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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE AGOSTO DEL AÑO 2008 (17/08/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de agosto de 2008 378279 “Solicitud de Separación Convencional y Divorcio Ulterior”. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS Alcalde 239511-1 MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Aprueban Proceso del Presupuesto Participativo del Distrito de La Molina para el Ejercicio 2009 ORDENANZA Nº 166 La Molina, 14 de agosto del 2008EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINAVisto; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta del Consejo de Coordinación Local Distrital de La Molina, para aprobar la ordenanza que reglamenta el Proceso del Presupuesto Participativo para el ejercicio 2009; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Corresponden al Concejo Municipal las funciones normativas y fi scalizadoras; Que, los Artículos 197º y 198º del citado texto constitucional establecen adicionalmente que las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local, formulan sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de la misma en forma anual, bajo responsabilidad conforme a ley; Que, la norma IX de la Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972, establece como principio rector de los gobiernos locales la planeación local, conceptualizada como un proceso integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, en el cual se establecen las políticas públicas a nivel local teniendo en cuenta la participación ciudadana a través de los vecinos y organizaciones vecinales; Que, en ese mismo sentido el Artículo 53º de la citada ley establece que las municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley en la materia y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El Presupuesto Participativo forma parte del sistema de planifi cación; Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la norma en mención establece que las municipalidades determinarán los espacios de concertación y regularan mediante ordenanza los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos; Que, la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Nº 28411 establece los principios, así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere la Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, Nº 28112, en concordancia con los Artículos 77º y 78º de la Constitución Política; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Nº 28056 y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, establecen las disposiciones orientadas a lograr la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación de los presupuestos participativos, desarrollados en armonía con los planes de desarrollo concertados; Que, mediante Instructivo Nº 002-2008-EF/76.01 aprobado mediante Resolución Directoral Nº 021-2008-EF/76.01, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 11 de abril del 2008, se establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales, entre otros; Que, es necesario establecer las normas que reglamenten el proceso dentro del cual los representantes de la sociedad civil del distrito de La Molina, van a participar en la elaboración y formulación del presupuesto participativo para el año 2009; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE LA MOLINA PARA EL EJERCICIO 2009 TÍTULO I ASPECTOS GENERALES CAPÍTULO I BASE LEGAL, OBJETO Y FINALIDAD Artículo 1º.- Base Legal- Constitución Política del Perú. REQUISITO PARA PUBLICACI ÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIA LDescargado desde www.elperuano.com.pe