Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2008 (10/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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377911

que la ruta: MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa, no se encuentra comprendida en el mandato de suspension de otorgamiento de nuevas concesiones, dispuesta en la Decimo Cuarta Disposicion Transitoria del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC ni en lo dispuesto en el articulo 5º del Decreto Supremo Nº 038-2004-MTC, dado que el itinerario solicitado no incluye ninguna de las vias comprendidas en dicha suspension; asimismo senala que La Empresa cumple con los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, actualizado por Resolucion Ministerial Nº 644-2007MTC/01, y las condiciones de acceso establecidos en el acotado Reglamento para el otorgamiento de la concesion de ruta: MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa, con las unidades de placas de rodaje UH-3978 (1995), VG-6271 (2001), VG-4527 (1999), VG-4544 (1999) y UO7679 (1995); Que, asimismo en el informe senalado en el considerando anterior, la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre menciona que La Empresa no ha cumplido en presentar los requisitos establecidos en la normatividad vigente para el otorgamiento de la escala comercial en la MORDAZA de SICUANI, provincia de Canchis, departamento del MORDAZA, debido a que el Terminal Terrestre de la MORDAZA de Sicuani, segun consulta efectuada en el registro de Terminales Terrestres no se encuentra habilitado por la autoridad competente; Que, son aplicables al presente caso, los principios de presuncion de veracidad, de informalismo, razonabilidad y de privilegio de controles posteriores establecidos en la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que, en consecuencia es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27791 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2004-MTC y sus modificatorias, Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo Nº 0082002-MTC y su actualizacion dispuesta por Resolucion Ministerial Nº 644-2007-MTC/01; SE RESUELVE:

FLOTA DE RESERVA : Un (1) omnibus de placa de rodaje UH-3978 (1995) HORARIOS : Salidas de MORDAZA, 07:00 y 16:30 horas Salidas de MORDAZA, 07:00 y 16:30 horas

Articulo Tercero.- La Direccion de Servicios de Transporte Terrestre debera inscribir la presente autorizacion en el Registro Nacional de Transporte de Personas. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion debera ser publicada por la EMPRESA "TRANSPORTES EXPRESO Y TURISMO REAL S.A.C.", en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta 30 dias calendario, contados a partir de la fecha en que la autoridad competente expidio la orden de publicacion. Articulo Quinto.- La EMPRESA "TRANSPORTES EXPRESO Y TURISMO REAL S.A.C.", iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir del dia siguiente de la fecha de publicacion de la presente Resolucion. De no iniciar el servicio dentro del plazo mencionado en este articulo o de no cumplir con efectuar la publicacion de la presente autorizacion conforme al plazo senalado en el articulo anterior, se declarara la caducidad de la concesion interprovincial. Articulo Sexto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Servicios de Transporte Terrestre. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 235277-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Crean Juzgados de Paz en los Centros Poblados Nueva MORDAZA de Chonta, Callacami, San MORDAZA, Chatuma y Chancachi
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 167-2008-CE-PJ MORDAZA, 10 de junio de 2008 VISTOS: El Oficio N° 1332-2007-P-CSJJU/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y el Informe N° 171-2007-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remite a este Organo de Gobierno la solicitud presentada por el MORDAZA del Centro Poblado Nueva MORDAZA de Chonta para la creacion de un Juzgado de Paz en la referida circunscripcion, Distrito de Paucarbamba, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica; Segundo: Que, la solicitud efectuada tiende a la creacion de un Juzgado de Paz con sede en el referido centro poblado, fundamentandola en tener poblacion aproximada de 782 habitantes, conjuntamente con las Comunidades Campesinas Andaymarca, Comuhuillca y Oxapata, asi como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz mas proximo se encuentra a 23 kilometros de

Articulo Primero.- Declarar IMPROCEDENTE el otorgamiento de la escala comercial en la MORDAZA de SICUANI presentada por la Empresa "TRANSPORTES EXPRESO y TURISMO REAL S.A.C.", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Otorgar a favor de la EMPRESA "TRANSPORTES EXPRESO Y TURISMO REAL S.A.C.", la concesion interprovincial para efectuar servicio de transporte interprovincial regular de personas en la ruta: MORDAZA ­ MORDAZA y viceversa, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO : MORDAZA viceversa : MORDAZA : MORDAZA : Yura ­ Patahuasi - Imata ­ MORDAZA - El Descanso ­ Langui ­ Sicuani : Dos (02) diarias en cada extremo de ruta : Cinco (05) omnibus : Cuatro (04) omnibus de placa de rodaje VG-6271 (2001), VG-4527 (1999), VG-4544 (1999) y UO-7679 (1995) ­ MORDAZA y

FRECUENCIAS FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA

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