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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (06/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 6 de agosto de 2008 377648 que resulta procedente, toda vez que cuenta con el marco legal que permita establecer un Régimen de Incentivos de carácter tributario como el propuesto, apreciando además del Cuadro de Proyección de Metas hasta fi nes del presente año, como signifi cativo y favorable para la administración tributaria, lo cual conforme se propone logrará disminuir el índice de Omisos y Subvaluadores, así como incrementar y actualizar la base tributaria del distrito. Asimismo, recomienda elevar ante el Concejo Municipal el presente proyecto de Ordenanza para que conforme a sus facultades proceda a su aprobación; Estando a lo señalado en el Memorándum Nº 1012- 2008-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 338-2008-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 83-2008-SGFT-GAT-MSS de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, los Informes Nros 620 y 659-2008-OAJ-MSS de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y el Dictamen Conjunto Nº 023-2008-CGM-CAJ-MSS de las Comisiones de Gestión Municipal y Asuntos Jurídicos, y de conformidad con los Artículos 9º, numerales 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; el Concejo Municipal luego del debate correspondiente y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE RÉGIMEN DE INCENTIVOS RELACIONADOS CON EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Artículo 1º- Establézcase el Régimen de Incentivos para omisos y/o subvaluadores, sean personas naturales o jurídicas, sociedades conyugales y sucesiones indivisas, que cumplan con regularizar sus obligaciones tributarias formales contempladas en los Artículos 176º y 178º del Texto Único del Código Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modifi catorias, referidas a la presentación de declaraciones juradas que contengan la determinación de deudas tributarias, en forma incompleta o fuera del plazo o declarar cifras o datos falsos u omitir circunstancias que infl uyan en la determinación de la obligación tributaria; y además cumplan con cancelar los tributos omitidos, de la forma siguiente: Rebaja de Intereses del tributo omitidoDescripción 80%Si el contribuyente presenta la correspondiente declaración jurada y cancela o fracciona el tributo omitido y la multa generada, antes de cualquier noti fi cación o requerimiento de la administración al respecto. 50%Si el contribuyente presenta la correspondiente declaración jurada y cancela o fracciona el tributo omitido y la multa generada, después de haber sido noti fi cado con el requerimiento de la Administración sobre el inicio de la fi scalización y hasta antes de ser noti fi cado con las Resoluciones de Determinación y de Multa producto de dicha fi scalización. 25%Si el contribuyente presenta la correspondiente declaración jurada y cancela o fracciona la deuda de la Resolución de Determinación y la Resolución de Multa, sin haberlas impugnado, o mediando impugnación se desista por escrito de la misma, hasta el vencimiento del plazo contenido en la respectiva Resolución de Ejecución Coactiva. Artículo 2º.- El régimen de incentivos será de aplicación en la oportunidad en que se verifi que el cumplimiento de los requisitos mencionados en el artículo 1º de la presente ordenanza. Los montos abonados o que se abonen sin acogerse al presente Régimen de Incentivos, no constituyen pagos en exceso.Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Sistemas y Procesos, a la Gerencia de Finanzas, a la Gerencia de Administración Tributaria y a las unidades orgánicas que la conforman, el cumplimiento de la presente Ordenanza; así como a la Ofi cina de Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances ante el vecindario. Artículo 4º.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo 5º.- La presente ordenanza entrará en vigencia el día siguiente de su publicación. Mando se registre, publique y cumpla.JUAN MANUEL DEL MAR ESTREMADOYRO Alcalde 234172-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban entrega en concesión de terrenos ubicados en la Vía Expresa de la avenida Elmer Faucett, Callao ACUERDO Nº 000170 Callao, 31 de julio de 2008 El Concejo Municipal Provincial del Callao, visto en Sesión Ordinaria celebrada el 31 de julio del 2008, con el voto UNÁNIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 034-2004; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establecen que las Municipalidades son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 86 numeral 3.3 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, es función de las municipalidades concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la ejecución y elaboración de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito; Que, es atribución del Concejo Municipal, según el numeral 18 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permita por Ley; Que, el Reglamento de la Ley Nº 28059, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2004-PCM, establece en su artículo 12º, que la participación de la inversión privada a través de concesiones, contempladas en el artículo 6º literal b) de la Ley Nº 28059, se ejecutará de conformidad con el procedimiento de Licitación Pública y/o Concurso de Proyectos Integrales, para efecto de lo cual resultarán de aplicación las normas vigentes en materia de Promoción de la Inversión Privada; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 000128 del 23 de mayo del 2008 se constituyó una Comisión de Alto Nivel, presidida por el Ing. Julio Félix Echazú Peralta, Gerente General de Desarrollo Urbano, para que realice el estudio, evaluación y propuestas de concesión de diversas áreas destinadas a servicios y publicidad en la Descargado desde www.elperuano.com.pe