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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2008 (05/12/2008)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 33

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de diciembre de 2008 384555 Artículo 4.- La Transferencia Financiera aprobada por la presente Resolución se sujeta a los términos y condiciones establecidos en el Convenio Específi co de fecha 28 de noviembre de 2008, suscrito entre el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y la Municipalidad Distrital de Pomalca, para el fi nanciamiento del Proyecto. Artículo 5.- El Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos es responsable del cumplimiento de la presente Resolución, de la ejecución del Convenio Específi co señalado en el artículo 4 de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo del Proyecto. Regístrese, comuníquese y publíquese.NIDIA VÍLCHEZ YUCRA Ministra de Vivienda, Construcción y SaneamientoPROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMALCA ANEXO 1 CÓDIGO SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPU- ESTARIATRANSF. FINANC HASTA POR S/. 93221CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, DISTRITO DE POMALCA - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA 702 631.32 MONTO TOTAL DE TRANSFERENCIA S/. 702 631.32 PROYECTO DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE POMALCA ANEXO 2 Cronograma de desembolsos de recursos aportados por VIVIENDA CÓDIGO SNIPPROYECTOTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIATIEMPOCRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS PROYECTADO S/.TOTAL OBRA SUPERVISIÓN 93221CONSTRUCCION DE PISTAS Y VEREDAS EN EL CENTRO POBLADO SAN ANTONIO, DISTRITO DE POMALCA - CHICLAYO - LAMBAYEQUE INDIRECTA1º Mes 148 842.81 4 860.00 153 702.81 2º Mes 213 941.95 4 860.00 218 801.95 3º Mes 325 266.56 4 860.00 330 126.56 SUB TOTAL 688 051.32 14 580.00 702 631.32 286797-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 783-2008-VIVIENDA Lima, 4 de diciembre de 2008CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 688-2007- VIVIENDA de fecha 18 de diciembre de 2007, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresos y Gastos correspondiente al año fi scal 2008 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora, Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto, Fuente de Financiamiento, Categoría y Grupo Genérico del Gasto; Que, el literal a) del artículo 4 de la Ley Nº 27792 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función del Ministerio diseñar, normar y ejecutar la política nacional y acciones del Sector en materia de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento, así como ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, mediante Decreto Supremo Nº 017-2007- VIVIENDA se crea el “Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos” bajo el ámbito del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo; asimismo, se aprueba la fusión de diversos Programas y Proyectos, entre ellos, del Proyecto Piloto “La Calle de Mi Barrio” con el Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, correspondiéndole a éste último la calidad de Programa absorbente; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 157-2008- VIVIENDA se aprobó la selección de setenta y cinco (75) distritos en los cuales se realizarán intervenciones para la ejecución de proyectos de inversión pública, a través del componente “La Calle de Mi Barrio” del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos; Que, el numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008, dispone que cuando la ejecución de los proyectos de inversión se efectúan mediante transferencias fi nancieras del Gobierno Nacional a favor de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto, para lo cual previamente deberán suscribirse los convenios respectivos, los que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de fi nanciamiento con cargo a la cual se ejecutarán las obras; asimismo, precisa que la transferencia fi nanciera será autorizada mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe establecer un cronograma de desembolsos y ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y en la página Web del Pliego; Que, el último párrafo del numeral 9.4 del artículo 9 antes citado, precisa que cuando la ejecución de los proyectos a cargo de los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y Empresas Públicas, según su capacidad operativa, se realice por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, conforme al numeral 2.3 del artículo 2 del Apéndice “Lineamientos para la aplicación de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2008 - Ley Nº 29142”, aprobado por Resolución Directoral Nº 049-2007-EF-76.01, establece que para efecto de las transferencias que se efectúen en el caso de los proyectos a ser ejecutados por administración directa a que hace mención el último párrafo del numeral 9.4 del artículo 9 de la Ley Nº 29142, no es de aplicación el requisito de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras dada la naturaleza de proyectos que se ejecutan a través de Administración Directa; dichas transferencias se sujetan a los dispuesto en el Convenio respectivo suscrito; Que, mediante Informe Técnico Nº 282-2008- VIVIENDA/VMVU-PIMBP-LCMB de fecha 01 de noviembre de 2008, la Dirección Ejecutiva del Programa Integral de Mejoramiento de Barrios y Pueblos, emite opinión técnica favorable para aprobar la transferencia de recursos a favor de la Municipalidad Provincial de Islay, del Departamento de Arequipa, hasta por la suma de Seiscientos Ochenta y Cuatro Mil Ochocientos Veintitrés y 97/100 Nuevos Soles (S/. 684,823.97) para fi nanciar la ejecución del Proyecto “MEJORAMIENTO DE VIAS Y CONSTRUCCION DE VEREDAS EN LA AVIS. BELLAVISTA, DISTRITO DE MOLLENDO, ISLAY - AREQUIPA” con Código SNIP Nº 65962, monto equivalente al 81% del costo de la obra, incluido el costo de supervisión de la misma, conforme al porcentaje de fi nanciamiento del Proyecto establecido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 157-2008-VIVIENDA; Que, con fecha 27 de noviembre de 2008 el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, suscribió Convenio Específi co con la Municipalidad Provincial de Islay, del Departamento de Arequipa, con el objeto de fi nanciar la ejecución del Proyecto con Código SNIP Nº 65962; Descargado desde www.elperuano.com.pe