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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (05/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 28

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de diciembre de 2008 384550 Artículo 6°.- Los titulares de las plantas de procesamiento que cuenten con un stock procesado de algas pardas Macrocystis integrifolia (sargazo, boyador o bolas) y Macrocystis pyrifera (sargazo) destinado al comercio externo, deberán presentar una declaración jurada sobre el volumen de dicho stock a la dependencia regional con competencia pesquera del Gobierno Regional correspondiente, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo para realizar el procesamiento, señalado en el artículo anterior. La dependencia regional con competencia pesquera del Gobierno Regional correspondiente verifi cará el stock existente declarado por los titulares de licencias de procesamiento y, asimismo, verifi cará cada embarque para exportación del producto, hasta agotar el stock. Estas verifi caciones correrán por cuenta de los interesados. Artículo 7°.- Las personas naturales y jurídicas que contravengan las disposiciones contenidas en la presente Resolución Ministerial, serán sancionadas conforme a lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE, el Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas (RISPAC), aprobado por Decreto Supremo N° 016-2007-PRODUCE y demás disposiciones legales vigentes. Artículo 8º.- El Instituto del Mar del Perú - IMARPE, efectuará los estudios bioecológicos y la evaluación poblacional de los recursos Macrocystis integrifolia (sargazo, boyador o bolas) Macrocystis pyrifera (sargazo), Lessonia nigrescens (aracanto, negra o cabeza) y Lessonia trabeculata (aracanto o palo) a efectos de recomendar las medidas y acciones de ordenamiento pesquero que garanticen la conservación y el aprovechamiento sostenible de estas especies. Artículo 9°.- Las Direcciones Generales de Seguimiento, Control y Vigilancia y de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, las Direcciones Regionales de la Producción de los Gobiernos Regionales de la costa, la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el estricto cumplimiento de lo establecido en la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíqueseELENA CONTERNO MARTINELLI Ministra de la Producción 287103-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Disponen publicación del Anteproyecto de la Ley Procesal del Trabajo en la página web del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 379-2008-TR Lima, 4 de diciembre de 2008 CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley Nº 27711, es atribución del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo, establecer como ente rector de la Administración del Trabajo, entre otros, regular, simplifi car y descentralizar los procedimientos laborales; Que, entre las reformas laborales propuestas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, se encuentra la aprobación de una nueva Ley Procesal del Trabajo que tenga como ejes centrales la oralidad y el uso intensivo de la tecnología; Que, en atención a los considerandos expuestos, mediante Resolución Ministerial Nº 44-2008-TR del 7 de febrero de 2008, se creó en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, un grupo de trabajo encargado de elaborar el anteproyecto de la nueva Ley Procesal del Trabajo basado en la oralidad y el uso intensivo de la tecnología, grupo que estuvo conformado por un catedrático universitario de derecho laboral, un catedrático universitario de derecho procesal y un magistrado especializado en materia laboral; Que, el referido grupo de trabajo ha culminado con la labor encomendada, por lo que resulta procedente disponer la publicación del referido anteproyecto en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe), y promover las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general en la página web del Sector; Que, asimismo, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a efectos de dar a conocer el referido anteproyecto, ha programado realizar foros regionales entre los meses de enero y marzo del próximo año; Con la visación del Director General de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 25º de la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el literal d) del Artículo 12º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR y sus modifi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dispóngase la publicación del Anteproyecto de la Ley Procesal del Trabajo, en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.mintra.gob.pe), con el objeto de difundir y recibir sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, en el correo electrónico antleyprocesal@mintra.gob.pe, dentro del plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente resolución. Artículo 2º.- Dispóngase que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo programe la realización de foros regionales entre los meses de enero y marzo del próximo año, para la exposición, debate y acopio de aportes que den a conocer aspectos relativos al anteproyecto de la Ley Procesal del Trabajo promoviendo, en cada caso, la participación del Colegio de Abogados de la localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ELISBAN VILLASANTE ARANÍBAR Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 286825-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan permiso de operación de aviación comercial a la compañía Helicópteros Petroleros S.A.C. - Helipetrol S.A.C. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 213-2008-MTC/12 Lima, 13 de noviembre de 2008Vista la solicitud de la compañía HELICOPTEROS PETROLEROS S.A.C. - HELIPETROL S.A.C., sobre Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Aéreo No Regular Nacional de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO:Que, con Documento de Registro N° 2008-023135 del 04 de junio del 2008 precisado con Documentos de Registro Nº 2008-023135-A del 12 de junio del 2008, Nº 064352 del 17 de junio del 2008 y Nº 2008-023135-B del 10 de julio del 2008 la compañía HELICOPTEROS PETROLEROS S.A.C. - HELIPETROL S.A.C. solicitó Permiso de Operación de Aviación Comercial – Transporte Descargado desde www.elperuano.com.pe