NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (10/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 40
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de setiembre de 2007 353014 2007, se acordó autorizar al Procurador Público Regional, el inicio de las acciones legales que correspondan contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe Especial Nº 002-2007-2-4455 denominado Pagos Indebidos a Docentes de la I.E. ELVIRA GARCIA Y GARCIA de la ciudad de Chiclayo, por el monto de S/. 9,224.51; Con la visación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la conformidad de Gerencia General Regional; y, En cumplimiento de las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, el artículo 78º de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS “Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional”, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y en uso de las facultades conferidas por Ley; y, SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR al Dr. Feliciano Vásquez Molocho, Procurador Público del Gobierno Regional Lambayeque, el inicio de las acciones legales que correspondan contra doña MARIA ELIZABETH JULCARIMA CASTRO, MARIA MAGDALENA YAIPEN SAMPEN, ELIZABETH AMELIA CALDERON FERNANDEZ, por haber cobrado indebidamente los importes de S/. 3,512.59, S/. 3,756.52 y S/. 1,955.40 Nuevos Soles, respectivamente, en la I.E. “ELVIRA GARCIA Y GARCIA” DE CHICLAYO, en perjuicio del Estado. Artículo Segundo.- REMITIR todos los actuados a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional Lambayeque, transcribiendo la presente Resolución Ejecutiva Regional para su conocimiento y fi nes pertinentes, además de publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional Lambayeque. Artículo Tercero.- Noti fi car la presente Resolución, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 105236-1 Autorizan a procurador iniciar acciones para demandar la nulidad de la R.D. Nº 2420-2005-GR.LAMB/ED referente a solicitud de adjudicación de plaza docente RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 373-2007-GR.LAMB/PR Chiclayo, 16 de julio de 2007VISTO:El O fi cio Nº 2864-2007-GR.LAMB/DRE/OFAJ, de fecha 11 de junio de 2007; y, CONSIDERANDO: Que, mediante O fi cio Nº 2864-2007-GR.LAMB/DRE/ OFAJ, el Lic. Arturo Juan Sánchez Vicente, Director Regional de Educación Lambayeque, solicite autorizar al Procurador Público Regional, para que proceda a iniciar las acciones legales tendientes a la nulidad de la R.D.R.S. Nº 2420-2005-GR.LAMB/ED, de fecha 31 de mayo de 2005, por haber sido emitida irregularmente declarando procedente y en vía de regularización la solicitud de adjudicación de plaza docente a favor del administrado TELMO AGUSTIN ALVITEZ LOPEZ, bajo el amparo de las Leyes Nº 27491 y 27971; Que, mediante Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 2420-2005-GR.-LAMB/ED, de fecha 31 de mayo de 2005, se declaró procedente en vía de regularización la solicitud de adjudicación de plaza docente pendiente de atención, presentado por el administrado TELMO AGUSTIN ALVITEZ LOPEZ; Que, de la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 0608-2007-GR.LAMB/DREL, de fecha 2 de abril de 2007, se colige que al administrado don TELMO AGUSTIN ALVITEZ LOPEZ no le asiste el derecho a nombramiento, toda vez que el Proceso Concursal en sus tres fases 1era. UGEL, 2da. DREL y 3era. Nacional feneció en el año 2003, tal como lo prescribe la Ley Nº 27971 y su Reglamento. Habiéndose resuelto en su artículo primero, denegar la petición del citado profesor, respecto a su solicitud de nombramiento en la I.E. Felipe Santiago Salaverry por constituir a la fecha un imposible jurídico; Que, conforme al D.S. Nº 02-2003-JUS “Reglamento de Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a Nivel del Gobierno Regional” proceda conforme a sus atribuciones, signi fi cando que mediante Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 0608-2007-GR.LAMB/DREL, la Dirección Regional de Educación Lambayeque, ha resuelto denegar la petición del citado administrado; Que, por Resolución Ejecutiva Regional Nº 262-2003- GR.LAMB/PR, se designó al Dr. FELICIANO VASQUEZ MOLOCHO, como Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 18 de junio de 2007, se acordó autorizar al Procurador Público Regional, el inicio de las acciones legales tendientes a la nulidad de la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 2420-2005-GR.LAMB/ED de fecha 31 de mayo de 2005 por haber sido emitida regularmente; Con la visación de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica y la conformidad de Gerencia General Regional; y, En cumplimiento de las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización Nº 27783, el artículo Nº 78 de la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Nº 27867, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representación y Defensa del Estado en Juicio, Decreto Supremo Nº 002-2003-JUS “Reglamento de la Representación y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional”, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 y en uso de las facultades conferidas por Ley; y, SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Dr. Feliciano Vásquez Molocho, Procurador Público del Gobierno Regional de Lambayeque, el inicio de las acciones legales para la nulidad de la Resolución Directoral Regional Sectorial Nº 2420-2005-GR.LAMB/ED de fecha 31 de mayo de 2005, por haber sido emitida irregularmente. Artículo Segundo.- REMITIR todos los actuados a la Procuraduría Pública del Gobierno Regional de Lambayeque, transcribiendo la presente Resolución Ejecutiva Regional para su conocimiento y fi nes pertinentes, además de publicarse en el Diario O fi cial El Peruano y Portal Electrónico del Gobierno Regional de Lambayeque. Artículo Tercero.- NOTIFICAR la presente Resolu- ción, conforme a Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 105212-1