Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2008 (10/08/2008)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 10 de agosto de 2008

NORMAS LEGALES
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Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de Huancavelica para su promulgacion. En Huancavelica a los dos dias del mes de MORDAZA del dos mil ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada POR TANTO: Mando se publique y cumpla.

Dado en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los Tres dias del mes de MORDAZA del ano Dos Mil Ocho. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SCHULTZ Presidente 236148-1

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA DE MORDAZA
Aprueban primera inscripcion de dominio de unidades catastrales a favor del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL Nº 248-2008-GOREMAD/PR. Puerto MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2008 VISTO: El Informe Tecnico Nº 006-2008-GOREMAD/ GRPPYAT/SGAT/FHBC, de fecha 16 de MORDAZA de 2008 y el Informe de Opinion Legal Nº 033-2008-GOREMAD/DRAJ, de fecha 16 de MORDAZA de 2008, correspondiente al tramite de inscripcion en primera de dominio a favor del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, de la Unidad Catastral Nº 030652, de 81.851 Ha. con un perimetro de 5,067.37 metros lineales, ubicado en el Sector Chonta, kilometro 16, de la margen izquierda del Eje MORDAZA Puerto MORDAZA ­Cusco, distrito y provincia de Tambopata, Departamento de MORDAZA de MORDAZA, parte integrante del predio del CENTRO DE DESARROLLO GANADERO CEDEGA, transferido al ex CTAR, hoy Gobierno Regional de MORDAZA de Dios. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, modificado por Ley Nº 27680 Ley de Desarrollo Constitucional, concordante con el Articulo 2º de La Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que: "Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son Personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal". Que, de conformidad con el Articulo 10º de la Ley Nº 27867, del precitado dispositivo legal, los Gobiernos Regionales ejercen las competencias exclusivas y compartidas que les asigna la Constitucion, la Ley de Bases de la Descentralizacion y la presente Ley, asi como las competencias delegadas que acuerden entre ambos niveles de gobierno. Que, de conformidad con el Literal j), numeral 1, Articulo 10º de la Ley Nº 27867, es competencia exclusiva de los Gobiernos Regionales: Administrar y adjudicar los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal. Que, de conformidad con el Articulo 62º de la Ley Nº 27867, son funciones de los Gobiernos Regionales: inciso a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar dirigir, controlar

y administrar las politicas en materia de administracion y adjudicacion de terrenos de propiedad del Estado, de conformidad con la Legislacion vigente y el Sistema de bienes nacionales. Inciso b) Realizar los actos de in matriculacion, saneamiento, adquisicion, enajenacion, administracion y adjudicacion de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdiccion, con excepcion de los terrenos de propiedad municipal. Inciso c), Establecer los mecanismos aplicables al registro, inscripcion y fiscalizacion de los bienes de propiedad Estatal, con excepcion de los de propiedad de los gobiernos locales y del Gobierno Nacional, de acuerdo con la normatividad vigente; Que, mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion Nº 015-2008-PCM/SD, de fecha 22 de febrero de 2008, Articulo 6º, se acredita entre otros al Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, para la transferencia de las funciones sectoriales en materia de administracion y Adjudicacion de Terrenos de propiedad del Estado, comprendidas en los literales a, b y c del Articulo 62º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, la misma que si bien se encuentra en pleno MORDAZA de efectivizacion, empero, debe tomarse en cuenta para estos efectos, que la Ley especifica sobre la materia, se encuentra en vigencia a partir del 15 de Marzo de 2008, fecha en que se publico el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, por mandato expreso de la unica disposicion final, de la Ley Nº 29151, por lo que el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, tiene expeditas sus competencias para proceder a verificar la incorporacion a primera de dominio del predio de visto; Que, de conformidad con el Articulo 18º del capitulo IV, del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, establece que los Gobiernos Regionales administran y adjudican los terrenos urbanos, y eriazos de propiedad del Estado dentro de su jurisdiccion incluyendo aquellos que cuenten con edificaciones, a excepcion de los bienes de alcance nacional, los comprendidos en proyectos de interes nacional identificados por la SBN, y los terrenos de propiedad municipal de conformidad con el articulo 62º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, y la Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-87- AG, de fecha 12 de enero del ano 1987, el Ministerio de Agricultura, transfiere en forma gratuita la empresa GASA, Ganaderia Amazonas de Puerto MORDAZA y todos sus activos, para que se constituya en CEDEGA, Centro de Desarrollo Ganadero, convirtiendose en propiedad de la ex Corporacion de Desarrollo de MORDAZA de MORDAZA ­ CTAR, hoy Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, conforme se acredita con la MORDAZA de Posesion Nº 099-2007GRMDD-GRDE/DRA-AAT; Que, por Acuerdo del Consejo Regional Nº 29-2006CR/RMDD, de fecha 15 de marzo de 2006, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, encarga el Saneamiento Fisico Legal de los Terrenos del Centro de Desarrollo Ganadero ­ CEDEGA a traves de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y a la Oficina de Abastecimiento y Patrimonio. Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 0422007-RMDD/CR, de fecha 27 de Diciembre del 2007, el Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, declara de interes Regional el Saneamiento Fisico Legal de los terrenos del Centro de Desarrollo Ganadero ­ CEDEGA; Que, mediante Informe Tecnico Nº 006-2008GOREMAD/GRPPYAT/SGAT/FHBC, de fecha 16 de MORDAZA del ano 2008, de visto, la Sub Gerencia de Acondicionamiento Territorial, de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, concluye haberse cumplido con la elaboracion del expediente tecnico para la titulacion de la Unidad Catastral Nº 030652, con una extension territorial de 81.851 Ha. con un Perimetro de 5,067.37 metros lineales, cuyo titular es el Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, la misma que se encuentra en situacion de saneada fisicamente, conforme a los Planos de Ubicacion, Perimetrico y Memoria Descriptiva que obran en el respectivo expediente tecnico, que corre como antecedente de la presente resolucion, el mismo que se ubica en el Sector "Chonta", kilometro 16,

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