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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2008 (27/04/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 27 de abril de 2008 371359 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN Aprueban Plan Concertado de Desarrollo Departamental 2008 - 2015 y el inicio del Proceso del Presupuesto Participativo 2009 del Gobierno Regional ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2008-GRSM/CR Moyobamba, 21 de febrero del 2008POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización – Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 modifi cada por Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013, Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública y disposiciones complementarias y modifi catorias y el Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01 Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo para el período 2008 – 2011, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demás normas complementarias; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el numeral 1), Artículo 192º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto; asimismo, de conformidad con el inciso 2, los Gobiernos Regionales son competentes para formular y aprobar su Plan Concertado de Desarrollo Departamental con las Municipalidades y la Sociedad Civil; Que, conforme el numeral 17.1, Artículo 17º de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, establece que los Gobiernos Regionales y Locales están obligados a promover la participación ciudadana en la formulación, debate y concertación de sus planes de desarrollo y presupuestos, y en la gestión pública. Para este efecto deberán garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la información pública, con las excepciones que señala la ley, así como la conformación y funcionamiento de espacios y mecanismos de consulta, concertación, control, evaluación y rendición de cuentas; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m., adjuntando la solicitud y los documentos refrendados por la persona acreditada en el Diario Ofi cial. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Ofi cial para la publicación correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Para las publicaciones cuyos originales excedan de 10 páginas, el contenido del disquete o correo electrónico será considerado copia fi el del original para su publicación. 5.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 6.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una línea por celda sin justifi car y, si se agregasen gráfi cos, su presentación será en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. 7.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se trate de una página apaisada a 15 cm. de ancho x 24 cm. de alto. Asimismo, la tipografía mínima a utilizar deberá ser de 7 puntos. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe