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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de agosto de 2008 378272 por lo que solicitó al Ministerio de Economía y Finanzas la asignación de recursos por el importe de S/ 76’608,000.00 (Setenta y seis millones seiscientos ocho mil y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante el Decreto Supremo Nº 102-2008- EF se autorizó una Transferencia de Partidas a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil hasta por la suma de S/. 60’000,000.00 (Sesenta millones y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, para ser destinados al otorgamiento de la subvención por pérdidas materiales dispuesta en el artículo 2º literal B) del Decreto de Urgencia Nº 023-2007 a diez mil jefes de hogar benefi ciarios, que corresponden a las Etapas II y III; Que, conforme a lo establecido en el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modifi cado por la Tercera Disposición Final de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006, son transferencias fi nancieras entre pliegos presupuestarios, los traspasos de fondos públicos sin contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; las Transferencias Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la atención de desastres, se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que será obligatoriamente publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, es necesario aprobar la Transferencia Financiera de Recursos a favor del Banco de Materiales S.A.C, por el monto de S/. 60’ 000, 000.00 (Sesenta millones y 00/100 Nuevos Soles), destinados a fi nanciar el otorgamiento de diez mil subvenciones por pérdidas materiales, dispuesta en el Literal B) del Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 023-2007, correspondientes a las Etapas II y III; Con la visación de la Sub Jefatura y de las Ofi cinas de Administración, Asesoría Jurídica y Planifi cación y Presupuesto; De conformidad con la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, Decreto de Urgencia Nº 023-2007 y su modifi catoria, Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, sus ampliatorias y modifi catorias, Decreto Supremo Nº 102-2008-EF, y en uso de las atribuciones conferidas en el Reglamento de Organización y Funciones del INDECI, aprobado por Decreto Supremo Nº 059-2001-PCM, modifi cado por los Decretos Supremos Nº 005-2003-PCM y Nº 095-2005-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, por las razones señaladas en la parte considerativa de la presente Resolución, la Transferencia Financiera de Recursos por el monto de S/. 60’000, 000.00 (Sesenta millones y 00/100 Nuevos Soles), a favor del Banco de Materiales S.A.C, para el otorgamiento de diez mil subvenciones por pérdidas materiales, dispuesta en el Literal B) del Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 023-2007, correspondientes a las Etapas II y III. Artículo 2º.- La Ofi cina de Administración del INDECI, dará cumplimiento a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 3º.- Disponer que la Secretaría General registre la presente Resolución en el Archivo General del INDECI, publique la misma en el Diario Ofi cial El Peruano y remita copia autenticada por Fedatario, al Banco de Materiales S.A.C, a la Sub Jefatura, a las Ofi cinas de Administración, de Asesoría Jurídica y de Planifi cación y Presupuesto, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil 239539-1INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Reconforman el Consejo Consultivo del INDECOPI RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI N° 065-2008-INDECOPI/DIR Lima, 14 de agosto de 2008 CONSIDERANDO:Que resulta pertinente efectuar la reconformación del Consejo Consultivo de la institución, a fi n de que dicho órgano cuente con el nuevo número legal de integrantes que ha previsto el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Que conforme a lo establecido en la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, corresponde al Directorio efectuar la designación de los miembros del Consejo Consultivo; Estando al acuerdo adoptado por el Directorio de la institución; y De conformidad con el inciso e) del artículo 5° del Decreto Ley N° 25868; RESUELVE:Artículo Único.- Reconformar el Consejo Consultivo del INDECOPI, el mismo que queda integrado por las siguientes personas: - Sr. Roque Benavides Ganoza - Sr. Humberto Campodónico Sánchez - Sr. José Chueca Romero- Sr. Francisco Martinotti Sormani- Sr. Roberto Mc Lean Ugarteche; y- Sr. Fernando Vidal Ramírez, en representación del Colegio de Abogados de Lima, conforme a lo previsto por la Ley N° 27843. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME THORNE LEÓN Presidente del Directorio 239665-1 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO Aprueban Factor de Reajuste y Tarifas Máximas por diversos servicios brindados en el Terminal Marítimo de Matarani, para el periodo del 17 de agosto de 2008 al 16 de agosto de 2009 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 031-2008-CD-OSITRAN Lima, 25 de julio de 2008Descargado desde www.elperuano.com.pe