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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (06/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de agosto de 2008 377649 Vía Expresa del Callao, ubicada en la avenida Faucett, en el tramo comprendido entre la avenida Venezuela y el Ovalo 200 Millas, Callao; Que, en la sesión del 27 de junio del 2008, con el informe del Ing. Julio Félix Echazú Peralta, en su condición de presidente de la Comisión precitada, se tomó el Acuerdo Nº 000134, aprobando por unanimidad el inicio de las acciones necesarias que permitan sacar a concurso en la modalidad de concesión u otra modalidad de participación de la inversión privada, si fuera el caso, las dos áreas ubicadas en la Vía Expresa del Callao, en el tramo comprendido entre la avenida Venezuela y el Ovalo 200 Millas, Callao; Que, el Gerente General de Desarrollo Urbano mediante Memorando Nº 1649-2008-MPC-GGDU, señala que con fecha 22 de mayo del 2008, la Municipalidad Provincial del Callao ha asumido el control de la Vía Expresa del Callao, al declararse la caducidad del contrato de concesión con la empresa Convial Callao S.A., por lo que a partir de esa fecha ha asumido el control de dicha vía, el cual tiene un costo no considerado en el presupuesto, por lo que al existir trámites avanzados para la instalación de dos estaciones de servicios en terrenos de dominio público, el primero de ellos descrito en el plano P-01, ubicado en la progresiva 3+400 de la Vía Expresa de la Av. Elmer Faucett y con un área materia de concesión de 2,170.41 m2, y el segundo de ellos descrito en el plano P-02, ubicado en la progresiva 3+650 de la Vía Expresa de la Av. Elmer Faucett, Callao, con un área motivo de concesión de 2,516.36 m2, proponiendo que se retome la posibilidad de ofrecer dichos terrenos a la inversión privada, dentro del marco de la Ley Nº 28059 – Ley Marco de la Promoción de la Inversión Descentralizada, adjuntando el correspondiente estudio económico; Que, el citado informe ha tomado en cuenta los antecedentes del contrato de Convial Callao y Repsol Comercial S.A.C. y la existencia de un proyecto de ingeniería para la construcción de dos estaciones de servicios, habiéndose determinado el probable valor de inversión, el cual equivalía al 10% del valor de las utilidades, sin embargo, con el fi n que la retribución se mantenga actualizada en el tiempo debe referirse a un porcentaje de las ventas, en este caso se considerará en 4.5% de las ventas, adicionalmente a ello debe considerarse un valor adicional anual por concepto de compensación social, una especie de canon para la ciudad, que en el presente caso se ha considerado el doble de la retribución mensual, por cada estación de servicio, habiéndose considerado tener ingresos totales por el plazo de vigencia del contrato de veinte (20) años por la suma de S/. 7’700,000.00 equivalentes a US$ 2’771,000.00; Que, el Informe Nº 212-2008-MPC-GGAJC-SGCA de la Subgerencia de Coordinación y Apoyo de la Gerencia General de Asesoría Jurídica y Conciliación, opina que es procedente el otorgamiento de la Concesión de los terrenos para la instalación de grifos en la Vía Expresa Elmer Faucett, en atención a las modalidades de participación privada que prevé la Ley Nº 28059, por lo que corresponde al Concejo Municipal, aprobar la concesión de conformidad con lo dispuesto en el inciso 25) del artículo 9º, 59º y 66º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Provincial del Callao; ACUERDA:1. APROBAR, la entrega en Concesión por el plazo de veinte (20) años del terreno ubicado en la progresiva 3+400 de la Vía Expresa de la Av. Elmer Faucett, descrito en el plano P-01 y con un área materia de concesión de 2,170.41 m2, y del terreno ubicado en la progresiva 3+650 de la Vía Expresa de la Av. Elmer Faucett, Callao, descrito en el plano P-02, con un área materia de concesión de 2,516.38 m2. 2. AUTORIZAR, al señor Alcalde a convocar el correspondiente proceso de selección para la entrega en Concesión de los terrenos señalados en el punto anterior, designando para dicho efecto al correspondiente Comité Especial. 3. DISPENSAR, el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta.POR TANTO: Mando se registre y cumpla.FÉLIX MORENO CABALLERO Alcalde del Callao 233881-1 MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA Disponen la realización de Campaña Gratuita de Registro y Expedición de Licencias Caninas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 006-2008-CDB Bellavista, 23 de julio de 2008EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO:EL CONCEJO DISTRITAL DE BELLAVISTA, en Sesión Ordinaria de la fecha, CONSIDERANDO:Que, conforme lo expresa el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado y el Artículo II del Título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los Gobiernos Locales tienen autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, mediante Ley Nº 27596 se establece el régimen jurídico de la crianza, adiestramiento, comercialización, tenencia y transferencia de canes. Dicha norma señala en su artículo 2º que es deber de los propietarios o poseedores de canes, entre otras obligaciones, obtener la licencia respectiva así como inscribir y tramitar la licencia de las crías que tengan sus canes. Asimismo, establece que la Municipalidades son competentes para llevar el registro de canes y otorgar la licencia respectiva. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 003-2003- MDB se aprobó el Régimen de Tenencia y Registro de Canes en el Distrito de Bellavista, estableciéndose los requisitos y costos para el otorgamiento de autorización municipal para tenencia de canes. Que, mediante Informe Nº 238-20078-MUDIBE/ DSCPA-DPA, la División de Protección Ambiental plantea la necesidad de realizar una campaña de extensión gratuita de licencias caninas, con la fi nalidad de tener información exacta sobre la cantidad de canes en general y de manera especial los de razas consideradas potencialmente peligrosas; propuesta que ha sido considerada pertinente por parte del Concejo Distrital de Bellavista. Estando a lo expuesto, con el voto unánime de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades le confi ere y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; aprobó la siguiente ORDENANZA MUNICIPAL QUE DISPONE LA EJECUCIÓN DE UNA CAMPAÑA GRATUITA DE REGISTRO Y EXPEDICIÓN DE LICENCIAS CANINAS Artículo 1º.- Disponer la realización de una Campaña Gratuita de Registro y Extensión de Licencias Caninas, por un plazo de 30 días contados a partir de la fecha de publicación de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- Los requisitos para el registro y otorgamiento de autorizaciones para tenencia de canes durante la campaña dispuesta en el artículo precedente, son los siguientes: - Solicitud dirigida al AlcaldeDescargado desde www.elperuano.com.pe