articulo 3º.- La Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente Licencia de Operacion. Articulo 4º.- La empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C, debera dar cumplimiento a lo dispuesto en la Setima Disposicion Final y Transitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Television y las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.