Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2008 (27/04/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 27 de MORDAZA de 2008

NORMAS LEGALES
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Modifican Ordenanza Nº 039-2007GRSM/CR referente a la modificacion de contrato de fideicomiso con COFIDE
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2008-GRSM/CR Moyobamba, 21 de febrero del 2008 POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional, sobre Descentralizacion, Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, y Ley Nº 29053; Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA, y demas normas complementarias; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, en concordancia con el articulo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa, constituyendo para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal; Que, el articulo 192º de la Constitucion Politica, establece que los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economia regional, fomentan las inversiones, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y locales de desarrollo. Asimismo, el inciso 8º de esta MORDAZA, senala que los Gobiernos Regionales tienen la funcion de fomentar la competitividad, las inversiones y el financiamiento para la ejecucion de proyectos y obras de infraestructura de alcance e impacto regional; Que, de conformidad con el literal a), del articulo 15º, de la Ley Organica de Gobierno Regional, concordante con el literal a), articulo 7º del Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA, establece que son atribuciones del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 039-2007GRSM/CR, de fecha 28 de Diciembre del 2007, el Consejo Regional en Sesion Extraordinaria, llevada a cabo en la misma fecha en la Oficina Zonal San MORDAZA Bajo MORDAZA ­ Tarapoto, aprobo por unanimidad, dar facultad al Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, suscribir la modificacion del Contrato de Fideicomiso con la Corporacion Financiera de Desarrollo ­ COFIDE; asimismo en el MORDAZA articulo de la mencionada Ordenanza Regional se crea el Fondo de Desarrollo de San MORDAZA ­ FONDESAM, con los siguientes componentes: a) 8% del total de transferencias anuales como preinversion, destinado al financiamiento de estudios de preinversion y de inversion; b) 80% del total de transferencias anuales destinadas al financiamiento y ejecucion de proyectos de Desarrollo Regional Concertado; c) 12% del total de transferencias anuales como cobertura, destinadas a garantizar los servicios de deuda por la ejecucion de proyectos de inversion, priorizados en el Plan de Desarrollo Regional Concertado; Que, en Sesion Ordinaria de fecha 12 de Febrero del presente ano, el Consejero Regional por la Provincia de Lamas y Presidente de la Comision de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Abog. Wilian MORDAZA MORDAZA MORDAZA, realizo un pedido, solicitando la modificacion de la Ordenanza Regional Nº 039 2007GRSM/CR, de fecha 28 de diciembre del 2007, respecto

al literal a) de dicha Ordenanza regional, respecto a sus componentes; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el articulo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional ­ Moyobamba, llevado a cabo el dia martes 12 de Febrero del presente ano y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobo por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- MODIFIQUESE el literal a) de la Ordenanza Regional Nº 039-2007-GRSM/CR, de fecha 28 de diciembre del 2007, debiendo ser de la siguiente manera: a) 8% del total de transferencias anuales, destinadas al financiamiento de estudios de preinversion y de inversion. Articulo Segundo.- AUTORIZAR, a la Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial "El Peruano", asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San MORDAZA, previa promulgacion de la presente Ordenanza Regional, realizada por el Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su publicacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional de San MORDAZA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los veintiun dias del mes de febrero del 2008. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional Gobierno Regional de San MORDAZA 193470-2

Constituyen la Comision Regional del Deporte de San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 006-2008-GRSM/CR Moyobamba, 29 de febrero de 2008 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 197º y 198º de la Constitucion Politica del Peru, modificado

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