Norma Legal Oficial del día 06 de abril del año 2008 (06/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 6 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
VISTO:

370199

1,225.30 m2, el cual esta inscrito a favor del Ministerio de Educacion; Que, mediante el Informe Nº 048-2007-GR.LAMB/DREOGA/AB/PAT.SL, con Nº de Registro Nº 0256061 de fecha 21 de noviembre de 2007 emitido por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Esp. Patrimonio ­ Saneamiento Legal de la DREL, se verifico IN SITU la Institucion Educativa Inicial Nº 040 "Las Mercedes", habiendo constatado que en la parte sur destinada a areas verdes se encuentra ocupada ilegalmente por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que sin vinculo laboral o titulo de propiedad alguno viene poseyendo parte del bien inmueble, en un area de 75 m2. aproximadamente; Que, por Resolucion Ejecutiva Regional Nº262-2003GR.LAMB/PR, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Procurador Publico Regional del Gobierno Regional Lambayeque; Que, por Acuerdo del Directorio de Gerentes del Gobierno Regional, en Sesion realizada el dia 21-01-08, se acordo autorizar al Procurador Publico Regional, el inicio de las acciones legales que correspondan en el caso de invasion de terreno en el C.E.I. Nº 040 ­Las Mercedes; En cumplimiento del articulo 78º de la Ley Organica de los Gobiernos Regionales Nº27867, Decreto Ley Nº17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en Juicio, Articulo 11º del Decreto Supremo Nº002-2003-JUS "Reglamento de la Representacion y Defensa de los Derechos e Intereses del Estado a nivel del Gobierno Regional" la cual estipula para iniciar cualquier MORDAZA en nombre y representacion del Gobierno Regional, el Procurador Regional debera contar con autorizacion por Resolucion Ejecutiva Regional, con acuerdo de los Gerentes Regionales. Similar exigencia se requiere para desistirse, allanarse, conciliar o transigir, en consecuencia, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional, el inicio de las acciones judiciales correspondientes; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27783 ­Ley de Bases de Descentralizacion y la Ley Nº 27867 ­Ley Organica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley Nº 27902; Con la visacion de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia Regional de Infraestructura, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, la Oficina Regional de Asesoria Juridica y la conformidad de Gerencia General Regional; y. SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico Regional a cargo de los Asuntos Judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el inicio de la accion de desalojo del area de terreno de la I.E.I. Nº 040 ­ Las MORDAZA, ubicado en el Distrito de MORDAZA MORDAZA MORDAZA ­ Chiclayo, en un area de 75 m2 aproximadamente, que viene siendo ocupada ilegalmente por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, que sin vinculo laboral o titulo de propiedad alguno viene poseyendo parte del mencionado bien inmueble. Articulo Segundo.- REMITIR los antecedentes del caso al indicado Procurador Publico Regional a cargo de los asuntos judiciales del Gobierno Regional MORDAZA, para los fines a que se contrae la presente Resolucion, ademas de publicarse en el Diario Oficial El Peruano y MORDAZA Electronico del Gobierno Regional Lambayeque. Registrese, comuniquese y publiquese. YEHUDE MORDAZA MUNARO Presidente Regional

