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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (05/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de diciembre de 2008 384564  Pertinentes: Deben referirse a los cambios, modifi caciones o efectos que se deben alcanzar en un plazo determinado, a fi n de superar los problemas identifi cados por la empresa, para llegar a realizar la Visión Institucional.  No deben ser confundidos con los medios para realizarlos, con los Indicadores de Desempeño ni con las Metas, puesto que constituyen los logros a alcanzar.  Distinguibles: Su contenido conceptual no debe confundirse con el de otros, permitiendo facilitar su posterior evaluación. Tienen que ser entendidos por todos.  Consensuales: En su determinación debe participar, al menos, el personal representativo de la empresa.  Mensurables: Deben permitir su expresión en términos concretos para períodos de tiempo específi co.  Factibles: Deben ser propuestos teniendo en cuenta el real potencial de la empresa en el plazo establecido.  Flexibles: Deben poder ser modifi cados cuando surjan contingencias inesperadas, sin que se pierda su sentido de dirección. g)Estrategia: plan o patrón que tiene la empresa para alcanzar sus Objetivos Estratégicos. h)Objetivos Específi cos: son los logros concretos que la empresa se propone alcanzar para el cumplimiento de su Visión. i)Indicadores de Desempeño: datos estadísticos o relaciones de variables que constituyen la forma de cuantifi car en forma periódica el logro o grado de avance de la empresa respecto al cumplimiento de los Objetivos Estratégicos defi nidos, permitiendo su control y evaluación, para realizar los ajustes necesarios a los elementos que lo componen (Misión, Visión, Objetivos Estratégicos y Estrategias). j)Mapa Estratégico: el mapa estratégico es el diagrama de causa efecto que identifica el tipo de relación entre las diferentes perspectivas y los objetivos estratégicos de la organización. Se considerarán la perspectiva financiera, la perspectiva del cliente, la perspectiva del proceso interno y la perspectiva del aprendizaje y crecimiento. k)Meta de los Indicadores de Desempeño: los resultados estratégicos que se esperan alcanzar. Constituyen la expresión -verifi cable- de un Indicador de Desempeño identifi cado por la empresa. Las Metas deben reunir las siguientes características:  Razonables: deben ser factibles de ser cumplidas teniendo en cuenta las Oportunidades detectadas y las Fortalezas de la empresa.  Motivadoras: deben exigir un grado de esfuerzo y compromiso para alcanzarlas.  Claras: deben encontrarse específi camente determinadas a fi n de evitar confusión en los resultados esperados.  Auditables: deben ser susceptibles de ser verifi cadas. l)Fortalezas: son las capacidades con las que cuenta la empresa para adaptarse y aprovechar al máximo las ventajas que ofrece el entorno y enfrentar con mayores posibilidades de éxito las Amenazas que éste presenta. m)Debilidades: son las limitaciones o carencias que padece la empresa que no le permiten el aprovechamiento de las Oportunidades que se consideran ventajosas en el entorno y le impiden defenderse efi cientemente de las Amenazas. n)Oportunidades: son situaciones y/o factores externos, no controlables por la empresa. Son factibles de ser aprovechados si se cumplen determinadas condiciones al nivel de la empresa. o)Amenazas: son situaciones y/o factores externos, no controlables por la empresa, que podrían perjudicar y/o limitar el desarrollo de la misma. MARTÍN ALFONSO SIFUENTES PALACIOS Director EjecutivoFONAFE 287199-1INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA CIVIL Exoneran de proceso de selección la contratación del servicio de transporte terrestre de carga para el traslado de bienes de ayuda humanitaria RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 473-2008-INDECI 28 de noviembre del 2008VISTOS: El Memorándum Nº 4506-2008-INDECI/12.11 del 06.NOV.2008, el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 00859-2008 del 13.NOV.2008, el Informe Técnico Nº 140-2008-INDECI/12.0 del 19.NOV.2008, el Informe Legal Nº 173-2008-INDECI/5.0 del 25.NOV.2008, sus antecedentes y; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM ysus ampliatorias ,se declaró en Estado de Emergencia el departamento de Ica y la provincia de Cañete del departamento de Lima, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytará y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica y a los distritos de Huañec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de Lima, debido al sismo ocurrido el 15.AGO.2007, que ocasionó la pérdida de vidas humanas, heridos, y considerables daños materiales, habiéndose ampliado posteriormente dicha declaratoria de emergencia a través de sucesivos Decretos Supremos; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007- PCM, dispone que el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, entre otras entidades estatales, ejecutará las acciones necesarias para la atención de la emergencia y la rehabilitación de las zonas afectadas; Que, con el Informe de Disponibilidad Presupuestal, de Vistos la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto del INDECI, otorgó opinión favorable de disponibilidad presupuestal, para la contratación del Servicio de Transporte Terrestre de Carga, para el traslado de bienes de ayuda humanitaria donados, por el monto ascendente a S/. 24,700.00 (Veinticuatro mil setecientos con 00/100 Nuevos Soles), teniendo como Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; Que, conforme a lo indicado en el Informe Técnico de Vistos, la Dirección Nacional de Logística del INDECI, ha venido ejecutando las acciones necesarias para la contratación del servicio de transporte terrestre de carga, para el traslado de bienes de ayuda humanitaria donados, destinados a la atención de la situación de emergencia producida por el sismo del 15.AGO.2007, siendo necesario proceder a regularizar dicha contratación que asciende a la suma de S/. 24,700.00 (Veinticuatro mil setecientos con 00/100 Nuevos Soles), en aplicación del artículo 22º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el artículo 142º de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que defi ne la situación de emergencia, como causal de exoneración de un proceso de selección; Que, de otro lado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación de emergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de efectuada la contratación, incluyendo el proceso en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad; Que, en tal sentido, siendo necesario cancelar el compromiso adquirido por la contratación del servicio de transporte terrestre de carga, para el traslado de bienes de ayuda humanitaria donados, destinados a la atención de la situación de emergencia producida por el sismo ocurrido el 15.AGO.2007, la Dirección Nacional de Logística solicita emitir la Resolución de aprobación de la Descargado desde www.elperuano.com.pe