Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2008 (10/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

370374
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, jueves 10 de MORDAZA de 2008

Que, mediante Oficio de vista, los Presidentes de la Primera, MORDAZA y Tercera Sala Laboral solicitan se disponga la unificacion de las Tres Mesas de Partes de las MORDAZA Laborales, asimismo, se autorice de manera oficial la utilizacion del Sistema Informatico de Gestion y Control de los Procesos Judiciales denominado "SPROJ 1.0". Que, mediante el Informe de vista, el Area de Desarrollo de la Presidencia recomienda la implementacion de una Mesa de Partes Unica de las MORDAZA Laborales para la recepcion de demandas, denuncias y atencion al publico. Que, es necesario centralizar la recepcion y distribucion de las demandas, escritos y documentos en general de las tres MORDAZA Laborales a fin de racionalizar el uso de recursos humanos, materiales y economicos, asi como establecer un procedimiento rapido y eficaz de atencion al publico; Que, respecto a la implantacion de Sistema Informatico de Gestion y Control de Procesos Judiciales ­ SPROJ 1.0 en la Mesa de Partes Unica de las MORDAZA Laborales, el Area de Desarrollo de la Presidencia informo sobre su incompatibilidad con el lenguaje de programacion del Poder Judicial; por tanto, existe la imposibilidad de su aplicacion de manera oficial; debiendo disponerse la implementacion del Sistema Integrado Judicial. Que, este Consejo considera relevante resaltar la iniciativa demostrada por los senores vocales de las MORDAZA Laborales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, al haber desarrollado e implementado el SPROJ 1.0 en las Mesas de Partes de las MORDAZA Laborales, contribuyendo con una mejor administracion y distribucion de los documentos y escritos, lo que redunda en beneficio de los justiciables. Que, es atribucion de este organo de gobierno adoptar los acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial correspondientes, funcionen con eficiencia y oportunidad; Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital, en uso de sus atribuciones, en sesion ordinaria y por unanimidad: RESUELVE: Articulo Primero.- Crear la Mesa de Partes Unica para las MORDAZA Laborales de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que se encargara del ingreso y distribucion correlativa de los expedientes, segun estricto orden de recepcion. Articulo Segundo.- Declarar improcedente la solicitud de autorizacion del Sistema Informatico Gestion y Control de los Procesos Judiciales denominado: SPROJ 1.0 Articulo Tercero.- DISPONER que el area de Desarrollo de la Presidencia realice las coordinaciones necesarias con la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial, a fin de implementar el Sistema Integrado Judicial en la Mesa de Partes Unica de las MORDAZA Laborales, en el plazo MORDAZA de quince dias. Articulo Cuarto.- DISPONER que a partir de la implementacion del Sistema Integrado Judicial la distribucion del ingreso de nuevos procesos entre las MORDAZA Laborales de MORDAZA se efectue de manera aleatoria y equitativa a traves de la Mesa de Partes Unica de las MORDAZA Laborales mediante el SIJ. Articulo Quinto.- DISPONER que el Area de desarrollo de la Presidencia coordine con la Gerencia de Informatica de la Gerencia General del Poder Judicial, a fin de capacitar al personal integrante de la Mesa de Partes Unica de las MORDAZA Laborales en el uso del Sistema Integrado Judicial, para su correcta aplicacion. Articulo Sexto.- La Mesa de Partes Unica de las MORDAZA Laborales estara conformada por cuatro servidores: 01 Jefe de Mesa de Partes, 01 atencion al publico, 02 digitacion. Articulo Setimo.- DISPONER que el Personal que labora actualmente en las Mesas de Partes de las MORDAZA Laborales se integren a la Mesa de Partes Unica, encargandose a la Oficina de Personal el cumplimiento de esta disposicion. Articulo Octavo.- DISPONER que el mobiliario y equipo que a la fecha poseen las Mesas de Partes de las MORDAZA Laborales se transfieran a la Mesa de Partes Unica, encargandose a la Oficina de Logistica el cumplimiento de esta disposicion. Articulo Noveno.- DISPONER que la Oficina de Administracion Distrital, a traves del Area de Logistica,

implemente la Mesa de Partes Unica de las MORDAZA Laborales, dotandolo de infraestructura y ambientes adecuados, asi como se complemente el mobiliario y equipo necesario para el optimo funcionamiento de la misma. Articulo Decimo.- Pongase la presente resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Oficina de Control de la Magistratura, Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magistratura, Administracion Distrital, Area de Desarrollo de la Presidencia, Oficina de Personal, Oficina de Logistica y a los Presidentes de las MORDAZA Laborales; para su conocimiento y los fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 186487-1

ORGANISMOS AUTONOMOS ANR - CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
Declaran en abandono solicitud de autorizacion de funcionamiento del Proyecto de Universidad ADEX
RESOLUCION Nº 078-2008-CONAFU MORDAZA, 10 de marzo del 2008 VISTOS; la Resolucion Nº 223-2006-CONAFU de fecha 24 de MORDAZA del 2006, el Oficio Nº 186-2007-CONAFU-P de fecha 9 de Febrero del 2007, la Resolucion Nº 254-2007CONAFU de fecha 21 de Setiembre del 2007, la por Carta GEG-015-08 recibida en fecha 16 de Enero del 2008, la Resolucion Nº 033-2008-CONAFU de fecha 29 de Enero del 2008, el por Informe Nº 003-2008-CONAFU-SG de fecha 22 de Febrero del 2008, y el Acuerdo Nº 064-2008CONAFU del Pleno del CONAFU, en la sesion de fecha 4 de Marzo del 2008, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439 se crea el Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades (CONAFU) como organo MORDAZA de la Asamblea Nacional de Rectores, teniendo como atribucion la de evaluar los proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento provisional o definitivo de las nuevas universidades a nivel nacional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidas en la Ley y los Reglamentos aprobados por el CONAFU; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 3 inciso "a" del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolucion Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de MORDAZA del 2006, Son atribuciones del Consejo Nacional para la Autorizacion de Funcionamiento de Universidades: a) Evaluar los Proyectos y solicitudes de autorizacion de funcionamiento de las nuevas universidades a nivel nacional y emitir resoluciones autorizando o denegando su funcionamiento provisional, previa verificacion del cumplimiento efectivo de los requisitos y condiciones establecidos en la Ley Nº 26439 y los Reglamentos respectivos;

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