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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (16/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 16 de setiembre de 2007 353499 (Ochocientos Cuarenta y Tres Mil Seiscientos Noventa y Dos y 13/100 Nuevos Soles); 2) Mejoramiento Integral de Barrios - Mi Barrio en los AA.HH. El Amauta I y Terrazas de Catalina Huanca del Distrito de El Agustino, hasta por S/. 694 101.87 (Seiscientos Noventa y Cuatro Mil Ciento Un y 87/100 Nuevos Soles); 3) Mejoramiento Integral de Barrios – Mi Barrio en el A.H. “Villon Bajo” del Distrito, Provincia de Huaraz - Ancash, hasta por S/. 1 243 618.47 (Un Millón Doscientos Cuarenta y Tres Mil Seiscientos Dieciocho y 47/100 Nuevos Soles) y 4) Mejoramiento Integral de Barrios - Mi Barrio en los A.H La Victoria, Nueva Esperanza, Primavera y San Isidro, en el Distrito, Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios, hasta por S/. 601 514.55 (Seiscientos Un Mil Quinientos Catorce y 55/100 Nuevos Soles); Que, estando a lo indicado, es de aplicación lo dispuesto en el inciso h) del numeral 75.4 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi ficada por Ley Nº 28927, en tanto dispone que el Ministerio de Vivienda mediante Resolución Ministerial, aprobará las transferencias financieras para actividades y proyectos de inversión de saneamiento, vivienda y urbanismo, incluyendo las que se realicen, entre otros, al BANMAT; Que, asimismo el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que cuando la ejecución de los proyectos se efectúa mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de ejecución del proyecto; y según lo dispuesto en la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, las transferencias financieras que se realicen en el marco del citado artículo, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que deberá ser publicada en el Diario O ficial El Peruano y en la página web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; De conformidad con la Ley Nº 28411 y su modi ficatoria la Ley Nº 28927, la Ley Nº 28979, y según las facultades y atribuciones conferidas en la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Transferencia Financiera hasta por un monto de S/. 3 382 927.02 (Tres Millones Trescientos Ochenta y Dos Mil Novecientos Veintisiete y 02/100 Nuevos Soles), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Banco de Materiales S.A.C. - BANMAT, para la ejecución de los Proyectos del Programa MiBarrio descritos en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que de igual modo integra la presente Resolución. Artículo 2º.- La transferencia financiera a que se refiere el artículo precedente se realizará con cargo al presupuesto del presente año fiscal 2007 de la Unidad Ejecutora 002: Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Actividad 1.045275: Transferencias para Intervenciones del Programa de Mejoramiento Integral de Barrios, en la fuente Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el calendario de compromisos correspondiente. Artículo 3º.- De conformidad con la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, y según el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B, los desembolsos sólo se efectivizarán luego que el Banco de Materiales S.A.C. presente al Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, las valorizaciones por avance de obras. Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio Especí fico para el financiamiento del Proyecto del Programa MiBarrio a suscribirse entre el Banco de Materiales S.A.C. y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- Autorizar al Viceministro de Vivienda y Urbanismo a suscribir el “Convenio de Transferencia Financiera de Recursos” dispuesto en el artículo precedente y la documentación necesaria para la implementación de la presente Resolución. Artículo 6º.- El Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de la ejecución de los proyectos contenidos en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Anexo A PROYECTOS DEL PROGRAMA MEJORAMIENTO INTEGRAL DE BARRIOS UNIDAD EJECUTORA : BANCO DE MATERIALES S.A.C. COD. SNIP PROYECTOS TIPO DE EJECUCION PRESUPUESTARIAPIM 2007TRANS.FINANC HASTA POR S/. 30810Mejoramiento Integral de Barrios - Mi Barrio en los AA.HH. Señor de los Milagros, Arenas Vivas y la Unión, en el Distrito de Indirecta 843,692.13 843,692.13 Villa El Salvador, Provincia y Departamento de Lima. 29874Mejoramiento Integral de Barrios - Mi Barrio en los AA.HH. El Amauta I y Terrazas de Catalina Huanca del Distrito de El Indirecta 694,101.87 694,101.87 Agustino. 29877Mejoramiento Integral de Barrios – Mi Barrio en el A.H. “Villon Indirecta 1,243,618.47 1,243,618.47 Bajo” del Distrito, Provincia de Huaraz - Ancash. 30802Mejoramiento Integral de Barrios - Mi Barrio en los A.H La Victoria, Nueva Esperanza, Primavera y San Isidro, en el Indirecta 601,514.55 601,514.55 Distrito, Provincia de Tambopata, Departamento de Madre de Dios. TOTAL ===>>> 3,382,927.02 3,382,927.02