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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2007 (27/09/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 56

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2007 354162 La Red Vial Vecinal o Rural se identi fi ca, según sea el caso, con las dos (2) primeras letras del nombre del Departamento donde se ubica la carretera, seguida de un número a partir del 500. Se encuentra bajo la jurisdicción de los Gobiernos Locales, e integran la zona tendiendo a su continuidad con los caminos de las provincias colindantes. Artículo 5 º.- De la aplicación obligatoria del Clasi fi cador de Rutas Las Autoridades Competentes a que se re fi ere el artículo 6º del Reglamento de Jerarquización Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2007-MTC aplicarán en forma obligatoria, y en el ámbito de su competencia, el Clasi fi cador de Rutas aprobado por el presente Decreto Supremo. Artículo 6 º.-De la Clasi fi cación de los Caminos Departamentales o Vecinales que forman parte de los Programas de Caminos Departamentales o de Transporte Rural Descentralizado, fi nanciados por Organismos Internacionales Los Caminos Departamentales o Vecinales, que forman parte de los Programas de Caminos Departamentales o de Transporte Rural Descentralizado, que son ejecutados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones con el fi nanciamiento de Organismos Internacionales y que de acuerdo a la actualización del Clasi fi cador de Rutas, aprobado en el artículo 1º del presente Decreto Supremo pertenecen a la Red Vial Nacional, mantendrán la Clasi fi cación de Red Vial Departamental o Red Vial Rural, según corresponda, hasta que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones cumpla con las obligaciones asumidas en los contratos y/o convenios suscritos con los Organismos Internacionales Financiadores de dichos Programas y por el tiempo pactado en los mismos. Artículo 7 º.- Normas derogatorias Deróguese, a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, los Decretos Supremos Nºs. 062-85-TC, 010-87-TC, 015-87-TC y 009-95-MTC. Artículo 8 º.-Publicación del Anexo El Anexo del presente Decreto Supremo que forma parte integrante del mismo será publicado en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe. Artículo 9 º.-Difusión del Clasi fi cador de Rutas El Ministerio de Transportes y Comunicaciones editará en forma bianual el clasi fi cador de rutas del Sistema Nacional de Carreteras (SINAC), para su respectiva difusión. Artículo 10 º.-Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Dado en Casa de Gobierno, en Lima a los veintiséis días del mes de setiembre del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones 113768-6 Aprueban la norma técnica “Especifi- caciones Técnicas Generales para la Conservación de Carreteras” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 051-2007-MTC/14 Lima, 27 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, el Gobierno de la República del Perú suscribió con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, el Contrato de Préstamo Internacional N° 1150/OC-PE para cooperar con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones - MTC, en la ejecución de la Tercera Etapa del Proyecto de Rehabilitación y Mejoramiento de Carreteras. Dicho préstamo contiene un componente de Desarrollo Institucional que comprende elfi nanciamiento de actividades de apoyo al MTC en relación a: su capacidad de plani fi cación y control, desarrollo organizativo del sector vial, temas ambientales en el sector transportes, estudios y actividades de capacitación y entrenamiento, entre otros; Que, en el mes de diciembre del 2003, el mencionado Programa fue objeto de reestructuración en sus metas y plazos, a fi n de incluir, dentro de los componentes de Desarrollo Institucional, la actividad “Elaboración de Normas, Especi fi caciones Técnicas y Manuales para la Conservación de la Red Vial Nacional (Pavimentada y no Pavimentada)”; Que, para desarrollar la citada actividad, PROVIAS NACIONAL celebró, en fecha 7 de junio del 2006, el Contrato de Servicios de Consultoría N° 265-2006-MTC/20 con el experto internacional Consultor Hernán Otoniel Fernández Ordóñez. Por otro lado, por Resolución Directoral N° 001-2006-MTC/20, PROVIAS NACIONAL conformó el Grupo de Trabajo que participaría en dicha actividad y que estaría integrado por profesionales de dicho Proyecto y de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles; Que, por Informe N° 012-2007-MTC/20.07 RD N° 001-2006 el mencionado Grupo de Trabajo encontró conforme el Informe Final del Consultor y recomendó, entre otros, derivar una copia a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles para la aprobación de la norma que dicho documento contiene; Que, por Resolución Directoral N° 3084-2007-MTC/20, PROVIAS NACIONAL aprobó administrativamente el Informe Final elaborado por el citado Consultor, el cual contiene el documento “Desarrollo y Actualización de Normas y Especi fi caciones Técnicas para la Conservación de la Red Vial Nacional (Pavimentada y No Pavimentada)”; Que, en atención a la recomendación del Grupo de Trabajo, el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL alcanzó a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles el mencionado documento, mediante Memorándum N° 1304-2007-MTC/20, para su revisión y aprobación como norma técnica; Que, en atención a ello, dicho documento ha sido revisado por la Dirección de Normatividad Vial, la misma que en Informes N°s. 011-2007-MTC/14.04.01 y 021-2007-MTC/14.04 ha señalado que, luego de realizarle ajustes y mejoras necesarias, recomienda su aprobación como “Especi fi caciones Técnicas Generales para la Conservación de Carreteras”; Que, en virtud de lo expuesto es pertinente dictar el acto administrativo aprobatorio correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27791 de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento aprobado por D.S. N° 021-2007-MTC, y en uso de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial Nº 845-2006-MTC/02; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la norma técnica “Especi fi caciones Técnicas Generales para la Conservación de Carreteras”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Dicho documento consta de un (01) volumen de trescientos sesenta y ocho (368) folios debidamente suscritos y forma parte integrante de esta resolución. Artículo Segundo.- Noti fi car la presente resolución a PROVIAS NACIONAL, PROVIAS DESCENTRALIZADO, y las Direcciones de: Normatividad Vial, Fiscalización Vial, Caminos y Estudios Especiales para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese y comuníquese. MIGUEL ANGEL OCHOA OCHOA Director GeneralDirección General de Caminos y Ferrocarriles 112576-1 Incorporan artículo a la R.D. Nº 051- 2007-MTC/14 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 065-2007-MTC14. Lima, 21 de septiembre del 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral N° 051-2007-MTC/14 de fecha 27 de Agosto del 2007, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles aprobó la norma técnica “Especi fi caciones Técnicas Generales para la Conservación de Carreteras”, la cual consta de trescientos sesenta y ocho (368) folios; Que, las mencionadas especi fi caciones norman la actividad de conservación de las carreteras bajo compe-tencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; sin