NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/09/2007)
CANTIDAD DE PAGINAS: 60
TEXTO PAGINA: 24
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de setiembre de 2007 353498 Natural Vehicular (GNV), a fin de realizar las conversiones del sistema de combustión de los vehículos a GNV. Artículo 2º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones el correspondiente “Certificado de Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad Certificadora de Conversiones antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTO Fecha máxima de presentación Primera Inspección anual del taller 19 de Julio del 2008 Segunda Inspección anual del taller 19 de Julio del 2009 Tercera Inspección anual del taller 19 de Julio del 2010 Cuarta Inspección anual del taller 19 de Julio del 2011Quinta Inspección anual del taller 19 de Julio del 2012 En caso que la empresa autorizada no presente el correspondiente “Certi ficado de Inspección del Taller” vigente al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 3º.- La empresa autorizada, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación de la póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que a continuación se señalan: ACTOFecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 17 de Julio del 2008Segunda renovación o contratación de nueva póliza 17 de Julio del 2009Tercera renovación o contratación de nueva póliza 17 de Julio del 2010Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 17 de Julio del 2011 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 17 de Julio del 2012 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida la caducidad de la autorización. Artículo 4º.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. LINO DE LA BARRERA L. Director General (e)Dirección General de Transporte Terrestre 105499-1 VIVIENDA Designan Director de Programa Sectorial II de la Dirección Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 451-2007-VIVIENDA Lima, 11 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Programa Sectorial II nivel F-4 de la Dirección Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de con fianza; Que, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes a dicho cargo: De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27594, 27779, 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, al Ingeniero Adrián Fernando Neyra Palomino, en el cargo de Director de Programa Sectorial II nivel F-4 de la Dirección Nacional de Vivienda del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cargo considerado de con fianza. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 108785-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor del Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT para la ejecución de diversos Proyectos del Programa MiBarrio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 452-2007-VIVIENDA Lima, 11 de setiembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento según la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, tiene competencia para formular, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, conforme a Ley; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 151-2005- VIVIENDA se aprobó la relación de Municipalidades Provinciales y Distritales, según fuente de financiamiento, en las cuales se tenía previsto ejecutar doce (12) Proyectos del Programa Mejoramiento Integral de Barrios – MiBarrio, de los cuales diez (10) Proyectos se financiarían con recursos del Fondo de Apoyo Social - FONAS administrado por el Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT y dos (2) Proyectos con Recursos Ordinarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2007-VIVIENDA se crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos” bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, y se aprueba la fusión de diversos Programas y Proyectos entre los que se encuentra el Programa de Mejoramiento Integral de Barrios denominado MiBarrio; Que, de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 204-2007-VIVIENDA, se modi fica la Resolución Ministerial Nº 151-2005-VIVIENDA en el extremo referido a la fuente de financiamiento, de FONAS a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de cuatro (4) Proyectos del Programa MiBarrio seleccionados por BANMAT ubicados en los distritos de Villa El Salvador, El Agustino, Huaraz y Tambopata; Que, por Resolución Ministerial Nº 423-2007- VIVIENDA se autoriza al Responsable del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, a culminar los proyectos, actividades y procedimientos pendientes de ejecución correspondientes a los componentes del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, entre los que se encuentra el componente MiBarrio; Que, en mérito al cambio de fuente de financiamiento dispuesto por Resolución Ministerial Nº 204-2007-VIVIENDA, resulta necesario disponer la transferencia financiera de Recursos, con cargo al presupuesto del presente año fiscal 2007, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento al BANMAT de hasta por S/. 3 382 927.02 (Tres Millones Trescientos Ochenta y Dos Mil Novecientos Veintisiete y 02/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, con la finalidad de continuar con la ejecución de los Proyectos del Programa MiBarrio en los siguientes Barrios Urbano Marginales: 1) Mejoramiento Integral de Barrios – Mi Barrio en los AA.HH Señor de los Milagros, Arenas Vivas y La Unión en el distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, hasta por S/. 843 692.13