El Informe Especial Nº 001-2008-2-5343 "Proveedor no entrego un saldo de 176 bolsas de cemento porque fueron canjeadas por suma de dinero entregada a ex Sub Gerente de Abastecimiento" y Oficio Nº 071-2008-GR.LAMB/ORCI de fecha 11 de marzo de 2008"; y, CONSIDERANDO: Que, segun el Informe Especial Nº 001 ­2008-2-5343 "Proveedor no entrego un saldo de 176 bolsas de cemento porque fueron canjeadas por suma de dinero entregada a ex Sub Gerente de Abastecimiento" resultado del examen especial llevado a cabo en cumplimiento del Plan Anual de Control para el Ano 2007 del Organo de Control Institucional del Gobierno Regional de MORDAZA, aprobado mediante la resolucion de Contraloria Nº 079-2007-CG del 09 de marzo del 2007, cuyo objetivo es determinar si las acciones y actividades del Sistema de Abastecimiento se efectuaron de acuerdo a los procedimientos establecidos y normatividad vigente aplicable, y como objetivo especifico entre otros el evaluar si las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras, incluyendo los procesos de seleccion, adjudicacion, ejecucion y pagos, se realizaron de acuerdo con lo establecido en las normas vigentes aplicable; Que, el 31 de octubre del 2002 se adquirio a Inversiones San MORDAZA C y F. S.R.Ltda, la cantidad de 3,329 bolsas de cemento, y no obstante el tiempo transcurrido al 22 de febrero del 2008, fecha de emision del Informe en mencion, no hace entrega de 176 bolsas al Gobierno Regional de MORDAZA porque segun refiere, fueron canjeadas con la entrega de S/. 1,000.00 a la CPC. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA cuando ejercia el cargo de Sub Gerente de Abastecimiento del ex CTAR Lambayeque; Que, el examen fue practicado de acuerdo con las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas (NAGAS), Normas de Auditoria Gubernamental (NAGU) y modificatorias, y el Manual de Auditoria Gubernamental (MAGU); comprendiendo la revision y analisis selectivo de las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras llevados a cabo durante el periodo comprendido entre el 01.Jul.2004 al 30 Jun.2006, incidiendo en la programacion de los requerimientos, evaluacion de propuestas y adjudicacion; asi como, de aquella documentacion existente relacionada con la ejecucion, conformidad y pagos de las adquisiciones efectuadas de bienes y servicios, elaborandose el Informe Especial de conformidad con lo establecido en la MORDAZA de Auditoria Gubernamental 4.50 "Informe Especial" aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 259-2000-CG del 13.Dic.00 y modificada por Resolucion de Contraloria Nº 012-2002CG del 22. Ene.02, el mismo que tiene caracter de prueba pre constituida para el inicio de las acciones judiciales correspondientes, de conformidad con lo establecido en el inciso f) del Articulo 15º de la Ley Nº 27785 del 23.Jul.02 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; Que, de la revision efectuada a la documentacion relacionada con la entrega de 3,329 bolsas de cemento que fueran adquiridas el 31.Oct.02 a Inversiones San MORDAZA C. Y F. S.R.Ltda. se pudo establecer que dicho proveedor, no obstante el tiempo transcurrido a la fecha, no entrega un saldo de 176 bolsas de cemento al Gobierno Regional de MORDAZA porque, segun refiere, fueron canjeados con la entrega de S/. 1 000,00 a la CPC. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA cuando ejercia el cargo de Sub Gerente de Abastecimientos del Ex CTAR MORDAZA, debiendo precisar que para la ejecucion de la Obra "Construccion de Veredas de la MORDAZA de Chiclayo", entre otros materiales, se adquirio al proveedor Inversiones San MORDAZA C. Y F. S.R.Ltda. la cantidad de 3,329 bolsas de Cemento Gris MORDAZA I Normal, mediante las Ordenes de Compra Nº 002085, 002086 y 002088 del 31.Oct.02 por un importe total de S/. 58 856,72; cabe senalar, que dichas adquisiciones fueron canceladas en su integridad, segun se advierte en los Comprobantes de Pago Nº 001935, 001937 y 001939 del 21.Nov.02., conforme se muestra en detalle en el Cuadro "Adquisiciones a Inversiones San MORDAZA C. y F. S.R.Ltda." que se adjunta como Anexo Nº 02 en el Informe Especial que forma parte de la presente resolucion; Que, es importante precisar que debido a la falta de espacio fisico en los Almacenes de la Sede del Ex CTAR MORDAZA para almacenar las bolsas de cemento que fueron adquiridas a Inversiones San MORDAZA C. Y F. S.R.Ltda., se acuerda en el "Acta de Compromiso de Entrega de Cemento" suscrita el 15.Nov.02 por el

184017-1

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presunta responsable de la comision de delito de peculado
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 134-2008-GR.LAMB/PR
Chiclayo, 19 de marzo de 2008

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