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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (06/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 6 de abril de 2008 370167 Estado asuma la remediación de los siguientes pasivos ambientales mineros califi cados de alto riesgo: (i) “Cancha de Desmonte y Canchas de desmonte – ex fundición Tinyahuarco”, ubicados en el distrito de Tinyahuarco, provincia de Pasco, y (ii) “Residuos Mineros Coloniales en la riberas del ex río Sagra y San Juan”, ubicado en el distrito de Simón Bolívar en la provincia de Pasco, conforme se establece en el articulo 21º del Anexo – Decreto Supremo Nº 059-2005-EM Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 184647-1 PRODUCE Modifican cuadro a que se refieren las RR.MM. Nºs. 205-2006 y 197-2007-PRODUCE en lo referente al límite máximo de capacidad total de instalación del área de la provincia de Sullana RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 431-2008-PRODUCE Lima, 3 de abril del 2008 VISTOS: el Informe del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú denominado “PROBLEMÁTICA DE LA PRODUCCIÓN INFORMAL Y CLANDESTINA DE HARINA DE POTA EN PAITA Y SULLANA”, aprobado por el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 030-017-2007-ITP/CD, el Informe Nº 057-2007-PRODUCE/DIGAAP-Darrss, y su ampliación, del 05 de diciembre de 2007 y del 10 de febrero de 2008, respectivamente, de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Pesquería; el Informe Nº 001-2008-PRODUCE/DGEPP-Dch y el Informe Nº 109-2008-PRODUCE/DGEPP-Dch, del 02 de enero y 18 de febrero de 2008, respectivamente, de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero, y el Informe Nº 033-2008-PRODUCE/OGAJ-GSY de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al Artículo 1º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, el objeto de dicho dispositivo es normar la actividad pesquera con el fi n de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los benefi cios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad; Que, el artículo 6º de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-PRODUCE recoge el cuadro que contiene los límites máximos de capacidad total de instalación en t/h y por zona para la operación de unidades independientes dedicadas al tratamiento de residuos y descartes de recursos hidrobiológicos; Que, ante un importante incremento de los residuos sólidos provenientes de las actividades pesqueras destinadas al consumo humano directo, el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 197-2007-PRODUCE modifi có el cuadro reseñado en el considerando precedente y se elevaron los límites máximos de capacidad total de instalación en determinadas áreas; Que, conforme a los documentos técnicos de vistos, existe un excedente de residuos y descartes de recursos hidrobiológicos en el área de la provincia de Sullana, principalmente de la especie Calamar Gigante o Pota, por lo que corresponde dictar las medidas que permitan que aquel excedente sea procesado conforme a los mecanismos recogidos en la Resolución Ministerial Nº 205-2006-PRODUCE y normas conexas; Que, en consecuencia, resulta necesario modifi car el cuadro contenido en el artículo 6º de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-PRODUCE, modifi cado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 197-2007-PRODUCE, en el sentido de fi jar el límite máximo de capacidad total de instalación del área de la provincia de Sullana en 12 t/h; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería, de la Dirección de Asuntos Ambientales de Pesquería y de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; y, de conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; y, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE REUELVE:Artículo Único.- Modifi car el cuadro contenido en el artículo 6º de la Resolución Ministerial Nº 205-2006-PRODUCE, modifi cado por el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 197-2007-PRODUCE, en los términos siguientes: LÍMITE MÁXIMO DE CAPACIDAD DE INSTALACIÓN EN T/H POR ZONA ZONAS TALARA PAITA SECHURA SULLANA CHIMBOTE ICA AREQUIPA ILO CAPACIDAD 20 35 05 12 15 20 10 10 Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 184196-1 RELACIONES EXTERIORES Designan Presidenta del Comité Nacional para la Cooperación Económica en el Pacífico - PERUPEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0428-2008-RE Lima, 1 de abril de 2008 Vista la Resolución Ministerial N° 1291-RE, de 2 de noviembre de 2007, que designó al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Thierry Roca-Rey Deladrier, como Presidente del Comité Nacional para la Cooperación Económica en el Pacífi co (PERUPEC), a partir del 1 de noviembre de 2007; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0182- RE, de 7 de febrero de 2008, se trasladó, entre otros, al Ministro en el Servicio Diplomático de la República Thierry Roca-Rey Deladrier, para que desempeñe funciones de su categoría, en la Embajada del Perú en el Reino de Marruecos; Que, por la Resolución Viceministerial N° 0118-RE, de 13 de febrero de 2008, se fi jó el 1 de marzo de 2008, como la fecha en la que debió asumir funciones de su categoría, en la Embajada del Perú en el Reino de Marruecos; Que, es necesario designar al nuevo Presidente del Comité Nacional para la Cooperación Económica en el Pacífi co (PERUPEC), para asegurar la continuidad y marcha de los asuntos propios de dicha institución; De conformidad con los artículos 7° y 13° inciso b) de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 21° inciso l) y 62° del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; el Decreto Ley N° 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; y el artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Dar por terminada la designación del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Thierry Roca-Rey Deladrier, como Presidente del Comité Nacional para la Cooperación Económica en el Pacífi co (PERUPEC), con efectividad al 29 de febrero de 2008.