Norma Legal Oficial del día 18 de septiembre del año 2007 (18/09/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 18 de setiembre de 2007

la cual se desarrollara en la MORDAZA de Bogota D.C., Republica de Colombia, del 20 al 21 de setiembre de 2007, la misma que estara conformada por los siguientes funcionarios diplomaticos: · Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Meier MORDAZA, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Peru en la Republica de Colombia; · Ministro Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Embajada del Peru en Colombia; · Consejero en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, funcionario de la Embajada del Peru en Colombia; · Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA, funcionario de la Direccion General de Control de Drogas de la Subsecretaria para Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, · MORDAZA Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Cossio MORDAZA, funcionario de la Embajada del Peru en Colombia; Articulo Segundo.- Autorizar el viaje del Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA, funcionario de la Direccion General de Control de Drogas de la Subsecretaria para Asuntos Multilaterales del Ministerio de Relaciones Exteriores, a la MORDAZA de Bogota D.C., Republica de Colombia, del 20 al 21 de setiembre de 2007, para que integre la delegacion peruana que participara en la VI Reunion de la Comision Mixta Peruano-Colombiana en materia de Drogas. Articulo Tercero.- Los gastos que irrogue el viaje del Primer Secretario en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, afectando la Meta 01163 : Participar en Organismos Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del mismo, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos MORDAZA MORDAZA Bonelli MORDAZA Pasajes Viaticos Numero Total Tarifa por dia de Viaticos Aeropuerto US$ US$ dias US$ US$ 825.00 200.00 2+1 600.00 30.25

Que, el mencionado evento tiene como objetivos, entre otros, la promocion de una orientacion multidisciplinaria de todos los temas inherentes a esta especialidad medica, en sus aspectos preventivos, educacionales, psicologicos, diagnosticos, terapeuticos y de investigacion aplicada, a traves de conferencias, mesas redondas, sesiones interactivas, simposios, talleres de supervision de casos y sesiones de MORDAZA de trabajos; De conformidad con los articulos 1° y 2° del Decreto Supremo N° 001-2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del articulo 5° del Decreto Ley N° 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 de diciembre de 1992; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Oficializar el evento "IX Congreso de la Sociedad Latinoamericana de Medicina Sexual", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 29 de noviembre al 1 de diciembre de 2007. Articulo Segundo.- La presente Resolucion no irroga gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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SALUD
Amplian plazo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria del Reglamento de Ensayos Clinicos en el Peru
DECRETO SUPREMO Nº 011-2007-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2006-SA, se aprobo el Reglamento de Ensayos Clinicos en el Peru, modificado por Decreto Supremo Nº 006-2007-SA, el cual regula la ejecucion de los ensayos clinicos en el MORDAZA, quedando sujetas a sus disposiciones las personas naturales o juridicas, publicas o privadas, nacionales o extranjeras que realicen o esten vinculadas con los ensayos clinicos en seres humanos en el territorio nacional; Que, el Articulo 90º del citado Reglamento establece, entre otros aspectos, que la dispensacion de los productos en investigacion se realizara obligatoriamente a traves de una Unidad de Dispensacion para Ensayos Clinicos dependiente del Servicio o Departamento de Farmacia de la institucion de investigacion donde se realice el ensayo clinico; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria del mencionado Reglamento dispuso un plazo MORDAZA de un ano a partir de la aprobacion del mismo, para que las Instituciones de Investigacion cumplan con la conformacion de las unidades de dispensacion a que se refiere el articulo 90º de dicho Reglamento; Que, la mayoria de las instituciones de investigacion a nivel nacional, no han podido culminar la referida adecuacion, por lo tanto para mantener su normal funcionamiento es necesario ampliar el plazo establecido en el citado Decreto Supremo; Que, igualmente, resulta necesario facultar al Ministerio de Salud a dictar las medidas complementarias que MORDAZA necesarias a fin de simplificar el uso de los anexos dispuestos en el Reglamento de Ensayos Clinicos en el Peru reduciendo el formalismo excesivo y agilizar la tramitacion de los procedimientos; Que, a fin de contar con el Manual de Procedimientos para la Realizacion de Ensayos Clinicos, el Instituto Nacional de Salud dispuso la prepublicacion del mismo a fin de recibir las sugerencias de la ciudadania, por lo que resulta necesario ampliar el plazo que se establecio para su expedicion en la Primera Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 006-2007-SA; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Ampliacion de plazo Ampliese hasta el 29 de MORDAZA de 2008, el plazo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria del Reglamento de Ensayos Clinicos en el Peru, aprobado por Decreto

Articulo Cuarto.- La participacion de los funcionarios de la Embajada del Peru en la Republica de Colombia, no irrogara gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Quinto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida reunion, los citados funcionarios diplomaticos deberan presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores, un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Sexto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores

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Oficializan el "IX Congreso de la Sociedad Latinoamericana de Medicina Sexual" a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1059/RE MORDAZA, 3 de setiembre de 2007
VISTO: El Oficio Nº 551-2007-DVM/MINSA, mediante el cual el Viceministro de Salud, solicita la oficializacion del evento "IX Congreso de la Sociedad Latinoamericana de Medicina Sexual", que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA, del 29 de noviembre al 1 de diciembre de 2007; CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA de MORDAZA es sede del evento "IX Congreso de la Sociedad Latinoamericana de Medicina Sexual", que se llevara a cabo del 29 de noviembre al 1 de diciembre de 2007, el cual viene siendo organizado por la Sociedad Latinoamericana de Medicina Sexual - SLAMS 2007;

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